miércoles, 21 de mayo de 2014

Instituciones de la Educación Superior II


En esta oportunidad continuamos con las instituciones de la educación superior y hoy vemos a los Institutos Superiores.

Institutos Superiores

Son institutos superiores, las instituciones que se desempeñan en un área específica del saber en cumplimiento de su misión de investigación, formación profesional y servicio a la comunidad.

Las carreras que imparten los Institutos Superiores se ajustan a las áreas del saber establecidas por el Consejo Nacional de Educación Superior así como a sus disposiciones reglamentarias.

Creación y dirección

Los institutos superiores, tanto públicos como privados, son creados por ley a propuesta del Poder Ejecutivo o de entidades privadas o mixtas. El Congreso de la Nación autorizará el funcionamiento de los mismos, previo dictamen favorable y fundado del Consejo Nacional de Educación Superior, el cual tiene carácter vinculante.

Los institutos superiores son dirigidos por un Director General, que debe ser de nacionalidad paraguaya, y debe contar con el título académico de la especialidad de la carrera concerniente, tanto en los institutos superiores públicos como privados.

Programas impartidos y autonomia.

Los Institutos Superiores son habilitados para implementar programas de pre-grado, grado y postgrado en un área del saber, asi por ejemplo el Instituto Superior de Educación “Dr. Raúl Peña” solo puede implementar programas de educación.

Es importante destacar que con la promulgación de la Ley de Educación Superior se puso fin a un largo debate sobre la autonomía de los Institutos Superiores quedando claro que los mismos no poseen autonomía la cual esta reservada exclusivamente para las universidades y deben ceñirse a lo establecido por las instancias de control gubernamentales. De esta manera tenemos que el  Consejo Nacional de Educación Superior reglamenta las exigencias administrativas y académicas de las carreras y los programas de los Institutos Superiores. Las carreras cuyas prácticas puedan significar daño a la integridad física, mental o al patrimonio de las personas, deben contar con dictamen de aprobación técnica, tecnológica y profesional de las entidades oficiales que regulan su ejercicio. Asimismo los Institutos Superiores están obligados a remitir anualmente al Ministerio de Educación y Cultura y a la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior la documentación académica y administrativa correspondiente.

Existen en nuestro país de acuerdo al libro de abril de 2012 del Viceministerio de Educación Superior “Datos sobre la Educación Superior” 8 Institutos Superiores oficiales y 32 Institutos Superiores de gestión privada.

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