jueves, 25 de julio de 2013

Y ahora?

Y ahora?

Esa es la pregunta que se hace el ámbito universitario con respecto a la aprobación de la nueva Ley de Educación Superior, cuales son los pasos que vienen, que se debe esperar.


Cambio automático

El otro día conversando con otro profesor él me decía que el que piense que la educación superior puede manejarse como un vehículo con cambio automático está muy errado pues si se cree que con la promulgación de la Ley de Educación Superior la cosas cambiarían se llevara una sorpresa desagradable y que a pesar de la nueva Ley las cosas seguirían como están por mucho tiempo.

Concuerdo parcialmente con este profesor, pensar que con la nueva Ley las cuestiones cambiaran automáticamente es hasta ilusorio, la Ley es un instrumento y de los más importantes que se han dado en la historia de nuestro país en el subnivel educativo sin embargo se sigue dependiendo del factor más importante de todos, el recurso humano.

En el ámbito se dan numerosos de procesos que cambiaran con esta nueva normativa y que de acuerdo al texto de la Ley se visualiza que el cambio es favorable y beneficia al mejoramiento de la calidad educativa, no obstante todos aquellos estamentos que participaron en la redacción del proyecto de ley deben estar atentos en su implementación pues a pesar de lo nuevo de la normativa las personas encargadas de llevar adelante el cambio en su mayoría serán las mismas que manejaban el sistema anterior.

Sistema participativo

La normativa aprobada es altamente participativa y pluralista, crea instancias en las cuales se encuentran representados todos los estamentos involucrados en la educación superior por ello es importante que cada uno de ellos se organice no solo para elegir a sus representantes sino también para pedirle rendiciones de cuenta y exigirle buen desempeño en sus funciones.

Una de las discusiones más álgidas en el parlamento fue la integración de una de estas instancias por ello considero necesario citar como quedo redactada la Ley en ese punto.

Conformación del Consejo Nacional de Educación Superior:

a.    El Ministro de Educación y Cultura o su representante.
b.    El Rector de la Universidad Nacional de Asunción.
c.    El Rector de la Universidad Católica.
d.    Dos rectores representantes de las universidades públicas
e.    Dos rectores representantes de las universidades privadas.
f.    Un miembro del Consejo Nacional de Educación y Cultura.
g.    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector público.
j.    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector privado.
k.    Un educador por las universidades públicas
l.    Un educador por las universidades privadas.
m.    Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
n.    Un representante estudiantil de las universidades públicas.
o.    Un representante estudiantil de las universidades privadas.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.peco@mail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

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