domingo, 3 de agosto de 2014

La extensión Universitaria

La extensión Universitaria

A mas de ser una misión constitucional de las universidades en nuestro país podemos decir que la extensión universitaria en la conexión de la institución educativa con la sociedad en la cual esta inserta.

La Extensión Universitaria es definida por la mayoría de los libros de texto como la presencia e interacción académica mediante la cual, la Universidad aporta a la sociedad en forma crítica y creadora, los resultados y logros de su investigación y docencia, y por medio de la cual, al conocer la realidad nacional enriquece y redimensiona toda su actividad académica conjunta.


Objetivos de la Extensión Universitaria

Los objetivos son:

a.    Desempeñar un papel esencial en el rescate de los saberes populares y la defensa de la identidad nacional de nuestro pueblo, en el contexto globalizador.

b.    Hacer factible el intercambio de saberes entre las comunidades intra y extrauniversitarias.

c.    El estudiante como principal agente de cambio y por tanto protagonista de la Extensión.

d.    Todo proyecto educativo sea en esencia un proyecto cultural.

La extensión universitaria como medio de acercamiento entre la institución y la sociedad
las instituciones de educación superior tradicionalmente desarrollaban sus actividades encerradas en sus muros y desconectadas de la realidad cotidiana que vivía la sociedad en la cual estaban, esto ya no es aceptable en nuestros tiempos y las universidades pueden y deben dirigir sus esfuerzos a solucionar los problemas que aquejan a las personas y mejorar sus niveles de vida.

La universidad debería ser aquella institución a la cual se acude en busca de soluciones que nacen de la aplicación del método científico, y y en ese sentido la misma debería involucrarse con los diferentes estamentos de la sociedad logrando acuerdos y convenios de  cooperación mutua.

Asistensialismo


En muchas ocaciones la extensión universitaria es confundida con asistensialismo es decir con sencillamente asistir a las personas necesitadas en un momento de desgracia, dejando claro que para nada ese tipo de asistencia es malo para la institución no debería ser considerado como extensión universitaria y si como otro tipo de vinculación mas directa de la universidad con la sociedad.

Asimismo en muchas casas de estudio se organizan seminarios o talleres en los cuales participan profesores y alumnos de la misma sin producir ningún  resultado fuera de la institución, catalogándolos sin embargo como actividades de extensión lo cual debería ser replanteado para que logre los objetivos y fines de la misma.

lunes, 30 de junio de 2014

Libre acceso de indígenas a la educación Superior

Libre acceso de indígenas a la educación Superior

Al momento de escribir estas líneas el proyecto de Ley que promueve el libre acceso de indígenas a la educación superior posee media sanción en e parlamento.

Asimismo el proyecto de Ley “Que dispone el libre acceso de postulantes indígenas a las carreras de nivel terciario habilitadas tanto en universidades públicas como universidades privadas”, fue aprobado con modificaciones el 25 de junio de 2014.

Según el proyectista, diputado Tadeo Rojas, “la iniciativa se fundamenta en la necesidad  de beneficiar a jóvenes indígenas que deseen proseguir sus estudios terciarios. Para el efecto, el proyecto se focaliza en jóvenes que se encuentran en condición socioeconómica vulnerable y persigue como fin, la formación de recursos humanos calificados y el fortalecimiento de las capacidades y cultura de los pueblos indígenas”.

En este sentido es importante señalar que el proyecto promueve la equidad en la diversidad y sobre todo para aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad como los indígenas, sin embargo esta mal encarado pues si el objetivo es el citado lo recomendable seria permitirle el libre acceso a la educación superior en general y no solo a las carreras ofrecidas por las universidades ya sean estas públicas o privadas.
Como ya explicamos en artículos anteriores en el sub-nivel de la Educación Superior se interrelacionan diferentes tipos de instituciones educativas como los Institutos Técnicos Superiores, Institutos de Formación Docente, Institutos Superiores y las ya citadas Universidades, cada cual con sus características particulares; en muchos casos seria recomendable para el cursante una tecnicatura cuya duración es menor al de un titulo de grado y con una salida laboral casi inmediata o un profesorado con las mismas características en cuanto a la duración y la salida laboral y con el plus que el mismo se convertiría en un educador para su pueblo.

Recordemos que en la fecha funcionan 52 universidades organizadas en 119 facultades, 38 Institutos Superiores de los cuales 30 son privados y 8 de gestión oficial, en total atienden 21 áreas del saber y poseen 121 ofertas educativas, 127 Institutos de Formación Docente distribuidos de la siguiente manera, 80 institutos de gestión privada, 40 de gestión oficial y 7 que funcionan en los Centro Regionales de Educación, 243 Institutos Técnicos Superiores de Gestión Privada, 10 Institutos Técnicos Superiores de Gestión Oficial (*), por lo cual de ampliarse la oferta seria mucho mas interesante para los afectados.

Las instituciones afectadas

En estos casos las instituciones afectadas deberían implementar medidas semejantes a las que se llevaron adelante este año con los ingresantes egresados de la media 2013 quienes en virtud a la prolongada huelga docente llevada adelante el año de su egreso no desarrollaron todas las competencias del curso.
Apoyar a los afectados de manera especial no solo es equitativo sino justo y permitirá que los mismos se conviertan en agentes multiplicadores del saber en sus comunidades.

Fuente: (*) Viceministerio de Educación Superior – MEC. Datos sobre la Educación Superior del Paraguay. Segunda edición – Abril 2012.

miércoles, 25 de junio de 2014

Universidades publicas, postgrados privados?

Universidades publicas, postgrados privados?

En nuestro país se da una situación particular, existen universidades públicas que ofrecen cursos de postgrado que en algunas ocasiones son mas onerosos que los ofrecidos por la privadas.

Subniveles de la educación superior

Recordemos que las universidades están habilitadas para implementar programas y expedir títulos en pregrado, grado y postgrado, asimismo el subnivel de postgrado se divide en especializaciones, maestrías y doctorados.

El articulo 2° de la Ley de Educación Superior la ubica con claridad diciendo: “…La educación superior es la que se desarrolla en el tercer nivel del sistema educativo nacional, con posterioridad a la educación media…”.

En este sentido a pesar de que ya se levantan algunas voces por el incremento en los aranceles de algunas de las carreras de grado ofrecidas en estas universidades esto palidece a la hora de compararlo con los precios que se manejan en cualquiera de los subniveles de postgrado.

Educación superior un bien público.

La Ley de Educación Superior pone punto final al debate de que si la educación superior es un bien público o un bien privado y el artículo 2° dice: “…La educación superior es un bien público y, por ende, es un factor fundamental para el desarrollo del país, en democracia y con equidad…”. Asimismo en la Sección1: De las Responsabilidades del Estado, artículo 4° expresa: “…Como bien público, la Educación Superior es responsabilidad del Estado, en cuanto a su organización, administración, dirección y gestión del sistema educativo nacional. El Estado reconoce y garantiza el derecho a la educación superior como un derecho humano fundamental para todos aquellos que quieran y estén en condiciones legales y académicas para cursarla…”.

Para clarificar la lógica del debate hoy día finalizado consistía en que, si la educación superior es un bien privado, los que se benefician por ella deberán pagar para recibirla. En cambio, si la educación superior es principalmente un bien público, entonces la sociedad tiene la obligación de financiarla.

El pensamiento predominante entiende que las personas que acceden a la educación superior no solo obtienen réditos personales, sino que además, pueden y deberían ser conscientes de cómo contribuyen al bien común a través de su ejercicio profesional desde sus decisiones y conductas individuales. Por ello, nos debe interesar que educación reciben las personas que acceden a la educación superior y que intercambio y que entornos establecen con la sociedad.

Función social

La propia existencia de las universidades públicas se basa en la necesidad y consecuente función social de las mismas a fin de garantizar la igualdad de oportunidades de acceso a la educación superior y como se explica más arriba contribuir al bien común mediante la implementación de los diferentes programas.

En este mundo globalizado nuestra sociedad para lograr el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus integrantes necesitara cada vez mas profesionales especializados y las universidades públicas deberían ser consecuentes con ello en todos sus niveles.

lunes, 23 de junio de 2014

El guaraní en la Educación Superior

El guaraní en la Educación Superior

En estos días se han dado acontecimientos importantes que sirven de ejemplo a seguir para la inclusión del guaraní dentro del ámbito y con ello la preparación de profesionales capaces de atender a la población guaraní hablante en su lengua.

Parlasur

El lunes 9 de junio en Montevideo Uruguay se materializaba la incorporación del guaraní como lengua de trabajo del Mercosur con la incorporación de dos traductores en la sesión inaugural llevada a cabo ese día, con ello se reivindica la lengua y se promueve el uso de nuestro idioma en esta instancia supranacional.

Medicina UNA

Días atrás se firmo un convenio entre la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Asunción y la Secretaría de Políticas Lingüísticas en donde se fomentará el uso instrumental de la lengua y se fortalecerá a los estudiantes en la practica y uso del idioma de manera a que puedan llegado el momento desenvolverse sin problemas con la población a la que atenderán mayoritariamente guaraní hablante.

En entrevista con ABC Color de fecha 20 de junio de 2014 la Ministra – Secretaria Ejecutiva de Políticas Lingüísticas Ladislaa Alcaraz de Silvero manifestaba: “...El acuerdo fomentará el uso instrumental del guaraní en la medicina, por medio de estas alianzas vamos a ir fortaleciendo la lengua y al usuario, una lengua no existe sin el hablante, que sea atendido en su propia lengua es demasiado relevante...”.

En ese sentido se prevee por parte de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior conocida por sus siglas ANEAES exigir el cumplimiento dentro del paquete de requisitos para lograr la acreditación en el modelo nacional de la implementación del guaraní de manera efectiva dentro de la misma.

Recordemos que la Ley Nº 4251 de Lenguas en el art. 28 reza: “De la enseñanza en lenguas oficiales. Las lenguas oficiales serán enseñadas en las instituciones públicas y privadas que integran el sistema educativo nacional...”.

Consejo Nacional de Educación Superior

Lo citado anteriormente son muestras de como nuestro idioma va ganando espacio dentro de instancias relevantes sin embargo hace falta que la instancia responsable de normativizar cuestiones como esta de señales claras de la importancia de que las demás instituciones de la educación superior  acompañen este avance y normalicen el uso del guaraní dentro de sus aulas.
Recordemos que la Ley de Educación Superior recientemente promulgada no menciona nada al respecto por lo que es el Consejo el que debe tomar la posta y expedirse al respecto.



El poder del docente universitario

El poder del docente universitario

Según Jean-Claude Filloux (2001), el docente esta protegido por una “pedagogía institucional” que le brinda cobertura (al igual que las coberturas de las obras sociales y medicas en salud). Esta pedagogía de “cobertura” tiende a sustituir la acción permanente y la intervención del docente por un sistema de actividades, de mediaciones diversas, de instituciones, que asegura de manera continua la obligación y la reciprocidad de los intercambios dentro y fuera del grupo, espacio mantenido, sin ninguna duda, por algo especifico que es el entramado de la función del saber, en tanto que el docente la representa para los alumnos.

En un espacio en el que alguien acepta ser para otros el representante del saber. Donde hay un pedagogo hay una pedagogía, en tanto la función del saber interviene en cuanto existe alguien que sea su sostén y el campo esta provocado en cuanto un pedagogo se presta a la suposición de que él representa el saber. Todo lo que se trata de definir es la manera en la que la función de saber interviene en dicho campo, la manera en que el deseo del docente la provoca en los alumnos. (Filloux, 2001)

Si el docente tiene un lugar central desde el punto de vista institucional, ¿esto quiere decir que el poder que detenta a partir de la institución es o debe ser el de un “conductor”, un “jefe”, un “coordinador”, un “guía”? La respuesta se vincula con la manera que el profesor desempeña su tarea, pero también con la forma como se ve él mismo en ese rol.

Aun en la universidad (o en la universidad mas que en ningún otro lado), el docente sabe que tiene una posición que le permite controlar la satisfacción y las gratificaciones; que las notas, apreciaciones y evaluaciones, por mas “racionales” que sean, se utilizan, de hecho, sancionando la manera en que los alumnos ejecutan las demandas que se les efectúan para satisfacer el deseo de dominio. Así el campo pedagógico puede analizarce como un lugar de relaciones de poder, de negociaciones implícitas, de transacciones. Los docentes y los alumnos participan de la representación de una ineludible relación de dominio-sumisión, oculta bajo un contrato implícito dentro de un orden identificatoria que se basa en la racionalidad pedagógica.

En ocasiones cómplice o espejo del grupo, en el docente se encuentra, bajo la apariencia de la delegación del poder, la imposición de una ley dicha por el. Si bien es cierto que evaluar es comprender, la evaluación no produce, la mayoría de las veces, comprensión del proceso sino solo medición de resultados.
Estas reflexiones conducen, como sucede en general con los temas educativos, a la conclusión de que nada es mas engañoso en la evaluación de los métodos educativos que el simple éxito o fracaso. El éxito no puede significar otra cosa que el descubrimiento por parte del alumno, de la mejor manera de acomodarse a un profesor en particular.

Fuente: El examen en la universidad. Raúl Nicolas Muriete. Buenos Aires-2007.

¿Es importante investigar?

¿Es importante investigar?

La investigación en nuestro país va en ascenso sin embargo aun falta crear conciencia de que el progreso se logra mediante y gracias a la investigación, reconocer la contribución de la misma al mejoramiento de la calidad de vida.

Investigación, calidad y presupuesto

El Padre Jesús Montero Tirado en el libro Educación, Ciencias y Tecnologias expresa de manera clara las conclusiones del informe PISA 2003 de la siguiente manera: “... Los países de mayor desarrollo económico y social son también los países con mejor desarrollo educativo educativo y mejor rendimiento de los alumnos y alumnas en las áreas y competencias estimadas como las importantes como las mas importantes en la formación para la vida, la convivencia y el trabajo profesional.

El famoso informe PISA 2003, “Aprender para el mundo del mañana”, de la Comunidad Europea, y su comparación con el informe PISA 2000 confirman estas conclusiones.

Este informe no solo recoge los resultados de la investigación sobre el nivel de rendimiento en matemáticas, ciencias y lectura, sino también la motivación de los alumnos para aprender, sus opiniones sobre si mismos y sus estrategias de aprendizaje; examina ademas como varia el rendimiento en función del sexo y el grupo socio economico y ayuda a comprender algunos de los factores que intervienen en el desarrollo del conocimiento y las competencias.

Los países que encabezan el mejor rendimiento son Finlandia, Corea y Canadá en matemáticas y lectura, Finlandia, Japón, Hong-Kong y Corea en Ciencias. Son precisamente de los países que también están entre los que destinan mas dinero para la educación a la hora de hacer cada año el presupuesto de la nación...”.

Barry Mcgaw y Ryo Watanabe dicen en el prologo del informe que “la prosperidad de los países se deriva hoy, en gran parte, de su capital humano y, si quieren triunfar en un mundo en parida transformación, las personas necesitan mejorar sus conocimientos y habilidades a lo largo de toda la vida. Para ello es preciso que los sistemas educativos sienten unas bases solidas, promuevan el saber y las habilidades y refuercen las capacidad y la motivación de los jóvenes para seguir aprendiendo después de terminar su escolarización”



miércoles, 21 de mayo de 2014

La inversión en la educación superior


Cuando cada vez es mayor la presión para elevar la calidad de la educación superior, cuando se ha creado un consejo encargado de llevar las riendas de la misma a fin de garantizar que los procesos se realicen con los parámetros internacionales, es importante preguntar si estamos invirtiendo lo suficiente para que las instituciones respondan a estos desafíos.

Tema recurrente

Cuando se habla de mejorar la calidad y eficiencia de la educación universitaria es tema recurrente la financiación de la educación superior, las universidades gozan de autonomía y por ello es importante diseñar mecanismos que permitan armonizar los intereses del estado con los de las autoridades de las instituciones de educación superior.

En este sentido recordemos que el articulo 33 de la Ley de Educación Superior expresa: “...La autonomía de las universidades implica fundamentalmente lo siguiente: ...I)Administrar sus bienes y recursos, conforme a sus estatutos y las leyes que regulan la materia; ...”.

Asimismo en el articulo 76 establece: “...Los recursos destinados a la educación superior de carácter público en el Presupuesto General de la Nación, no serán inferiores al siete por ciento (7%) del total asignado a la Administración Central, excluidos préstamos y donaciones. Independientemente a este porcentaje, serán además destinados a la investigación un mínimo de dos por ciento (2%) del Presupuesto General de la Nación...”.

Y en el articulo 77 dice: “...Las universidades privadas podrán recibir fondos aportados por el Estado toda vez que se adecuen a los requisitos de calidad y transparencia administrativa, que serán reglamentados por el Consejo Nacional de Educación Superior. Las inversiones que las empresas realicen en la formación y capacitación de sus recursos humanos en instituciones de educación superior con carreras acreditadas, así como las donaciones e inversiones que se destinen a la educación superior serán deducibles de todo tipo de impuestos, tasas y contribuciones creados o por crearse...”.

Distribución dentro del sistema


Si bien con la promulgación de la Ley de Educación Superior y la creación de la CNES se busca aumentar y transparentar el sub nivel educativo es importante destacar que por muchos años se han priorizado otros subniveles educativos y cuyas consecuencias se sienten al dia de hoy.

Rosa Maria Torres, en su libro “Doce tesis para el cambio educativo”, expresa que es un error “destinar mas recursos a la educación primaria y haberlos restado de la educación secundaria y, sobre todo, a la educaciòn superior, con el subsiguiente deterioro de estos niveles y su impacto negativo sobre la propia educación primaria (al no comprenderse que el sistema educativo funciona como tal y que los docentes y administradores se forman en los niveles superiores del sistema)”.

Los recursos privados y la responsabilidad pública en la educación superior


En muchos países hay un énfasis cada vez mayor puesto en el sector privado de la educación superior. Una de las manifestaciones más directa de esta tendencia es el papel del sector privado en el financiamiento y la dirección de la investigación universitaria.

En muchas naciones las instituciones académicas privadas se han agrandado o se han establecido otras nuevas. Los estudiantes están pagando una parte cada vez mayor del costo de sus carreras como resultado del aumento de las cuotas o en forma de préstamos. Los gobiernos tratan de limitar sus gastos en educación superior, aunque al mismo tiempo reconocen el importante papel de las universidades. La privatización ha sido el medio para lograr este fin.

Inevitablemente, las decisiones respecto de los desarrollos académicos se irán transfiriendo al sector privado, si bien existe la posibilidad de que se dejen de lado objetivos políticos más amplios. No esta claro si los intereses privados sustentaran las funciones tradicionales de la universidad, incluyendo la libertad académica, la investigación básica y un patrón de gobierno que permita que los profesores sigan ejerciendo el control.

Las iniciativas privadas respecto a la educación superior provocaran cambios en los valores y las orientaciones. No esta claro que estos valores sean acordes con los mejores intereses de la universidad.

Un bien público o un bien privado

El debate consiste en que, si la educación superior es un bien privado, los que se benefician por ella deberán pagar para recibirla. En cambio, si la educación superior es principalmente un bien público, entonces la sociedad tiene la obligación de financiarla.

La educación superior forma las personas que alcanzarán las posiciones de mayor responsabilidad en la sociedad. Sus decisiones en todas las áreas de actividad y en todas las profesiones pueden llevarse a cabo desde aproximaciones que pueden tener un impacto positivo como negativo para la sociedad. Por tanto, la educación superior tiene un papel fundamental y tiene una responsabilidad con respecto a los contenidos curriculares, así como la ética y los valores que transmite a los ciudadanos del mañana.

Las personas que acceden a la educación superior no solo obtienen réditos personales, sino que además, pueden y deberían ser conscientes de cómo contribuyen al bien común a través de su ejercicio profesional desde sus decisiones y conductas individuales.

Fuente: Educación Superior Comparada. Philip G. Altabach. Bs. As. 2009; La Educación Superior en tiempos de cambio. Nuevas dinámicas de responsabilidad social. Síntesis de los informes GUNI la Educación Superior en el mundo – Global University Network for Innovation.

La investigación científica


La investigación en nuestro país en estos últimos años a tenido un impulso como nunca antes en la historia, aunque existen voces que expresan lo mucho que aún nos falta es importante señalar los avances que se han tenido al respecto, por ello en este articulo tratamos de explicar el porque las instituciones deben investigar y la importancia de ello.

Se puede definir a la investigación científica como el proceso que, mediante la aplicación del método científico, procura obtener información relevante y fidedigna (digna de fe y crédito), para entender, verificar, corregir o aplicar el conocimiento.

Misión Constitucional

Tanto las Universidades como los Institutos Superiores tienen como misión encomendada por la misma Constitución Nacional la investigación es así que en articulo 79 expresa: “…De las Universidades e Institutos Superiores; La finalidad principal de las universidades y de los institutos superiores será la formación profesional superior, la investigación científica y la tecnológica, así como la extensión universitaria. Las universidades son autónomas. Establecerán sus estatutos y formas de gobierno y elaborarán sus planes de estudio de acuerdo con la política educativa y los planes de desarrollo nacional. Se garantiza la libertad de enseñanza y la de la cátedra. Las universidades, tanto públicas como privadas, serán creadas por ley, la cual determinará las profesiones que necesiten títulos universitarios para su ejercicio…”.

Asimismo el la Ley N° 4995/13 “De Educación Superior” en la sección III De los Objetivos de la Educación Superior en el articulo 6° establece cuanto sigue: “…Son objetivos de la educación superior: …b) Ofrecer una formación científica, humanística y tecnológica del más alto nivel académico; c) Investigar y capacitar para la investigación y el pensamiento teórico a los estudiantes, contribuyendo al desarrollo científico, tecnológico y cultural de la sociedad…”.

Porque es importante investigar

En este punto es importante citar a Mario Bunge en un párrafo que dedica a explicar el valor de la investigación: “…La adopción universal de una actitud científica puede hacernos más sabios: nos haría mas cautos, sin duda, en la recepción de la información, en la admisión de creencias y en la formulación de previsiones, nos haría mas exigentes en la contrastación de nuestras opiniones, y mas tolerantes con la de los otros; nos haría mas dispuestos a inquirir libremente acerca de nuevas posibilidades, y a eliminar mitos consagrados que solo son mitos; robustecería nuestra confianza en la experiencia, guiada por la razón contrastada por la experiencia; nos estimularía a planear y controlar mejor la acción, a seleccionar nuestros fines, y a buscar normas de conducta coherentes con esos fines y con el conocimiento disponible, en vez de dominadas por el habito y por la autoridad; daría mas vida al amor a la verdad, a la disposición a reconocer el propio error, a buscar la perfección y a comprender la imperfección inevitable; nos daría una visión del mundo eternamente joven, basada en teorías contrastadas, en vez de estarlo en la tradición, que rehúye tenazmente todo contraste con los hechos; y nos animaría a sostener una visión realista de la vida humana, una visión equilibrada, ni optimista ni pesimista…”.
Fuente: Reforma de la Educación. Reflexiones y Sugerencias. J. Montero Tirado. Asunción. 2012

Autonomía Universitaria


La Convención Nacional Constituyente que sanciono la Constitución Nacional el 20 de junio de 1992 elevo la autonomía universitaria al rango constitucional.
En el art. 79 dice “Las Universidades son autónomas. Establecerán sus estatutos y formas de gobierno y elaboraran sus planes de estudio de acuerdo con la política educativa y los planes de desarrollo nacional. Se garantiza la libertad de enseñanza y la de cátedra. Las universidades tanto públicas como privadas, serán creadas por ley, la cual determinara las profesiones que necesiten títulos universitarios para su ejercicio”.

Por mucho tiempo este artículo genero discusiones en el ámbito universitario formándose grupos que opinaban que la autonomía no solo era para las universidades sino también se extendía para los Institutos Superiores, esta duda recién es aclarada con la promulgación de la Ley de Educación Superior que en su artículo 33 expresa.

La autonomía de las universidades implica fundamentalmente lo siguiente:


a) Ejercer la libertad de la enseñanza y de la cátedra;
b) Habilitar carreras de pre-grado, grado y programas de postgrado, cumpliendo con los requisitos establecidos en la presente ley y previa aprobación del Consejo Nacional de Educación Superior;
c) Formular y desarrollar planes de estudio, de investigación científica y de extensión a la comunidad;
d) Otorgar títulos de pre-grado, grado y postgrado conforme a las condiciones que se establecen en las disposiciones vigentes;
e) Establecer el régimen de equivalencia de planes y programas de estudios de otras instituciones;
f) Establecer el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes;
g) Elaborar y reformar sus propios estatutos, los cuales deben ser comunicados al Consejo Nacional de Educación Superior;
h) Elegir y/o designar sus autoridades conforme a sus estatutos;
i) Establecer o modificar su estructura organizacional y administrativa;
j) Crear facultades, unidades académicas, sedes y filiales cumpliendo con los requisitos establecidos en la presente ley y previa aprobación del Consejo Nacional de Educación Superior;
k) Establecer, de acuerdo con los estatutos, el régimen de acceso, permanencia y promoción de educadores e investigadores del nivel superior, valorando preferentemente la calificación académica, los méritos y competencias de los postulantes;
l) Seleccionar y nombrar el personal de servicios administrativos; establecer su régimen de trabajo y promoción acorde con las normas vigentes;
m) Administrar sus bienes y recursos, conforme a sus estatutos y las leyes que regulan la materia;
n) Mantener relaciones y firmar acuerdos de carácter educativo, científico, investigativo y cultural con instituciones del país y del extranjero;
o) Hacer respetar la inviolabilidad de sus recintos, salvo orden judicial;
p) Elaborar sus presupuestos y administrar sus bienes y recursos propios en concordancia con las leyes que rigen la materia; y,
q) Realizar otros actos conforme a sus fines.