martes, 28 de mayo de 2013

Educación a distancia o e-learning

Educación a distancia o e-learning

Las posibilidades que brinda la tecnología en su aplicación para la educación son innumerables, la educación a distancia o e-learning se presenta día a día en nuestro país como una opción más que potable a la hora de elegir una carrera universitaria.

Normativa

La constante innovación en el ramo no vienen acompañados de los cambios requeridos en la legislación educativa, sin embargo podemos ver la legislación comparada que nos puede ayudar a comprender y dimensionar la necesidad de poseeré normas propias al respecto.

Argentina
-    Resolución Nº 1717/04 Marco normativo que busca controlar la oferta de educación a distancia y garantizar su calidad.

-    Ley Federal de Educación Nº 24.195.

-    Ley de Educación Superior Nº 24.251.

-    Resolución Nº 183/02 crea la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de la Educación a Distancia, destinado a los niveles básico y terciario no universitario.

-    La Ley de Educación Nacional sancionada en el año 2006 dedica por primera vez un Título especial a la Educación a Distancia.

Brasil

-    Creación de la SEED (Secretaría de Educación a Distancia).

-    Eje rector:

-Certificación

-Revalidación

-Resguardo de la capacidad de producción.

-Capacidad local instalada.

-    Ley Nº 9394/96 (Directrices y bases)

-    Decreto Nº 2494/98 (Definición y criterios).

-    Resolución Nº 1/2001 del Consejo Nacional de Educación (normas para el funcionamiento de posgrados).

Ecuador

-    Constitución Política de la República del Ecuador, artículos 74 al 77.

-    Ley de Educación Superior/2000, donde se establecen las atribuciones del Consejo Nacional de Educación Superior para fijar los lineamientos generales de la EaD.

-    Decreto Ejecutivo Nº 3093/2002. Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.

México

-    La ANUIES (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior) «Plan Maestro para la Educación a Distancia».

-    -Evaluación

-    -Acreditación.

-    2004. Elementos normativos para los programas de educación superior impartidos en modalidades alternativas a la escolarizada.

Nuestro país no posee legislación especifica al respecto sin embargo en el proyecto de Ley de educación superior que posee media sanción  del parlamento se encuentra prevista la normativa al respecto y es la siguiente:

“…Sección iv: De la educación superior a distancia

Artículo 61°. Se entiende por educación a distancia aquella metodología educativa que se caracteriza por utilizar ambientes de aprendizaje en los cuales se hace uso intensivo de diversos medios de información y comunicación y de mediaciones pedagógicas que permiten crear una dinámica de interacciones orientada al aprendizaje autónomo y abierto; superar la docencia por exposición y el aprendizaje por recepción, así como las barreras espacio temporales y las limitaciones de la realidad objetiva mediante simulaciones virtuales; adelantar relaciones reales o mediadas y facilitar aprendizajes por indagación y mediante la colaboración de diversos agentes educativos.

Artículo 62°. Los programas de educación a distancia pueden ofrecerse en instituciones legalmente habilitadas, que dispongan de la infraestructura y equipamientos adecuados y los profesores capacitados específicamente para esta metodología educativa, así como con sus respectivos programas y sistemas de evaluación de cursos y disciplinas, aprobados por las autoridades competentes. El Consejo Nacional de Educación Superior reglamentará todas las exigencias para implementarla…”.

Fuente: Compilación realizada por el Mag. Carlos Garay.

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