martes, 18 de junio de 2013

Arbitrariedades administrativas

Arbitrariedades administrativas

¿Hasta donde llega la facultad que otorga la autonomía universitaria a las instituciones de educación superior, pueden hacer lo que quieran y el estado no puede o no debe intervenir? ¿Cuál es el límite para que los usuarios puedan reclamar sus derechos?

Las historias urbanas que se tejen alrededor de las arbitrariedades administrativas que se realizan en la mayoría de las universidades son numerosas y en muchos de los casos aquel que cuenta  la anécdota lo hace resignado en virtud a que no hay nada que se pueda hacer en contra de ello.

Requisitos inverosímiles

Para matricularse a un curso o inscribirse a un examen o sencillamente realizar cualquier trámite menor dentro de la institución en muchos casos se tropieza con requisitos impensables y que son pensados exclusivamente a los efectos de recaudar. Uno de los ejemplos más claros de esto se da en la Dirección General de Postgrado  de una universidad en donde para matricularse a cualquiera de los postgrados que allí se imparten entre otros requisitos piden que la copia diploma de grado este legalizado por su mismo Rectorado, o así también una constancia expedida por la facultad donde conste el nombre de la carrera y la carga horaria inclusive para los egresados de sus propias facultades y aquí es donde surgen las preguntas ¿el rectorado puede legalizar una simple fotocopia? ¿Desconoce la carga horaria de sus propias unidades pedagógicas? Esto es semejante a cuando en la administración de justicia se pide antecedentes judiciales a sus funcionarios o en el MEC certificado de trabajo a los docentes.

El diploma

Los costos son superiores a lo que uno imagina mientras cursa la carrera, asimismo en algunas instituciones privadas las cuotas y aranceles de los últimos años suben de precio exponencialmente, pareciera que la universidad aprovecha la cercanía de la finalización de la carrera del estudiante y su renuencia al abandono para acertarle un último golpe a su economía. 

El tiempo que transcurre entre la solicitud de elaboración del diploma y la entrega del mismo es interminable, la lista de excusas que ensaya el personal administrativo de las instituciones es increíble, meses y meses para poder obtener el título habilitante.

Luego de estas consideraciones es importante recordar lo que decía La Comisión por la Reforma de la Educación Superior en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 “… sería erróneo dar cabida a una posición que abone por la autonomía absoluta o total de la universidad con respecto al estado nacional. El “autonomismo” entendido como tal una completa desvinculación del sistema universitario del Estado nacional, es insostenible por varias razones, y hoy día ese punto está fuera de discusión en los centros más desarrollados del mundo. La educación superior, como los demás niveles educativos, debe ser considerada un servicio público del Estado debe preservar y contribuir de manera que disponga de las mejores condiciones para cumplir con sus funciones específicas…”.  

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

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