miércoles, 20 de noviembre de 2013

Homologación de títulos universitarios extranjeros en el Paraguay

Homologación de títulos universitarios extranjeros en el Paraguay

Con la sanción de la nueva Ley de Educación Superior se abre la posibilidad para el análisis de los procedimientos que se utilizan en la homologación de títulos extranjeros en el país y con ello se posibilita su mejora en calidad y equidad.

Concepto


Homologación: Es el acto administrativo mediante el cual se contrasta el cumplimiento de determinadas especificaciones contenidas en el programa de estudios de origen con el de destino y de esta manera verificar el cumplimiento de las exigencias legales para poder habilitar para el ejercicio de la profesión. Para obtener la homologación a la vez hay que solicitar el reconocimiento.
Recordemos que en nuestro país la homologación es requisito para el ejercicio de la profesión.

Reconocimiento: Es el acto administrativa por el cual se reconoce la validez de un titulo expedido en el extranjero, para ello deberá ser expedido por una institución legalmente habilitada para ello, un detalle muy importante que señalar es que el solo reconocimiento no habilita para el ejercicio de la profesión.

Marco Legal

En este punto explicaremos los requisitos legales que se daban antes de la sanción de la Ley y que se utilizaran hasta que se de la reglamentación respectiva

El sistema de homologación de títulos universitarios extranjeros en el Paraguay se encuentra reglado en el artículo 122 de la Ley 1.264 “General de Educación” y reglamentado por el decreto 19.275 del 5 de noviembre de 2002 “Por el cual se reglamenta el artículo 122 de la Ley N° 1.264 General de Educación” la cual en su artículo 2° dice: “…Dispónese que todo procedimiento tendiente al reconocimiento, homologación o convalidación de títulos universitarios obtenidos en otros países deberá iniciarse única y exclusivamente en el Ministerio de Educación y Cultura (Dirección de Educación Superior), institución que remitirá los expedientes respectivos de los solicitantes al Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción, a los efectos de realizar los estudios pertinentes con el objetivo de producir el dictamen técnico correspondiente y remitir al Ministerio de Educación y Cultura…” y de manera mas contundente en su artículo 5° expresa: “…Dispónese que, en ningún caso otra universidad, privada o pública podrá arrogarse atribuciones o competencias que esta reglamentación asigna exclusivamente, a la Universidad Nacional de Asunción, en el contexto de lo dispuesto en las Leyes N° 1264/98 y N° 136/93…”.

Ley de Educación Superior

En su artículo 74 expresa lo siguiente: “...El Ministerio de Educación y Cultura en coordinación con el Consejo Nacional de Educación Superior reglamentará la homologación de títulos obtenidos en el exterior. El ejercicio profesional de los extranjeros, se regirá por los convenios internacionales vigentes y por las leyes de la República del Paraguay...”.

Como se puede observar si bien la Ley no deroga explícitamente la normativa anterior en su artículo en su Sección II “Derogaciones”, articulo 97, se entiende que al otorgarle facultades al Consejo Nacional de Educación Superior para reglamentar el proceso de homologación se da una derogación de hecho.

Un sistema mas justo y equitativo

Es importante que a la hora de estructurar el nuevo sistema de homologación de títulos universitarios extranjeros en el país se piense en uno mas justo y equitativo y ya no en el sistema monopolico que se venia implementando en donde una sola universidad tenia la exclusividad del tramite administrativo, sin ningún tipo de control o estandar de calidad para su elección, asimismo como todo monopolio acarreaba problemas a los usuarios en cuanto al costo, tiempo y sobre todo con los criterios aplicados para los dictamenes.

En este ultimo número del año les deseo a todos éxitos en sus exámenes finales y que las vacaciones sirvan para recuperar fuerzas e iniciar el año lectivo de la mejor manera.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.peco@mail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

sábado, 9 de noviembre de 2013

El guaraní y la Educación Superior

El guaraní y la Educación Superior

La educación superior como lo venimos diciendo siempre no escapa a la sociedad en la cual se encuentra incertada y en nuestro caso al bilinguismo constitucional que posee nuestra nación.

Ley de Lenguas

El 7 de octubre de 2010 quedo promulgada la Ley Nº 4251 de Lenguas cuyo objeto es establecer las modalidades de utilización de las lenguas oficiales de la República, en ella establece disposiciones claras y plazos para la exigibilidad de las mimas por parte del Estado.

En este sentido establece en su art. 23 lo siguiente: “De los Titulos academicos. Los titulos academicos de todos los niveles y modalidades del sistema educativos nacional serán impresos en ambas lenguas oficiales y en un solo lado...”.

Asmismo en el art. 28 reza: “De la enseñanza en lenguas oficiales. Las lenguas oficiales serán enseñadas en las instituciones públicas y privadas que integran el sistema educativo nacional...”.

En el art. 30 dice: “De la formación del profesorado. Los centros de formación docente deberán preparar educadores bilingues, en guarani y castellano. Según las circunstancias, en su ejercicio docente, los profesores emplearan las dos lenguas oficiales como medio didactico...”.

Si bien lo citado constituyen puntos de suma importancia la tracendencia de la utilización del idioma guarani en la educación superior debe darse en una infinidad de situaciones tanto administrativas como academicas y el estamento debe promover cada una de ellas de manera a generar equidad en el idioma.

Se puede decir que los Institutos de Formación Docente son los que desde antes de la promulgación de la citada ley trabajan acertadamente el ambito y por ello experiencia y capacidad instalada que puede ser aprobechada por las demas instituciones que conforman la educación superior.

Ley de Educación Superior

La Ley de Educación Superior recientemente promulgada no menciona en ninguno de sus articulos al guaraní, siendo esto un error indiscutible. Sin embargo se puede mediante el Consejo Nacional de Educación Superior articular medidas admisnistrativas para paliar esta deficiencia.

La utilización de ambas lenguas en las universidades es necesario y de suma importancia, logos, señaletica, atención al público son solo el comienzo, en algún momento se deberian dar clases, disertaciones y seminarios en ambas lenguas.

Por ultimo es importante señalar lo que establece el art. 51 de la Ley de Lenguas que dice: “Implementación. La implementaciónde las obligaciones deribadas de la presente ley que rquieran una expresión escrita, solo serán exigibles una vez transcurridos tres años del establecimiento del alfabeto y la gramatica oficial del idioma guaraní por parte de la Academia de Lengua Guaraní...”.

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Universidades en tiempos de cambio

Universidades en tiempos de cambio

En el presente artículo transcribimos un interesante artículo del Dr. Jesús Salinas de Universidad Islas Belares de España por considerarlo de sumo interés en virtud a la coyuntura que vive nuestro ámbito universitario con la nueva Ley de Educación Superior.


Para comprender la urgencia de que las universidades se involucren en procesos de innovación docente apoyada en las TIC, pueden servir las aportaciones de Roeland In ‘t Veld de la Universidad de Utrech en la conferencia de la CRE celebrada en la Universidad de Aberdeen en 1995, que identificaba las fuentes principales de presión externa sobre las universidades europeas (CRE, 1996):

a) La voluntad de reducir la contribución financiera para el desarrollo constante de la enseñanza universitaria. EL financiamiento público tenderá a disminuir y se pedirá a las universidades que hagan más por menos.

b) Una demanda generalizada para que los estudiantes reciban las competencias necesarias para el aprendizaje continuo.

c) La comercialización del conocimiento que genera simultáneamente oportunidades para nuevos mercados, al mismo tiempo que competencias nuevas en el sector.

d) El impacto de la era de la información. La compartimentalización de los sectores profesionales, de ocio y educativo está siendo superada de tal forma que hay nuevos mercados para la universidad, pero también pierde el monopolio de la producción y la transmisión del saber.

Puede concluirse, pues, que la sociedad demanda sistemas educativos más flexibles y accesibles, menos costosos y a los que pueda incorporarse a lo largo de la vida. Para responder a estos desafíos tanto las instituciones existentes, como aquellas que están naciendo ex profeso deben revisar sus referentes actuales y promover experiencias innovadoras en el campo de los procesos de enseñanza-aprendizaje apoyados en las TIC. EL énfasis se debe hacer en la docencia, en los cambios de estrategias didácticas de los profesores, en los sistemas de comunicación y distribución de los materiales de aprendizaje, en lugar de enfatizar la disponibilidad y las potencialidades de las tecnologías.

A estas alturas, nuestro mundo académico no ha identificado todavía qué va a hacer y menos aún cuáles van a ser sus socios, ni ha valorado aún el riesgo que corre compitiendo con los otros prestatarios de servicios educativos y formativos, sobre todo en lo que se refiere a experiencias de enseñanza a distancia basadas en la red. Las universidades que están intentando situarse en el mercado de la educación y formación se están encontrando con múltiples dificultades. Unas son de orden técnico, porque las redes de telecomunicación no alcanzan en todas partes el mismo nivel de desarrollo. Otras apuntan a la capacidad de innovación de la organización (cambios administrativos, nuevas estructuras, implantación de nuevos servicios, flexibilidad del profesorado, etc..)

Dyson (1998) afirma que uno de los talentos fundamentales es la creatividad ya sea artística y/o intelectual, y que conforme el mundo se vaya moviendo cada vez más rápido, las empresas (y podríamos añadir nosotros las universidades) punteras no serán las que dispongan de las mejores tecnologías, sino aquellas en las que se dé un flujo constante de nuevas ideas y tecnologías. En las universidades el aspecto más valorado hoy en día es la investigación , y lo que hemos dado en llamar innovación puede aplaudirse, pero en muy pocos casos reconocerse. La cultura universitaria promueve la producción, la investigación en detrimento de la docencia y de los procesos de innovación en este ámbito. Y sin embargo procesos de este tipo parecen ser los que oxigenarán de alguna forma a las universidades.

La universidad suele ser definida como una institución caracterizada por la enseñanza, investigación y servicio. Esto puede traducirse en roles fundamentales como creación, preservación, integración, transmisión y aplicación del conocimiento. La evolución de la ciencia, la cultura y la sociedad combina forzosamente el respeto y la asunción de la tradición con la práctica y apuesta por la innovación. Aquellas sociedades que se aferran a la tradición se convierten en inmovilistas, y aquellas que olvidando la propia tradición científica, el propio contexto cultural solo prestan atención a las novedades, a los descubrimientos efímeros pueden seguir trayectorias erráticas.

Y ahora, que hacemos despues de la Ley?

Y ahora, que hacemos despues de la Ley?

Esa es la pregunta casi obligada de mis alumnos de la catedra de legislaciòn educativa cuando conversamos sobre la nueva Ley de Educaciòn Superior (LES), que hacemos ahora que ya esta vigente para que no se convierta como otras normativas en letra muerta y todo siga igual en el ambito.

Conformaciòn del Consejo Nacional de Educaciòn Superior – CNES

Como explicabamos en nùmeros anteriores de los 13 miembros solamente 3 no necesitan ir a elecciones, el Ministro de Educación y Cultura, El Rector de la Universidad Nacional de Asunción y el rector de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, los restantes 10 miembros se deberán definir mediante elecciones entre sus pares y en este sentido la Ley es clara en su artìculo 95 que dice: “El Ministerio de Educación y Cultura conjuntamente con el Consejo de Universidades instaurado por la Ley 136/93 serán los encargados de realizar las convocatorias respectivas para conformar e integrar el Consejo Nacional de Educación Superior en el plazo de noventa días contados desde la promulgación de la presente ley”

En este sentido el plazo establecido por Ley fenece (de considerarse dìas corridos) el 31 de octubre sin que siquiera se haya podido elegir a uno de los miembros del cuerpo colegiado.

Esto es desalentador la misma comunidad educativa que tardo en entender que era necesaria la participaciòn de todos sus actores para la redacciòn del proyecto de ley, el mismo ministerio que tardo en involucrarse para ser contrapeso academico y presentar alternativas se ha vuelto a estancar, es comprendible que en un universo tan grande y con tantos conflictos como los es actualmente el universo de la educaciòn en nuestro paìs algunos puntos pasen a segundo plano, sin embargo recordemos todo lo que costo, lo que se trabajo para poder promulgar esta Ley y en ese sentido es altamente riesgoso que no se cumplan los plazos pues inevitablemente aparece la sombra del tradicional oparei sobrevolando la escena.

Iniciar los procesos

Si bien ya es imposible cumplir con los plazos establecidos sera una buena señal iniciar los procesos de selecciòn en la brebedad posible y si se puede antes del 31 de octubre para asi demostrar que el empuje que se tenia para la elaboraciòn de la LES sigue vigente y que los actores que participaron en ella no permitiran que su cumplimiento caiga en el olvido.

Estamentos que deben acudir a elecciones para integrar el Consejo Nacional de Educaciòn Supeiror

    Un rector representante de la universidad  pública.

    Un rector representante de la universidad privada.

    Un miembro del Consejo Nacional de Educación y Cultura.

    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector público.

    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector privado.

    Un catedrático por las universidades públicas.

    Un catedrático por las universidades privadas.

    Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

    Un representante estudiantil de las universidades públicas.

    Un representante estudiantil de las universidades privadas.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

miércoles, 18 de septiembre de 2013

Concursos en la Educación Superior

Concursos en la Educación Superior

Con la asunción del nuevo gobierno se escucha hablar constantemente del acceso a la función pública por medio de los concursos públicos de oposición, en realidad esto en materia de educación se encuentra instalado y con una experiencia considerable que lleva más de 10 años de su implantación, sin embargo se da en otros niveles y no en la educación superior.

Definición del concurso

El Manual para la Concursabilidad de la Secretaria de la Función Publica define al concurso de la siguiente manera: “El Concurso es el proceso destinado a seleccionar a la persona más idónea para un cargo determinado, en base a la valoración y acreditación del mérito, la experiencia y los conocimientos, utilizando herramientas técnicas, objetivas y transparentes, que provean de valores cuantificables y comparables”.

En las instituciones de gestión oficial adquieren la forma de concurso “públicos de oposición”, garantizan el cumplimiento en la práctica del principio de igualdad para el acceso a cargos públicos establecido en la Constitución Nacional en el artículo 47, concordante con el artículo 13 de la Ley Nº 1.626/2.000 “De la Función Pública”.

Legalidad y legitimidad para ejercer

El acceso a la catedra por medio del concurso a más de posibilitar que los profesionales mejor preparados y medidos mediante criterios y juicios de valor puedan ejercer en las mismas otorga legalidad y legitimidad a los mismos y los posiciona frente a los educandos con solides ética. Asimismo otorga al titular de la catedra estabilidad indiscutida frente a la misma.

Ley de Educación Superior

La misma establece en su artículo 41 lo siguiente: “Para incorporarse como profesor de tiempo completo, el postulante deberá someterse a un concurso público de oposición, en el que se valorará, preferentemente, la producción científica del docente, el grado de actualización de sus conocimientos, su experiencia profesional, su formación y su experiencia como docente universitario. Cada institución realizará la evaluación conforme a sus estatutos”, asimismo en su artículo 42 reza lo siguiente: “Los profesionales que quisieran combinar el ejercicio de la docencia superior con el ejercicio profesional podrán hacerlo también, en calidad de profesores contratados. En tal caso, no será necesario someterse a concurso público de oposición para ser contratados...”, por ultimo establece en su artículo 43 el porcentaje mínimo de profesores a tiempo completo y el plazo de la siguiente manera: “Un mínimo de (treinta) 30% respecto del total del plantel docente de cada una de las instituciones de educación superior, debe ser conformado por profesores de tiempo completo. El proceso podrá realizarse de manera gradual, considerando como plazo máximo para cumplir con el requisito exigido un período de tres años a partir de la promulgación de la presente ley”.

Conforme a lo expresado las instituciones de educación superior deben cuanto antes iniciar los procesos respectivos para poder cumplir con el porcentaje mínimo establecido en el plazo fijado y de esta manera otorgar legalidad y legitimidad a sus educadores.

Fuente: Manual de Concursabilidad de la Secretaria de la Función Pública.

miércoles, 28 de agosto de 2013

La huelga y el ingreso 2014 al ámbito universitario

La huelga y el ingreso 2014 al ámbito universitario

Conforme transcurren los días y se prolonga la huelga docente en nuestro país se pierden días de clases que afectaran directamente a los que en el 2014 deberán afrontar una dura evaluación en clara desventaja con aquellos que tienen clases con normalidad.

Clases que no se recuperaran

Al momento de escribir este artículo se cumplen aproximadamente 50 días sin clases de los alumnos de escuelas públicas afectadas por la huelga docente que llevan adelante algunos gremios en nuestro país, sin realizar juicios de valor sobre la pertinencia de la medida de fuerza o su legalidad podemos si estar de acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Educación y Cultura en cuanto a que los días perdidos y las competencias no adquiridas ya no se recuperaran en este año lectivo y que esto afectara considerablemente el desarrollo de contenidos en el 2014, pero esto se agrava cuando consideramos la situación de los estudiantes del 3º de la media quienes terminando el ciclo se aprestan a encarar las duras evaluaciones competitivas para tentar un lugar dentro de una universidad.

Una variable más en contra 

En condiciones normales en gran porcentaje los estudiantes que egresan de los colegios de gestión  pública (afectados directamente por la medida de fuerza) y se aprestan a ser evaluados en los exámenes de ingreso parten en condiciones desventajosas con respecto a egresados de instituciones educativas de gestión privada y no por la calidad educativa de las instituciones de referencia que es algo más bien subjetivo y que varía de una institución a otra sino más bien por las condiciones personales y familiares de los egresados, en la mayoría de los casos los mismos no pudieron y no pueden acceder a la totalidad de los libros de texto tanto en el nivel medio como para prepararse para el ingreso o ya tienen que trabajar para poder ayudar a llevar el pan a la casa, por ello esta situación no hace otra cosa que agrandar la brecha ya existente en nuestra sociedad y golpea a aquellos quienes más esperanzados están y que más necesitan de la educación para poder mejorar la calidad de vida propia y de sus familias.

Universidades

La universidad como lo venimos diciendo en artículos anteriores no debe ser una isla dentro de la sociedad en la cual esta insertada por ello y sobre todo las universidades de gestión pública deben plantear estrategias pedagógicas y administrativas que contemplen esta situación y puedan ayudar a que los chicos quienes no tienen nada que ver en el conflicto suscitado no terminen siendo aquellos que paguen los platos rotos por otros. 

Asimismo sería importante que desde el estado se implementen medidas que obliguen a las instituciones de educación superior a tener en cuenta esta variable y no dejar al arbitrio y discrecionalidad de los consejos administrativos esta decisión, eso sí, siempre respetando la autonomía constitucional de las universidades.

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sábado, 24 de agosto de 2013

Violencia y Acoso escolar

Violencia y Acoso escolar

El Ministerio de Educación y Cultura aprobó por Resolución Nº 8.353 el “Protocolo de atención en instituciones educativas para casos de violencia entre pares y/o acoso escolar” del cual por considerarlo de suma importancia extraemos algunos conceptos.


Medidas de prevención contra la violencia y el acoso escolar

Las medidas de prevención se pueden dar en la institución educativa, el aula y la familia.
Medidas que pueden tomarse en la institución educativa

a)    Concienciación ante la violencia y el acoso escolar. La medida preventiva general para la institución educativa es la toma de conciencia de todos sus actores. Como medida de sensibilización, se pueden organizar desde la institución educativa, reuniones con los diferentes miembros de la comunidad educativa que permitan profundizar en la problemática de la violencia y acoso escolar.

b)    Información y sensibilización hacia la detección temprana. Investigaciones sobre la violencia y el acoso confirman que la detección temprana facilita la intervención y disminuye la gravedad de las consecuencias que sufren los alumnos afectados.

c)    Definir un protocolo de prevención para los casos de violencia y acoso escolar. Un protocolo institucional va a permitir una prevención sistemática  y globalizada, a partir de un modelo de actuación, delimitando las responsabilidades de los diferentes actores educativos y los recursos necesarios para su puesta en práctica.

d)    Desarrollar e incrementar las líneas de prevención de la violencia y acoso escolar en la acción curricular. La propuesta en este ámbito consiste en incluir, organizar y desarrollar contenidos que fomenten la convivencia social y pacífica en forma transversal a lo largo de los programas curriculares de todos los ciclos y niveles.

Medidas preventivas en el aula

a)    Implementación de cuestionarios de detección de violencia o acoso escolar. En muchas ocasiones cuando se toma conocimiento de la situación de violencia o acoso escolar, las conductas de agresión y victimización llevan demasiado tiempo asentadas. Un instrumento fundamental para la identificación lo constituyen las fichas de detección de violencia o acoso escolar, cuestionarios, escalas, etc.

b)    Reglas en la clase contra la violencia y el acoso escolar. Disponer de unas normas sencillas contra la violencia y el acoso escolar es importante para crear un buen clima en el aula en particular y en la institución educativa en general. Se trata de establecer normas específicas contra toda forma de violencia que complementen las normas de conducta general.

c)    Sesiones de trabajo en el aula contra la violencia y el acoso escolar. Después de establecidas las normas para prevenir la violencia y el acoso escolar entre pares, se puede continuar profundizando el tema.


Sesiones de trabajo en el aula contra la violencia y el acoso escolar

c.1)    Trabajo en grupo. El trabajo en grupo estimula la comunicación y la participación. La mayoría de los alumnos que aprenden en grupo mejoran su aprendizaje, se aceptan, se muestran más colaboradores y desarrollan menos prejuicios hacia los demás.

c.2)    Resolución de conflictos. Se pretende que los alumnos aprendan a definir los conflictos, indagando en sus implicaciones personales y sociales. Estas actividades sirven para la reflexión y son una de las formas mas adecuadas de actuar para lograr un clima afectivo positivo.
c.3)    Debates. Se podrían plantear cuestiones de este tipo:

-    ¿Que podríamos hacer para que la convivencia en la institución educativa sea agradable?
-    ¿Cómo podemos evitar las conductas agresivas? En el patio, en la clase, en los pasillos y baños, en el comedor y fuera de la institución.
-    ¿Qué podemos hacer para que las victimas rompan su silencio y cuenten a alguien lo que les pasa?
-    ¿Qué deberían hacer los profesores y demás adultos cuando un compañero esta siendo agredido? Medidas tanto para el agresor como para la victima.
-    ¿Qué pueden hacer los compañeros?
-    ¿Qué podes hacer vos?

c.4)    Actividades de discusión a través de textos. Analizar la situación de violencia y acoso a través de textos. Se pueden plantear aspectos relacionados con las actitudes y valores de nuestra sociedad que favorezcan el intercambio de ideas y el debate.

c.5)    Utilizar documentos audiovisuales. Son muy eficaces para desarrollar la igualdad y prevenir la violencia, como complemento junto a otros instrumentos. Sus ventajas son: favorecer que valoren en profundidad la información, son mas fáciles de compartir por el conjunto de la clase, llegan a aquellos alumnos que tienen dificultades para entender a otros tipos de información y logran un mayor impacto emocional, activando la empatía.

c.6)    Las tareas en que los alumnos hacen de expertos. Se les pide a los alumnos que ejerzan de adultos, como expertos de diversas aéreas (política, sociología…) para la elaboración de la declaración de los derechos humanos sobre diversos temas. Esta actividad los pone en el papel de defender la igualdad.

d)    Actividades lúdicas que faciliten la participación de todos los alumnos. Fomentar un sentimiento de solidaridad permite contrarrestar el efecto de los agresores, sobre todo si se incide en la integración de los alumnos aislados.

Medidas preventivas con las familias

Las familias deben saber que es la violencia y el acoso escolar y explicar a sus hijos que la violencia en cualquiera de sus formas es inaceptable.

Es importante crear actitudes comunes tanto en el personal escolar como en las familias. Conseguir buenos resultados dependerá del grado de información y comunicación entre profesores y familias. Si todos reaccionamos de modo similar, los buenos resultados aumentaran considerablemente.


Por este medio quiero agradecer a la Dra. Verónica Arguello Cañiza, Directora de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del MEC por acercarme una copia del protocolo citado.

Fuente: Resolución MEC Nº 8.353 “Protocolo de atención en instituciones educativas para casos de violencia entre pares y/o acoso escolar”.

sábado, 10 de agosto de 2013

Proteger a las nuevas instituciones de la educación superior

Proteger a las nuevas instituciones de la educación superior

Unos días atrás me toco exponer en una universidad sobre la nueva Ley de Educación Superior, en la misma había un auditorio que mayoritariamente expresaba su desconfianza con la aplicación de la nueva normativa y sobre todo la creencia que las nuevas instituciones creadas por esta tendrían el mismo derrotero que las creadas por la Constitución nacional de 1992.

Efectivamente las preocupaciones de varios de los actores del ámbito universitario es que organismos como el Consejo Nacional de Educación Superior terminen adquiriendo los mismos vicios que motivaron su creación.

Representantes

El Consejo Nacional de Educación Superior cuenta con 13 miembros de los cuales solamente 3 no necesitan ir a elecciones, el Ministro de Educación y Cultura, El Rector de la Universidad Nacional de Asunción y el rector de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, los restantes 10 miembros se deberán definir mediante elecciones entre sus pares.

La nueva normativa establece que serán el Ministerio de Educación y Cultura en conjunto con el Consejo de Universidades instaurado por la ley 136/93 los encargados de realizar las convocatorias respectivas para conformar e integrar el Consejo Nacional de Educación Superior y emplaza a los mismos a llevar adelante el proceso en el perentorio plazo de 90 días a partir de la promulgación de la Ley, plazo que vence (en caso de considerarse días corridos) el 31 de octubre.

Al momento de escribir estas líneas han transcurrido siete días de su promulgación y en 6 días mas asume un nuevo gobierno con lo que las nuevas autoridades que asumen en el Ministerio de Educación y Cultura deberán priorizar lo establecido por la normativa y encarar las diferentes convocatorias para integrar el consejo.

Elecciones limpias y transparentes

Es indispensable que aquellos que resulten elegidos para ser miembros del Consejo Nacional de Educación Superior provengan de procesos eleccionarios limpios y transparentes que otorguen plena legalidad y legitimidad a los mismos para ejercer la representación de sus pares.

Procesos sistémicos

Es importante que los plazos establecidos para la conformación del Consejo Nacional de Educación Superior  se cumplan no solo por la obligatoriedad de la norma sino también porque existen otros procesos dentro de la normativa que se verán seriamente afectados con el incumplimiento de plazos, procesos en los cuales el Consejo Nacional de Educación Superior es el órgano contralor del cumplimento de las exigencias de la normativa.

A tener en cuenta

-    Las Instituciones de Educación Superior, en funcionamiento tendrán un plazo de dos años para realizar las adecuaciones a las exigencias de esta normativa y las que establezca el Consejo Nacional de Educación Superior. El plazo vence el 2 de agosto de 2015.

-    A partir de los cinco años de la promulgación, todas las universidades e institutos superiores deberán contar con un mínimo de diez por ciento (10%) de profesores con título de magíster del plantel docente y tres por ciento (3%) con título de postgrado de doctor y a partir de los diez años de la promulgación de la presente ley, con un mínimo de quince por ciento (15%) de profesores con título de magíster y cinco por ciento (5%) con título de postgrado de doctor; mientras que a partir de los quince años de la promulgación de la presente ley, deberán contar con un mínimo de veinte por ciento (20%) de profesores con título de magíster y siete por ciento (7%) con título de postgrado de doctor.

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martes, 30 de julio de 2013

Becas en el extranjero

Becas en el extranjero

La posibilidad de estudiar en el extranjero mediante una beca esta vigente hoy más que nunca, carreras de todas las áreas brindan la oportunidad de prepararse para ser un profesional de primer nivel.

En lo posible es importante barajar las opciones con tiempo de antelación de manera a informarse correctamente de los requisitos, condiciones y beneficios que ofrece la beca, asimismo el rendimiento académico mínimo que se debe tener.

Verificar la posible homologación.


Recordemos que la homologación es el acto administrativo mediante el cual se contrasta el cumplimiento de determinadas especificaciones contenidas en el programa de estudios de origen con el de destino y de esta manera verificar el cumplimiento de las exigencias legales para poder habilitar para el ejercicio de la profesión.

Es asi que al retornar de estudiar en el extranjero y en especial si es de una carrera de grado es obligatorio el tramite de la homologación, por ello es recomendable viajar mediante convenios con el gobierno o las universidades para luego no tener problemas, en caso de no ser asi es recomendable acudir al Ministerio de Educación y Cultura o a la Universidad Nacional de Asunción para recabar la información necesaria. Un ejemplo palpable de las dificultades que se pueden presentar es la situación que se dio y se da con los compatriotas que viajan a Cuba a estudiar medicina y los problemas que se dieron con la UNA.

Algunos de los documentos que con más frecuencia se requieren para acceder a las diferentes becas:

•    Un Original mas 2 Copias del Formulario de Solicitud de Becas
•    Dos Fotografías Tipo Carnet
•    Dos Copias del Titulo
•    Dos Copias del Certificado de Estudios
•    Un Curriculum Vitae
•    Dos cartas de recomendación
•    Certificado de nacimiento
•    Una Fotocopia de Pasaporte
•    Breve Exposición de las razones que motivan la solicitud
•    Un Certificado Medico del M.S.P.Y B.S. (en algunos casos)
•    Un Certificado de Idioma ( en algunos casos)

Más información

Para obtener mas información los interesados pueden acudir a la Secretaria Técnica de Planificación sito en Estrella y 14 de Mayo, teléfono 494 – 190, visitar la pagina web www.stp.gov.py, o escribir un mail al correo electrónico becas@stp.gov.py, asimismo en el Ministerio de Educación y Cultura sito en Estrella casi Alberdi, mucha suerte.

jueves, 25 de julio de 2013

Universidad y país

Universidad y país

Toda institución de educación superior debe integrarse a la sociedad en la que está instalada y en especial la universidad quien por su misión y fines debe responder a las necesidades y demandas de la misma.


Integra el sistema educativo nacional

En primer punto es importante señalar que la universidad y todo la educación superior pertenecen al sistema formal de la educación paraguaya por ello sus planes y programas deben estar en consonancia con los planes y programas de la educación nacional, si bien la autonomía proporciona a estas instituciones la posibilidad de sumergirse de la manera más libre en la gestión y producción del conocimiento los mismos deben ser enfocados con una visión país.

Responder a las necesidades

La universidad no puede constituirse en una isla dentro de la sociedad en la cual está instalada, más aun cuando en todo el mundo se maneja el concepto de la educación superior como bien público y por ende costeado por la sociedad. Los planes, programas y proyectos de la institución educativa deben ir enfocados a la solución de los problemas acuciantes que sufre nuestra sociedad, la universidad debe convertirse en la instancia a la cual acude la sociedad para que mediante la investigación y la ciencia se solucione los problemas que la aquejan.

Rol del Estado

En este sentido es innegable el avance que significara la nueva Ley de Educación Superior al respecto, sin embargo el mismo no se agota con la promulgación de la citada Ley, se necesita que el estado defina cuáles serán las necesidades del país de hoy a 20, 30 o 50 años de manera a que el ámbito universitario pueda prepararse en invertir y una vez llegado el momento nos encuentre preparados para el desafío, hoy día vemos que nuestro sistema de educación superior publico inexplicablemente ofrece plazas infinitamente superiores en ramas como derecho o contables a profesiones que son altamente necesarias como medicina, veterinaria, etc., muchas veces se ensaya una explicación a esto diciendo que la infraestructura para aumentar la plazas en las carreras mencionadas no se posee, pues bien que se invierta lo necesario y que de aquí a 20, 30 o 50 años esto se revierta y la universidad provea a la sociedad de los profesionalesen las áreas que necesita y en la justa medida que los necesita.

La ley no solucionara todos los problemas

Necesariamente luego de promulgada la Ley deberá iniciarse la tan anhelada reforma, lo que se logró mediante las reuniones, foros, disertaciones y discusiones en torno a la redacción de la citada norma no debe interrumpirse se deben mantener los espacios de participación ciudadana modificando los temas de discusión y encarando de una vez por todas los diferentes problemas que aquejan al ámbito universitario de manera a encontrar soluciones consensuadas y dirigidas a mejorar el país que tenemos.

Cualquier duda o consulta puede dirigirse al correo cg.peco@gmail.com o al blog

Extensión Universitaria

Extensión Universitaria

En nuestro país se torna difícil entender que es la extensión universitaria y más difícil aún visualizar dicha función universitaria en instituciones del nivel.


Finalidad constitucional

La Constitución Nacional en su artículo 79, primer párrafo establece tres finalidades de las Universidades y los Institutos Superiores:

a)    La formación Profesional Superior.
b)    La investigación científica.
c)    La extensión Universitaria.

El Padre Jesús Montero Tirado en su libro “Reforma de la Educación Superior – Reflexiones y sugerencias” la define de la siguiente manera: “…no es otra cosa que la extensión de la presencia de la universidad (o institución afín) en la sociedad…”.

Una vez definido el concepto la interrogante que persiste es como implementar la extensión universitaria en nuestra sociedad, existen ejemplos de instituciones que hacen beneficencia para con los necesitados, otros realizan actividades culturales como festivales artísticos, exposiciones, etc, no coincidimos con estas actividades aunque si bien son paliativas no generan lo que se espera de la extensión universitaria.

Entendida la educación superior como un bien público en virtud a que forma a las personas que alcanzarán las posiciones de mayor responsabilidad en la sociedad y sus decisiones en todas las áreas de actividad y en todas las profesiones pueden llevarse a cabo desde aproximaciones que pueden tener un impacto positivo como negativo para la sociedad, por ello tiene un papel fundamental y tiene una responsabilidad con respecto a los contenidos curriculares, así como la ética y los valores que transmite a los ciudadanos del mañana, la institución universitaria y en especial las universidades públicas tienen la obligación moral de retornar a la sociedad en la cual se encuentran todo la inversión que esta realiza y la mejor manera para ello es utilizando lo que mejor maneja el ámbito universitario, el conocimiento.

Pareciera un contrasentido que se hable de extensión universitaria pues la universidad no puede estar abstracta de la sociedad en la que funciona, no puede manejarse como una isla y no ser funcional a las necesidades que la rodean, debe involucrarse para entender y con ello proponer alternativas de solución provenientes de la ciencia para los diferentes problemas que aquejan a los ciudadanos y conforme a como esto se desarrolle exitosamente justificara en parte su existencia.

La extensión universitaria como el enlace entre la universidad y la sociedad

El punto de encuentro para que los ciudadanos obtengan respuestas en la universidad y para que los miembros del ámbito universitario visualicen nuevos desafíos, pongan en práctica los conocimientos adquiridos y porque no generen nuevo conocimiento es la extensión universitaria.

No es suficiente que la Universidad esté abierta al medio social, no alcanza con ofrecer lo que se sabe hacer, ni siquiera hacer lo que le demandan; hoy la Universidad debe hacer lo que es necesario y es necesario salir y formar parte. Y la Extensión Universitaria claramente puede ser su herramienta principal.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.peco@mail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

Y ahora?

Y ahora?

Esa es la pregunta que se hace el ámbito universitario con respecto a la aprobación de la nueva Ley de Educación Superior, cuales son los pasos que vienen, que se debe esperar.


Cambio automático

El otro día conversando con otro profesor él me decía que el que piense que la educación superior puede manejarse como un vehículo con cambio automático está muy errado pues si se cree que con la promulgación de la Ley de Educación Superior la cosas cambiarían se llevara una sorpresa desagradable y que a pesar de la nueva Ley las cosas seguirían como están por mucho tiempo.

Concuerdo parcialmente con este profesor, pensar que con la nueva Ley las cuestiones cambiaran automáticamente es hasta ilusorio, la Ley es un instrumento y de los más importantes que se han dado en la historia de nuestro país en el subnivel educativo sin embargo se sigue dependiendo del factor más importante de todos, el recurso humano.

En el ámbito se dan numerosos de procesos que cambiaran con esta nueva normativa y que de acuerdo al texto de la Ley se visualiza que el cambio es favorable y beneficia al mejoramiento de la calidad educativa, no obstante todos aquellos estamentos que participaron en la redacción del proyecto de ley deben estar atentos en su implementación pues a pesar de lo nuevo de la normativa las personas encargadas de llevar adelante el cambio en su mayoría serán las mismas que manejaban el sistema anterior.

Sistema participativo

La normativa aprobada es altamente participativa y pluralista, crea instancias en las cuales se encuentran representados todos los estamentos involucrados en la educación superior por ello es importante que cada uno de ellos se organice no solo para elegir a sus representantes sino también para pedirle rendiciones de cuenta y exigirle buen desempeño en sus funciones.

Una de las discusiones más álgidas en el parlamento fue la integración de una de estas instancias por ello considero necesario citar como quedo redactada la Ley en ese punto.

Conformación del Consejo Nacional de Educación Superior:

a.    El Ministro de Educación y Cultura o su representante.
b.    El Rector de la Universidad Nacional de Asunción.
c.    El Rector de la Universidad Católica.
d.    Dos rectores representantes de las universidades públicas
e.    Dos rectores representantes de las universidades privadas.
f.    Un miembro del Consejo Nacional de Educación y Cultura.
g.    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector público.
j.    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector privado.
k.    Un educador por las universidades públicas
l.    Un educador por las universidades privadas.
m.    Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
n.    Un representante estudiantil de las universidades públicas.
o.    Un representante estudiantil de las universidades privadas.

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Exámenes II

Exámenes II

Hoy continuaremos mirando las evaluaciones en sus diferentes, dejando recomendaciones para superar los momentos difíciles.

Existen personas que prefieren estudiar en grupos numerosos, otras en grupos pequeños y otras estudian solas, no siempre las mismas recetas sirven para todas las personas, por ello es muy importante que entiendas la manera que te gusta estudiar a fin de optimizar el rendimiento académico fruto de ese estudio.

Miedos

En plena época de exámenes son muchos los estudiantes que tienen pánico a los exámenes aún cuando académicamente están preparados. Lagunas mentales, taquicardia, transpiración y dolor de cabeza son algunos de los síntomas que los hacen desertar de la mesa de evaluación. Las claves para perder el temor a la hoja en blanco

Saquen una hoja parece ser la frase más temida de los estudiantes del nivel medio y universitario que a la hora de rendir los exámenes se enfrentan con lagunas mentales, taquicardia, sudoraciones y deserciones de último momento a pesar de haber estudiado meses. Según los especialistas, esos son algunos de los síntomas que reflejan el "pánico a los exámenes", una patología que afecta a jóvenes secundarios y universitarios y sobre todo se acrecenta cuando comienza el período de exámenes.

Síntomas


Entre los principales síntomas que aparecen en los jóvenes que se atemorizan al momento de tener que atravesar una prueba en el recorrido académico, "palpitaciones, respiración entrecortada, transpiración de las manos, insomnio, dolor de cabeza, entre otros".

La dificultad de los exámenes no son las pruebas en sí mismas sino la idea que se hacen lo estudiantes de esa instancia de evaluación y los fantasmas que les aparecen. "Se trata de la idea que las personas tienen de ellas y de sus propias capacidades. Muchos han sido educados a lo largo de la vida, para poder alcanzar la perfección y eso genera muchas frustraciones".

La hora de rendir

Tienes el examen delante y parece que nada te suena. Te preguntas, ¿Me habré quedado en blanco?
Nada de eso. Tienes un montón de conocimientos acumulados sin organizar. A medida que vayas analizando el examen los irás estructurando poco a poco.

Mantén la calma y recuerda que tu memoria funciona de forma asociativa. La primera idea clave que recuerdes provocará la llegada en cascada de una idea tras otra. Así podrás asociar datos y conocimientos para hacer un examen brillante.

Es cuestión de actitud

Evita preocuparte. Si has estudiado lo suficiente, los motivos que te preocupan están fuera de tu alcance. No puedes saber qué te preguntarán o cómo os evaluará el profesor.

Tienes que ser optimista y confiar en tus posibilidades.

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El examen

El examen 

Las evaluaciones siempre representan para el estudiante una barrera, un obstáculo a vencer y cuyo resultado se convertirá en la vara con la cual será medido en diferentes esferas.

La previa

A cada minuto la cuestión empeora, temblor en las manos, ronquera hasta llegar a la afonía, esperar siempre los peor, sudor insoportable en las manos. Estos son síntomas te comunican que estas teniendo un ataque de miedo al examen  que estas por rendir.

La preparación deberá ser buena y consistente, esta responderá a un plan de estudio trazado a comienzos de año y en lo posible llevado a cabo en su totalidad. El camino recorrido para poder llegar a un examen bien preparado es largo y no se puede transitar de manera completa en poco tiempo.

Los materiales hay que elegirlos y leerlos con anticipación a fin de conocer el contenido de tu material de estudio, recuerda que con frecuencia creemos que nuestros libros poseen toda la información que necesitamos y en la mayoría de los casos no es así.

En lo posible termina de estudiar con anticipación de unos días de tal manera a tener tiempo de repasar y asimismo de poder dormir y descansar  lo suficiente.

Las evaluaciones orales

En el examen escrito el alumno dispone de todo el tiempo del examen para organizar sus respuestas; puede comenzar contestando aquellas que mejor sabe, y utilizar el resto del tiempo para reflexionar y tratar de desarrollar aquellas otras que le resulten más difíciles.

En la evaluación oral no dispone de este tiempo de reflexión; el profesor pregunta y hay que contestarle inmediatamente.

La presión anterior, unida al hecho de estar en presencia del profesor, puede aumentar considerable la tensión nerviosa dificultando la exposición.

Supone una oportunidad de lucimiento ante el profesor, de demostrarle cómo se domina su asignatura.
En un examen oral se pueden desarrollar las preguntas con mayor profundidad que en un examen escrito (no es lo mismo hablar que escribir): se podrá ahondar en los detalles, relacionar la pregunta con otros puntos del temario, exponer una opinión personal al respecto.

El estudiante debe tratar de desmitificar el examen oral como un momento temido y verlo más como una gran oportunidad.

En definitiva, el examen oral favorece al estudiante que prepara bien la asignatura y perjudica al que no se la toma en serio.

La mayor dificultad del examen oral, y la oportunidad que representa, obliga al estudiante a una preparación más concienzuda. La asignatura tiene que estar perfectamente dominada.

El examen oral exige rapidez mental, contestar sin vacilación, y esto sólo se consigue con un conocimiento profundo de la materia.

A veces los exámenes orales no consisten en una(s) pegunta(s) cerrada(s), sino en un diálogo que el profesor establece con el alumno para conocer su nivel de conocimiento.

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martes, 18 de junio de 2013

Arbitrariedades administrativas

Arbitrariedades administrativas

¿Hasta donde llega la facultad que otorga la autonomía universitaria a las instituciones de educación superior, pueden hacer lo que quieran y el estado no puede o no debe intervenir? ¿Cuál es el límite para que los usuarios puedan reclamar sus derechos?

Las historias urbanas que se tejen alrededor de las arbitrariedades administrativas que se realizan en la mayoría de las universidades son numerosas y en muchos de los casos aquel que cuenta  la anécdota lo hace resignado en virtud a que no hay nada que se pueda hacer en contra de ello.

Requisitos inverosímiles

Para matricularse a un curso o inscribirse a un examen o sencillamente realizar cualquier trámite menor dentro de la institución en muchos casos se tropieza con requisitos impensables y que son pensados exclusivamente a los efectos de recaudar. Uno de los ejemplos más claros de esto se da en la Dirección General de Postgrado  de una universidad en donde para matricularse a cualquiera de los postgrados que allí se imparten entre otros requisitos piden que la copia diploma de grado este legalizado por su mismo Rectorado, o así también una constancia expedida por la facultad donde conste el nombre de la carrera y la carga horaria inclusive para los egresados de sus propias facultades y aquí es donde surgen las preguntas ¿el rectorado puede legalizar una simple fotocopia? ¿Desconoce la carga horaria de sus propias unidades pedagógicas? Esto es semejante a cuando en la administración de justicia se pide antecedentes judiciales a sus funcionarios o en el MEC certificado de trabajo a los docentes.

El diploma

Los costos son superiores a lo que uno imagina mientras cursa la carrera, asimismo en algunas instituciones privadas las cuotas y aranceles de los últimos años suben de precio exponencialmente, pareciera que la universidad aprovecha la cercanía de la finalización de la carrera del estudiante y su renuencia al abandono para acertarle un último golpe a su economía. 

El tiempo que transcurre entre la solicitud de elaboración del diploma y la entrega del mismo es interminable, la lista de excusas que ensaya el personal administrativo de las instituciones es increíble, meses y meses para poder obtener el título habilitante.

Luego de estas consideraciones es importante recordar lo que decía La Comisión por la Reforma de la Educación Superior en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 “… sería erróneo dar cabida a una posición que abone por la autonomía absoluta o total de la universidad con respecto al estado nacional. El “autonomismo” entendido como tal una completa desvinculación del sistema universitario del Estado nacional, es insostenible por varias razones, y hoy día ese punto está fuera de discusión en los centros más desarrollados del mundo. La educación superior, como los demás niveles educativos, debe ser considerada un servicio público del Estado debe preservar y contribuir de manera que disponga de las mejores condiciones para cumplir con sus funciones específicas…”.  

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martes, 11 de junio de 2013

Cursos a distancia con Plataforma digital

Cursos a distancia con Plataforma digital

En números anteriores hemos hablado de la educación a distancia o e-learning realizando una comparaciones entre legislaciones de diferentes países latinoamericanos y la nuestra, en esta edición hablaremos sobre los Requisitos para la habilitación de cursos a distancia con plataformas virtuales certificado que posee el MEC desde abril de 2013.

Requisitos

Infraestructura y Equipamiento.

- Contar con servidor propio o contratado, prever el mantenimiento, el soporte técnico, condiciones de seguridad y el funcionamiento. En caso de tercerisar alojamiento del servidor, contemplar un contrato cuya duración mínima no podrá ser inferior al desarrollo del curso.

- Plataforma instalada y en funcionamiento.

- Conexión a internet con un ancho de banda acorde al requerimiento del curso.

- En caso de cursos semipresenciales contar con: a) Sala infopedagogica; b)Equipos informáticos según cantidad matriculados en curso; c) Conexión a internet para todos los participantes.

Recursos Humanos

- Designar: Coordinador Pedagógico, Administrador de la plataforma, Elaborador de contenido, Tutores, con los siguientes perfiles:

 Coordinador Pedagógico: titulo de grado del area de conocimiento, habilidades informáticas (internet, plataforma educativa virtual, correo electrónico, otros)

 Administrador de la plataforma: titulo de grado en informática, conocimiento en administración de plataformas virtuales y soporte técnico.

Elaborador de contenido: Formación y/o experiencia en la elaboración de contenidos para ambientes virtuales

Profesor/Tutor: titulo de grado a fin al modulo a dictar, experiencia en docencia, contar con habilitación pedagógica, habilidades informáticas (internet, plataforma educativa virtual, correo electrónico), con formación y/o experiencia en tutoría virtual.

 -Acompañar con el compromiso de trabajo personal involucrado en el curso.

Pedagógicas

Cada institución deberá presentar un proyecto para la habilitación de los cursos a distancia con plataforma virtual conteniendo los siguientes elementos:

- Identificación de la institución.

- Fundamentación de la propuesta y objetivos de la misma.

- Diseño instruccional y guía docente.

- Carga horaria total, según la naturaleza del curso solicitado.

Las actividades contempladas en el curso a ser realizadas a distancia serán analizadas según la guía docente.
El cálculo de las horas de dedicación a las actividades no podrá acceder las 20 horas semanales.

- Certificado a ser otorgado, según la naturaleza del curso.

- Perfil de ingreso de los alumnos en base al curso ofertado

Antecedentes académicos de acuerdo a la naturaleza del curso y manejo de herramientas informáticas básicas e internet.

- Perfil de egreso de los alumnos en base al curso ofertado.

- Proporcionar acceso a la plataforma a través de usuario y contraseña, rol invitado a fines de verificación

- Los cursos serna habilitados por una cohorte.

Aprobación e implementación de los cursos


Las instituciones deberán reunir las condiciones necesarias para impartir cursos a distancia según los requisitos establecidos y no podrán habilitar la matriculación de alumnos interesados antes de contar con la resolución correspondiente.

Verificación

En caso de necesidad, se realizara una vista de verificación técnica.

Periodo de presentación de solicitudes

La presentación de solicitudes podrá realizarse durante el año.

Cada proyecto deberá ser presentado con 60 días de anticipación al curso solicitado.

Documentaciones a ser presentadas

1.- Nota dirigida a la Dirección General de Instituciones de Formación Profesional de Tercer Nivel, solicitando la habilitación del curso, con sello, firma y aclaración del responsable de la institución solicitante. Especificar en la nota la contraseña y usuario para acceder al curso solicitado, con rol de invitado a fin de verificar la plataforma instalada y en funcionamiento.

2.- Copia autenticada por escribanía del documento de creación, habilitación o apertura de la institución según su naturaleza.

3.- Presentar curriculum vitae original, firmado y adjuntar copia autenticada por escribanía de documentos respaldatorios de los recursos humanos, teniendo en cuenta los perfiles definidos.

4.- Carta compromiso de trabajo original y firmado, del personal involucrado en el curso.

5.- Proyecto de habilitación de los cursos a distancia con plataforma virtual conteniendo los elementos citados en los requisitos.

6.- Copia autenticada de la factura de compra del servidor, en caso de ser propio, en caso de contar con un servidor externo presentar copia autenticada del contrato de arrendamiento del servicio, por el tiempo que dure el desarrollo del curso, especificando que la conexión a internet debe contar  con un ancho de banda mínimo de 3 megas o un ancho de banda acorde a la cantidad de usuarios.

Fuente: Resolución DGIFPTN - VES del 16 de abril de 2013

Por este medio quiero agradecer a la Lic. Lorena Alonso quien gentilmente me acerco el documento que comparto con ustedes y recuerden cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.peco@gmail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.



martes, 28 de mayo de 2013

La evaluación universitaria

La evaluación universitaria

Cuando uno ingresa a la universidad y en especial a las más tradicionales se encuentra con un sinnúmero de anécdotas e historias sobre abusos en la evaluación, desde el más mínimo como exigir una determinada vestimenta u obligar a la compra de libros de la propia autoría de los examinadores o solicitud de favores sexuales a los examinados.

Es muy importante la evaluación Importa, pero resulta más importante que la evaluación sirva para algo y para alguien, que sirva para comprender lo que se hace y para mejorarlo.

Las notas y su importancia


Los alumnos dan importancia a las calificaciones porque conforman una referencia exacta del estado académico y, por tanto, el mejor indicador de éxito o fracaso. Las notas funcionan como índices que anuncian que todo va bien, que la carrera académica sigue su curso, que sus esfuerzos han sido premiados o, por el contrario, que hay que empezar a preocuparse ya  que está presente la amenaza del fracaso.

Una relación de poder desbalanceada

La evaluación de los alumnos se caracteriza por ser una “relación de poder unilateral entre el evaluador y evaluado y por el hecho de que el alumno esta habitualmente desposeído de todo momento del acto de evaluación” (*Barbier, 1993).

En la relación docente alumno hay un componente de dominación que está vinculado muchas veces (o la más de las veces) con la imposición de restricciones, castigos y sanciones.

En un escrito de 1930 titulado: “Palabras sobre los exámenes” *Deodoro Roca afirmaba: “…Exámenes a la vista: bolilleros, bolilleros, más bolilleros (…) El alumno no acude con su número. No siempre saca premio. Hay que pasar de alumno a medico, a abogado, ingeniero. (…) Todo esto será tuyo si me respondes a estas preguntas, si tienes suerte con estas bolillas desde donde te miro. El alumno observa la irreal riqueza que se le muestra y entrega por ese falso botín su alma indefensa y simple. Lo humano, lo verdaderamente humano, sería irle apuntando, a lo largo de su vida y aprendizaje, que cosas y que ideas no parecen convenirle; que cosas y que ideas le serían de fácil adquisición. (…) El examen debiera quedar catalogado para siempre entre los juegos prohibidos, en defensa de la inteligencia…”.

La práctica evaluativa

“… Cuando yo era diplomático, las cosas marchaban mucho mejor. Pero he oído decir que hoy los elijen por medio de un examen. ¿Qué puede esperarse? Los exámenes, señor mío, son, desde el principio hasta el fin, una pura farsa. Si un hombre es caballero ya sabe todo lo suficiente, y si no los es, su sabiduría le sería perjudicial…”. Oscar Wilde, El retrato de Dorian Gray.

Si bien el relato anterior se puede tomar como exagerado nos invita a preguntar si tendrá algo de razón, ¿los exámenes universitarios evalúan lo actitudinal? ¿Se termina la universidad con principios y conceptos claros e incorporados a la futura práctica profesional?

Fuente: Las referencias bibliográficas de los autores cuya cita acompañamos con asterisco se encuentran en el libro El examen en la Universidad. Raúl Nicolás Muriete. Editorial Biblos. 2007.

Educación a distancia o e-learning

Educación a distancia o e-learning

Las posibilidades que brinda la tecnología en su aplicación para la educación son innumerables, la educación a distancia o e-learning se presenta día a día en nuestro país como una opción más que potable a la hora de elegir una carrera universitaria.

Normativa

La constante innovación en el ramo no vienen acompañados de los cambios requeridos en la legislación educativa, sin embargo podemos ver la legislación comparada que nos puede ayudar a comprender y dimensionar la necesidad de poseeré normas propias al respecto.

Argentina
-    Resolución Nº 1717/04 Marco normativo que busca controlar la oferta de educación a distancia y garantizar su calidad.

-    Ley Federal de Educación Nº 24.195.

-    Ley de Educación Superior Nº 24.251.

-    Resolución Nº 183/02 crea la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de la Educación a Distancia, destinado a los niveles básico y terciario no universitario.

-    La Ley de Educación Nacional sancionada en el año 2006 dedica por primera vez un Título especial a la Educación a Distancia.

Brasil

-    Creación de la SEED (Secretaría de Educación a Distancia).

-    Eje rector:

-Certificación

-Revalidación

-Resguardo de la capacidad de producción.

-Capacidad local instalada.

-    Ley Nº 9394/96 (Directrices y bases)

-    Decreto Nº 2494/98 (Definición y criterios).

-    Resolución Nº 1/2001 del Consejo Nacional de Educación (normas para el funcionamiento de posgrados).

Ecuador

-    Constitución Política de la República del Ecuador, artículos 74 al 77.

-    Ley de Educación Superior/2000, donde se establecen las atribuciones del Consejo Nacional de Educación Superior para fijar los lineamientos generales de la EaD.

-    Decreto Ejecutivo Nº 3093/2002. Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.

México

-    La ANUIES (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior) «Plan Maestro para la Educación a Distancia».

-    -Evaluación

-    -Acreditación.

-    2004. Elementos normativos para los programas de educación superior impartidos en modalidades alternativas a la escolarizada.

Nuestro país no posee legislación especifica al respecto sin embargo en el proyecto de Ley de educación superior que posee media sanción  del parlamento se encuentra prevista la normativa al respecto y es la siguiente:

“…Sección iv: De la educación superior a distancia

Artículo 61°. Se entiende por educación a distancia aquella metodología educativa que se caracteriza por utilizar ambientes de aprendizaje en los cuales se hace uso intensivo de diversos medios de información y comunicación y de mediaciones pedagógicas que permiten crear una dinámica de interacciones orientada al aprendizaje autónomo y abierto; superar la docencia por exposición y el aprendizaje por recepción, así como las barreras espacio temporales y las limitaciones de la realidad objetiva mediante simulaciones virtuales; adelantar relaciones reales o mediadas y facilitar aprendizajes por indagación y mediante la colaboración de diversos agentes educativos.

Artículo 62°. Los programas de educación a distancia pueden ofrecerse en instituciones legalmente habilitadas, que dispongan de la infraestructura y equipamientos adecuados y los profesores capacitados específicamente para esta metodología educativa, así como con sus respectivos programas y sistemas de evaluación de cursos y disciplinas, aprobados por las autoridades competentes. El Consejo Nacional de Educación Superior reglamentará todas las exigencias para implementarla…”.

Fuente: Compilación realizada por el Mag. Carlos Garay.

¡Que universidad?

¡Que universidad?

Establecer cual es la universidad que queremos y sobre todo que necesitamos es una de las tareas mas importantes que aún tenemos como sociedad y que esperemos sea prioridad para el gobierno que esta pronto a iniciarse.

La discusión sobre la reforma de la educación superior se encuentra relativamente avanza en comparación a su estado años atrás, el proyecto de ley de educación superior luego de mucho andar cuenta con media sanción en el parlamento y su promulgación se vuelve casi inevitable, si bien como casi toda legislación posee cuestiones mejorables es innegable que contribuirá a mejorar el ámbito universitario. Asimismo ya existen referentes del ámbito que señalan que la ley si bien es un avance significativo dentro de la reforma de la educación superior no constituye todo lo que se pretende reformar y es solo el cimiento sobre el cual se debe construir.

Los principales actores

Son ellos, los estudiantes, docentes, directivos, investigadores quienes se encuentran dentro del ámbito universitario quienes deberían impulsar la universidad del nuevo siglo, pues si bien se puede achacar a la falta de legislación muchos de los problemas que aquejan al nivel, es importante señalar que son los actores citados quienes llevaron a sus respectivas instituciones al lugar en donde se encuentran para bien o para mal, con las buenas y malas practicas que implementan día a día.

El padre Jesús Montero Tirado en su libro Reforma de la Educación Superior – Reflexiones y Sugerencias nos describe de manera clara una realidad que se da en muchísimos casos con los principales actores de la educación superior “… Para la mayoría de los estudiantes, sobre todo de la mayoría de las universidades privadas, la universidad y los institutos son casas a donde se va para conseguir un titulo profesional, en el menor tiempo posible. Los equipos administrativos y los representantes de los propietarios de dichas instituciones someten a presión a los profesores comprometiéndoles sin contratos laborales formales o bien con contratos temporales reducidos a tiempos mínimos, sin seguridad social, sin pago de vacaciones, atropellando la libertad de cátedra al insistirle en que los alumnos no pueden ser aplazados, hasta el punto que si algún profesor exige aprendizajes y rendimiento a sus alumnos y aplaza a muchos tal profesor es eliminado muy pronto de la plantilla de profesores …” el mismo concluye de manera fatídica “… Si este comportamiento institucional no se reforma, la educación superior seguirá convertida en un pretexto y una explotación para ganar dinero estafando a los estudiantes y a la sociedad…”.

El estado


Es importante tener claro cual es la responsabilidad del estado en la educación superior y con ello prevenir que estos hechos no sucedan y deslindar responsabilidades cuando ocurren. En el proyecto de ley de educación superior en el sector de la responsabilidad del estado se expresa lo siguiente: “La Educación Superior es un bien público y el Estado debe reconocer y garantizar el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y la capacidad requeridas”.

En este sentido es importante que una vez aprobada la nueva ley de educación superior el estado con las herramientas legales que la misma le otorga inicie de manera rápida y eficaz los trabajos para corregir estas malas prácticas en donde se den y promover con incentivos aquellas practicas que nos lleven a la educación universitaria de calidad y promueva entre sus actores la constante superación.

Fuente: Reforma de la Educación Superior – Reflexiones y Sugerencias, Coord. Jesús montero Tirado.

miércoles, 10 de abril de 2013

Consejo Nacional de Educación Superior en el proyecto de Ley de Educación Superior

Consejo Nacional de Educación Superior en el proyecto de Ley de Educación Superior

Siguiendo con las instituciones de Educación Superior hoy tocaremos una de las instituciones nuevas que nos trae el proyecto de Ley de educación Superior que se encuentra en el parlamento y que sin dudas será de suma importancia para el futuro de nuestra educación.


En cuanto a su conformación el proyecto ha sufrido cambios constantes en los últimos tiempos e inclusive días atrás autoridades de la Universidad Nacional de Asunción y la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción” han manifestado su disconformidad al ser excluidos en la integración del Consejo según manifiestan ellos para introducir en el mismo a representantes del parlamento. Por ese mismo motivo hoy nos enfocaremos en sus funciones.

Funciones del Consejo Nacional de Educación Superior


a. Velar por el cumplimiento de la garantía constitucional de la autonomía de las universidades.

b. Proponer políticas, planes, acciones y medios para el desarrollo y el funcionamiento de la educación superior.

c. Elaborar el dictamen vinculante sobre la creación y clausura de universidades e institutos superiores, según los requisitos establecidos en la presente Ley.

d. Establecer criterios técnicos que deberán reunir los currículos de estudio y sistemas de evaluación de las carreras.

e. Coordinar con el Ministerio de Educación y Cultura los programas que apunten a la articulación de la educación media con la educación superior.

f. Ofrecer información pública sobre la calidad de las carreras e instituciones de educación superior, en base a la información proporcionada por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.

g. Proponer al Poder Ejecutivo la intervención de las universidades e institutos superiores, cuando se presuma la existencia de las causales establecidas en el Artículo 86 de esta Ley.

h. Clausurar las filiales y carreras de las universidades e institutos superiores, por resolución de la mayoría absoluta de dos tercios de sus miembros, previa comprobación fehaciente de las causas, en una intervención.

i. Elaborar planes y propuestas acerca de las necesidades y fuentes de financiación de la educación superior.
j. Administrar los fondos y bienes del Consejo Nacional de Educación Superior.

k. Informar anualmente al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo sobre la situación de la educación superior en el Paraguay.

l. Dictar su reglamento de organización interna y funcionamiento.

m. Rendir cuentas de su gestión al Poder Ejecutivo anualmente o cuando éste lo requiera.

n. Establecer pautas sobre la nomenclatura de títulos de la educación superior.

o. Evaluar las memorias anuales de las instituciones y analizar los informes requeridos a las mismas.
Nombramiento

Los miembros del Consejo Nacional de Educación Superior son nombrados por Decreto del Poder Ejecutivo por un periodo de cinco años y pueden ser reelectos o confirmados por un periodo más.
Requisitos

Los miembros del Consejo Nacional de Educación Superior deben  reunir los siguientes requisitos:

a)    Título de Doctor obtenido en un nivel de Postgrado.

b)    Experiencia docente de un mínimo de diez años en Universidades o Institutos Superiores.

c)    Obra científica, tecnológica, humanística o artística publicada, validada por el organismo pertinente respectivo.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

Fuente: Proyecto de Ley de Educación Superior

Participación universitaria

Participación universitaria

En este número nos apartaremos de manera excepcional a lo que análisis que veníamos realizando de las instituciones de la Educación superior y miramos la participación universitaria en las elecciones que se celebran en estos días en nuestro país.


Si bien no existen estadísticas especificas al respecto la participación del estamento universitario en el acto de votación es alto sin embargo se puede decir que en el proceso que se culmina con el acto de votación la academia no interviene lo que debería dejando con ello un vacío que no llena ningún otro estamento de nuestra sociedad civil.

En el campo especifico

Existen innumerables problemas y situaciones en el campo especifico de la educación superior que necesitan una urgente atención y la aplicación de políticas educativas para lograr resultados favorables en las diferentes áreas, en ese sentido es importante que el estamento universitario ya sea el estudiantil, docente o los ex alumnos debatan e instalen en la sociedad la necesidad de encontrarles solución y asimismo que los candidatos a los diferentes cargos incorporen en sus propuestas las posibles soluciones a los problemas.

En los diferentes temas de interés nacional


Pero la intervención del estamento universitario no debe agotarse en los temas que son propios del ámbito sino también entender, debatir y opinar sobre los diferentes problemas que aquejan a nuestra sociedad y que requieren de una mirada científica para su solución.

La academia puede y debe convertirse en centro del estudio, debate e investigación de la problemática actual y a ello no se escapa algo tan importante como la elección de autoridades, por ello cada facultad en su área debería pedir que los candidatos sienten postura sobre su pensamiento en cuanto a los problemas que afrontan nuestros compatriotas.

Foros, seminarios, talleres y debates

En realidad como ya hemos explicado en números anteriores los foros, seminarios, talleres y debates deberían ser la constante en la academia y más aún cuando la sociedad necesita conocer a quienes se postulan para gobernarla, traer a la facultad a los diferentes candidatos para que en disertaciones presenten sus propuestas al demos universitario, confrontarlos en interesantes debates, trabajar con ellos en talleres de manera a producirpropuestas que beneficien a todos son acciones posibles de la universidad para colaborar con el proceso democrático en nuestro país.

Actitud proactiva, seriedad y eficiencia

En general la historia nos muestra que el estamento universitario es apático para intervenir en cuestiones que le son de su ámbito y que su colaboración es casi nula en la cuestiones de interés general, ello debe cambiar, para que la participación de la academia se constituya en algo que la sociedad espere y reclame en los temas importantes primero tiene que demostrar interés para trabajar en los mismos y por sobre todo seriedad y eficiencia en el trabajo.

Perfil de los candidatos y de su equipo de trabajo

Por último la academia debería insistir en que los diferentes candidatos posean un perfil académico acorde al cargo que ostentan ocupar,que presenten sus equipos de trabajo en las diferentes áreas y que los mismos posean un perfil académico más específico y  detallado que permita confiar en que su criterio es científico por sobre todas las cosas.

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Agencia Nacional de Acreditación de la Educación Superior – ANEAES.

Instituciones de la Educación Superior

Hoy empezamos el análisis de las diferentes instituciones que intervienen en el ámbito universitario, conociendo de esta manera como se maneja nuestro nivel educativo.

Agencia Nacional de Acreditación de la Educación Superior – ANEAES.

La ANEAES fue creada por Ley 2072/03, sancionada por el Congreso de la Nación Paraguaya, a los trece días del mes febrero del año dos mil tres. Depende del Ministerio de Educación y Cultura, pero goza de autonomía técnica y académica para el cumplimiento de sus funciones y es la instancia en nuestro país  que se encarga de la promoción del mejoramiento continuo de la calidad de la Educación Superior, a través de la creación y ejecución de mecanismos de evaluación y acreditación de carreras de grado y post grado, instalando la cultura evaluativa en pos del desarrollo del país.

Funciones

-    Producir informes técnicos sobre proyectos académicos de habilitación de carreras e instituciones, a solicitud de la instancia competente de la educación superior.

-    Servir de órgano consultivo en materia de evaluación y acreditación relativa a la educación superior.

-    Servir como órgano consultivo a solicitud de instituciones u organismos interesados en materias relacionadas con la presente ley y en los términos de su competencia.

-    Acreditar la calidad académica de las carreras y programas de postgrado que hubiesen sido objeto de evaluaciones externas por la misma Agencia.

-    Dar difusión pública oportuna sobre las carreras acreditadas.Vincularse a organismos nacionales o extranjeros en materia de cooperación financiera o técnica.

Acreditación

Proceso complejo multifactorial de aseguramiento de la calidad de una institución o de un programa educativo que se basa en una evaluación previa de los mismos. El proceso es llevado a cabo por una agencia externa a las instituciones de educación superior.

La acreditación reconoce la calidad de los programas o de la institución acreditada. Da fe pública de la calidad.

Para más informes pueden acercarse a la ANEAES sito en Jejuí Nº 530 c/ 14 de Mayo (al costado de la Plaza Italia), Teléfono (595 21) 445362; su Presidente es la Dr. Raúl Aguilera.

Carreras acreditadas por el Modelo Nacional

Universidad Nacional de Asunción.

-    Ingeniería Agronómica – Sede Pedro Juan Caballero, Facultad de Ciencias Agrarias, Res. 93/2010.
-    Ingeniería Agronómica – Sede San Pedro del Ycuamandiyú, Facultad de Ciencias Agrarias, Res. 4/2011.
-    Ingeniería en Electricidad – Sede San Lorenzo, Facultad de Politécnica, Res. 7/2011.
-    Derecho – Sede Asunción, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Res. 117/2011.

Universidad Nacional del Este

-    Ingeniería Agronómica – Sede Minga Guazú, Facultad de Ingeniería Agronómica, Res. 111/2011.
-    Medicina – Sede Ciudad del Este, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 88/2011.

Universidad Centro Médico Bautista

-    Enfermería – Sede Asunción, Facultad de la Salud, Res. 71/2011.

Universidad del Norte

-    Enfermería – Sede Asunción, Facultad de Medicina, Res. 80/2011.

Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”.

-    Enfermería – Sede Itapúa, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 59/2010.
-    Odontología – Sede Alto Paraná, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 99/2011.
-    Derecho – Sede Asunción, Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas, Res. 8/2012.

Universidad Autónoma del Paraguay

-    Odontología – Sede Central, Facultad de Odontología “Pierre Fauchard”. Res. 101/2011.

Carreras acreditadas por el sistema ARCUSUR


Universidad Nacional de Asunción.

-    Ingeniería Agronómica – Sede San Lorenzo, Facultad de Ciencias Agrarias, Res. 3/2010.
-    Arquitectura – Sede San Lorenzo, Facultad de Arquitectura, Diseño y Arte, Res. 7/2010.
-    Ciencias Veterinarias – Sede San Lorenzo, Facultad de Ciencias Veterinarias, Res. 39/2010.
-    Enfermería – Sede San Lorenzo, Instituto Dr. Andrés Barbero, Res. 45/2010.
-    Ingeniería Civil – Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 58/2011.
-    Ingeniería Electromecánica – Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 59/2011.
-    Ingeniería Industrial - Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 57/2011.
-    Ingeniería Electrónica – Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 46/2011.
-    Ingeniería Química - Sede San Lorenzo, Facultad de Ciencias Químicas, Res. 06/2011.
-    Ingeniería en Electrónica-Sede San Lorenzo, Facultad Politécnica, Res. 40/2011.
-    Medicina – Sede Asunción, Facultad de Ciencias Medicas, Res. 61/2011.
-    Odontología – Sede Asunción, Facultad de Odontología, Res. 100/2011.

Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”.

-    Arquitectura – Sede Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología, Res. 8/2010.
-    Enfermería – Sede Asunción, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 56/2011.
-    Ingeniería Industrial – Sede Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología, Res. 60/2011.
-    Ingeniería Electrónica – Sede Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología, Res. 62/2011.
-    Medicina – Sede Guaira, Facultad de Medicina, Res. 87/2011.

Universidad Nacional de Itapuá

-    Medicina – Sede Encarnación, Facultad de Medicina, Res. 87/2011.

Fuente: Estadísticas de la Educación Superior publicadas por el Viceministerio de Educación Superior en el año 2012

jueves, 14 de marzo de 2013

Carreras de postgrado

Hoy abordaremos las carreras de postgrado que se dan dentro de la educación superior, con sus distintos subniveles y características propias.

Los postgrados pueden ser:

A) Especializaciones: de carácter teórico práctico que implica conocimiento y operación especializada en un campo específico, propio de la profesión;

B) Maestrías: dirigido a preparar a los estudiantes para: 1) el ejercicio académico, científico y/o docente, con una formación centrada en la investigación; o 2) de fortalecimiento y consolidación de las competencias profesionales en un área del saber;

C) Doctorados: orientado a la formación académica para la producción científica con la finalidad especial de producir conocimientos de alta relevancia científica.

Tiempo de duración

Es importante tener en cuenta que de conformidad al “Acuerdo de admisión de títulos y grados universitarios para el ejercicio de actividades académicas en los estados parte del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile” se consideran títulos de postgrado los cursos de especialización con una carga horaria presencial no inferior a las 360 horas, sin referirse a la carga horaria de las maestrías y doctorados. El acta Nro. 140 de fecha 28 de marzo de 2005 del Consejo de Universidades en ese sentido establece que la carga horaria mínima para las maestrías en 700 horas y el doctorado en 1200 horas.

Post-Títulos

A los egresados de los cursos de grado como de post-grado las universidades pueden otorgar certificados de:

- Actualización: son cursos de cráter teórico y con temática vinculada a la puesta al día de conocimientos en áreas específicas. Se requieren como mínimo 40 horas reloj presenciales.

- Capacitación o diplomado: son cursos de capacitación de carácter teórico práctico, que buscan profundizar los conocimientos propios de la profesión en un periodo de tiempo relativamente breve y requieren una evaluación de las competencias adquiridas. Se requieren como mínimo 100 horas reloj presenciales.

Instituciones que implementan estos planes y programas

Las instituciones que implementan los planes y programas de postgrado son los Institutos Superiores y las Universidades a as cuales nos hemos referido con detenimiento en el numero anterior.

Perfil de entrada

Por ultimo quisiera referirme al perfil de entrada de los cursos de postgrado que “en teoría” todo aquel que desee cursar un postgrado debe contar como mínimo con un título de grado y digo en teoría pues el artículo 54 de la Ley general de Educación habla de haber terminado la etapa de grado o “acreditar conocimiento y experiencia suficiente para cursar el mismo”, demás está decir todo a lo que se presta este artículo que al día de hoy no ha sido reglamentado y por lo que se ve en los tres borradores existentes de la Ley de Educación Superior tampoco regula.

Cualquier consulta al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

Carreras de grado

Las carreras de grado son las mas conocidas dentro del sub-nivel de educación superior, también son conocidas como las carreras universitarias.

Duración

Los programas de grado tienen una duración mínima de cuatro años y dos mil setecientas horas cursados. Conducen a la obtención de un título correspondiente a una profesión o a los conocimientos académicos de una disciplina.

Instituciones que las implementan

Los planes y programas de grado son implementados en nuestro país por las Universidades y los institutos Superiores.

En nuestro país de conformidad a la publicación emanada del Viceministerio de Educación Superior en el 2012 funcionan 52 universidades organizadas en 119 facultades, una se fusiono (Universidad Pedagógica de Luque con Hernando Arias de Saavedra) y una sin funcionamiento (San Ignacio de Loyola).
Existen catalogadas 1573 carreras ofertadas en todo el territorio nacional, existiendo a su vez 291 variedades de ofertas universitarias.

Asimismo existen 38 Institutos Superiores de los cuales 30 son privados y 8 de gestión oficial, en total atienden 21 áreas del saber y poseen 121 ofertas educativas.

Es importante destacar que las universidades trabajan como su nombre lo dice la universalidad del saber y los Institutos Superiores solo en un area del saber, asimismo por ello las universidades poseen autonomía universitaria y los Institutos superiores carecen de ella.
Estas carreras una vez terminadas habilitan para realizar las del nivel de postgrado, del cual hablaremos en el siguiente numero.
Cualquier consulta al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

Carreras de pregrado

Como comentábamos en el artículo anterior pregrado es un sub-nivel dentro de la educación superior que se encarga de atender carreras específicas y en implementado por instituciones habilitadas para el efecto

Sub-nivel de la Educación Superior

El pre-grado como lo dice su propio nombre es el sub-nivel de la educación superior que se encarga de los planes y programas de aquellas carreras que no tienen el carácter de carreras de grado.
Este sub-nivel de la educación superior a su vez se subdivide en dos grandes áreas, la formación docente y las tecnicaturas.

La formación docente abarca todo lo referido a los planes y programas de los profesorados y sus respectivas capacitaciones y las tecnicaturas abarcan todas aquellos planes y programas referidos a los mandos medios y otorgan el título de “Técnico Superior en …”.

Instituciones que implementan estos programas

Los planes y programas de Formación Docente en nuestro país son implementados por las Universidades, Institutos Superiores y de manera especial por os Institutos de Formación Docente.

En nuestro país de conformidad a la publicación emanada del Viceministerio de Educación Superior en el 2012 existen 127 Institutos de Formación Docente distribuidos de la siguiente manera, 80 institutos de gestión privada, 40 de gestión oficial y 7 que funcionan en los Centro Regionales de Educación.

Asimismo las Tecnicaturas son implementadas en nuestro país por las Universidades, Institutos Superiores y de manera especial por los Institutos Técnicos Superiores.

Duración

Es importante señalar que tanto las carreras de formación docente como así también las tecnicaturas tienen una duración menor a las carreras de grado y por lo general duran entre 2 a 3 años posibilitando una rápida inserción al ámbito laboral de los egresados.

Perfil de salida

En muchas ocasiones las carreras de pregrado no son lo suficientemente valoradas sobre todo por os egresados del nivel medio pues no le dan la trascendencia o la importancia frente a las demás ofertas educativas existentes  y sobre todo frente a las carreras de grado, sin embargo el perfil de salida que el estudiante obtiene al cursas estas carreras es muy específico lo cual posibilita en un país como el nuestro una posibilidad de inserción laboral superior al de carreras de otros niveles que en teoría son superiores al pre-grado.

Es importante señalar que los planes y programas en las carreras de pregrado deben ser aprobadas por el Ministerio de Educación y Cultura para  su implementación.

La necesidad de personal de mando medio calificado en nuestro medio en enorme y la oferta de egresados de estas carreras no abaste en la cantidad necesaria.

Para el próximo número hablaremos de la gran variedad de las carreras de grado y las instituciones que implementan estas carreras, abordaremos a su vez las condiciones dentro de las cuales se da la autonomía universitaria, cualquier consulta al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

Conocer el ámbito universitario

En el comienzo del año lectivo se da la ocasión para muchos compatriotas de iniciar la educación superior o bien retomar sus estudios en la misma, por ello es muy importante que aquellos que se encuentran en esta situación conozcan todas las posibilidades que tienen a la hora de elegir y todo lo que trae consigo la elección que realizaran.

En este número daremos un vistazo general a todo el sistema de educación superior para posteriormente en las ediciones siguientes ingresar de manera detallada a cada una de las instituciones e instancias citadas hoy.

El sub-sistema de la educación superior

La educación superior se encuentra enmarcada dentro de la educación nacional como un sub-sistema de la misma al igual que la educación escolar básica y la educación media entre otros por ello siempre debe responder a los planes y políticas educativas y de desarrollo nacional encaradas por el estado.

Sus instituciones y respectivos sub-niveles

La educación superior a su vez posee sus respectivos sub-niveles entre los cuales podemos citar:

a) Pregrado, se subdivide a su vez en tecnicaturas y profesorados;

b) Grado;

c) Post-Grado el cual posee los subniveles de; especialización, maestría y doctorado.

Asimismo integran el sub-sistema de educación superior diferentes instituciones tales como:

a)    Institutos Técnicos Superiores (ITS);

b)    Institutos de Formación Docente (IFD);

c)    Institutos Superiores (IS);

d)    Universidades

Competencias

Cada institución posee diferentes atribuciones y competencias y asimismo puede abordar diferentes sub-niveles de la educación superior, en este sentido poseemos instituciones como los Institutos Técnicos Superiores quienes solo pueden implementar planes y programas de pregrado o los Institutos Superiores quienes pueden implementar planes y programas de todos los sub-niveles de la educación superior  mas únicamente en un ámbito del saber, por ejemplo el Instituto Superior de Educación (ISE) quien solo implementa planes y programas de educación, por ultimo tenemos a las Universidades quienes gozan de autonomía universitaria con todo lo que ella implica, cuando en los próximos números abordemos de manera individual a cada una de las instituciones de la educación superior ampliaremos estos conceptos de manera a lograr un acabado conocimiento sobre el tema que nos permita una correcta elección.