viernes, 16 de marzo de 2012

La autonomía universitaria

Abog. Christian D. Godoy

La autonomía universitaria

Cuando se está discutiendo sobre la nueva Ley de Educación Superior  y en virtud de ello se redefine el papel del Estado, por un lado, y de la propia educación superior, por el otro, es natural que la relación entre ambos también tuviera que alterarse. Una de las más fuertes tensiones  que se desencadenan específicamente desde la perspectiva universitaria en la necesaria reformulación de la relación universidad – estado es el tema de la naturaleza y alcance de su autonomía universitaria.

Autonomismo

La Comisión por la Reforma de la Educación Superior en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 expresaba lo siguiente “… sería erróneo dar cabida a una posición que abone por la autonomía absoluta o total de la universidad con respecto al estado nacional. El “autonomismo” entendido como tal una completa desvinculación del sistema universitario del Estado nacional, es insostenible por varias razones, y hoy día ese punto está fuera de discusión en los centros más desarrollados del mundo. La educación superior, como los demás niveles educativos, debe ser considerada un servicio público del Estado debe preservar y contribuir de manera que disponga de las mejores condiciones para cumplir con sus funciones específicas…”. 

La UNESCO    

En los últimos 20 años es la institución que mediante un gran esfuerzo ha contribuido a la construcción de un nuevo paradigma universitario a pesar de las numerosas diferencias existentes entre los países. En este sentido ha podido identificar dos pilares para las construcción del citado paradigma; primero, el reconocimiento de que la capacidad de fortalecer sus actividades de producción del conocimiento, de docencia y fortalecimiento de una cultura critica, está directamente relacionado con la autonomía universitaria y segundo, que la pertinencia de la labor universitaria constituye una responsabilidad insoslayable que comparten el Estado y la comunidad universitaria.

Descentralización del Estado

El Estado debe respetar la autonomía universitaria y entender que ella es una herramienta para lograr la descentralización de una función específica a una institución creada para tal efecto y a la vez la universidad que si bien requiere de libertad y autodeterminación para lograr los fines que se le asigna debe asumir que no está exenta del control estatal.

El principio de pertinencia nos indica que la labor universitaria debe apuntar al mejoramiento del individuo y de la sociedad y por ello contribuir a la contención de la pobreza, la desigualdad y la exclusión social.

martes, 13 de marzo de 2012

La Universidad y el poder

Abog. Christian D. Godoy

La Universidad y el poder

La Comisión por la Reforma de la Educación Superior publicaba en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 en el cual señalaba puntos importantes a tener en cuenta en la relación del subsistema de educación superior y el poder estatal.

Subsistema de poder

El sistema de educación superior constituye un subsistema de poder inserto dentro de una estructura de poder más global que involucra al Estado y la sociedad. En sus mismos inicios medievales, fue reconocida esta relación; en particular; al reclamar preservar su autonomía ante estos poderes, en ese entonces representado esencialmente por la iglesia, como una condición esencial de la actividad universitaria. En épocas más recientes, en esta relación no sólo ha estado involucrado el estado, por vía de los gobiernos, sino también otras organizaciones tales como los partidos políticos, sectores empresariales, la iglesia y otros grupos de presión que operan en la sociedad.

Proceso histórico

Como resultado del alto régimen autoritario en el caso paraguayo, la característica fundamental ha sido la fuerte presencia del poder gubernamental y partidario en el desenvolvimiento de la educación superior universitaria y no universitaria. Esta situación fue atenuándose a partir del viraje político ocurrido en 1989, disminuyendo ostensiblemente la presión de naturaleza más represiva, e incluso, el peso de los intereses político – partidarios por mantener un control interno de este estratégico nivel educativo.

Ley de Educación Superior

Es importante que a través del proyecto de Ley de Educación Superior se impulse un marco normativo adecuado para fortalecer la tendencia democrática que se anida en las universidades del país, y a la vez debilitar y anular las expresiones autoritarias que todavía se encuentren presentes. La reconstrucción institucional, que debería adquirir la dimensión de una verdadera tarea fundacional, requiere, como condición para instalar una estructura académica de excelencia, una capacidad de gobernabilidad que solo podrá conferir la democratización universitaria.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020.”Documento de discusión sobre la reforma de la educación superior” 2006.

miércoles, 7 de marzo de 2012

Docencia Universitaria

Abg. Christian Godoy

Docencia Universitaria


La creación de numerosas instituciones de Educación Superior en los últimos años ha propiciado la necesidad emergente de profesionales educadores para el ámbito universitario sin que se reúnan las condiciones institucionales y personales del educador. La Comisión por la Reforma de la Educación Superior publicaba en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 en el cual se aportaban datos interesantes que hoy día cobran más vigencia que nunca y de los cuales nos hacemos eco.

Capacitación

Si bien se realizan actividades consideradas como de capacitación pedagógica, actualización, didáctica universitaria, etc., las mismas son, en general, esporádicas, puntuales e insuficientes. El debate sobre los grandes cambios en el campo de la pedagogía de la educación superior aún no ha comenzado.

Dedicación

El tiempo de dedicación del docente a su tarea está determinado por dos factores: por una parte la exigua remuneración por cátedra que obliga al docente a acumular cátedras en diversas instituciones (profesor taxi) o, simplemente, ejercerla como una actividad secundaria a otras actividades a las que dedica su atención preferencial.

Instrumentación

Para una proporción significativa del profesorado universitario, la principal motivación para ejercer la cátedra es el prestigio que tal tarea aporta en diferentes medidas y situaciones, como un signo distintivo del currículo y/o del reconocimiento personal. Aun en la actualidad, en particular en las instituciones públicas, el ausentismo sigue representando uno de los aspectos negativos de la docencia universitaria.

Remuneración

La baja remuneración de la docencia en la educación superior sigue siendo un grave obstáculo para intentar acrecentar  la motivación y dedicación del docente a sus responsabilidades académicas.

Acceso a la cátedra

No se incentiva efectivamente el acceso de nueva camadas de profesionales a la cátedra e incluso, existen normas que dificultan abiertamente la incorporación de profesionales que han recibido capacitación en el exterior. La tendencia actual es más bien la de mantener la estructura docente establecida; de hecho el mero ejercicio de la cátedra supone para el docente un merito que lo hace prácticamente inamovible del cargo.

Se debería encarar los siguientes problemas: Primero, la débil formación pedagógica de quienes ejercen la docencia a nivel universitario; segundo la necesidad de fortalecer la capacidad profesional de los docentes; tercero, la limitada dedicación de los docentes en su labor frente a la cátedra; cuarto, un significativo mejoramiento de aislamiento que produce el sistema de disciplina; sexto, la pervivencia de una estructura académica poco adecuada al desarrollo de una tarea docente productiva y adecuada a las demandas internas y externas.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020 – Documento de discusión sobre la Reforma de la Educación Superior. 2006.

Proyecto Movilidad MERCOSUR (PMM) en la Educación Superior

Abog. Christian D. Godoy

Proyecto Movilidad MERCOSUR (PMM) en la Educación Superior

El PMM es un programa de movilidad de las Universidades y de los gobiernos del MERCOSUR, de estudiantes de grado de carreras reconocidas oficialmente por los países y que no participan del sistema ARCUSUR.  

La movilidad se realiza en períodos de un semestre académico regular y procura garantizar el equilibrio recíproco en los flujos de movilidad.

Objetivos 

Conformar una ciudadanía MERCOSUR con sentimiento de pertenencia a la región entre los miembros de la comunidad universitaria de los 4 países.

Apoyar la consolidación y expansión del programa de movilidad de estudiantes universitarios de grado del MERCOSUR.

Se realizarán 12 talleres de formación de carácter regional destinados a personal de cooperación internacional de los ministerios de educación y de las universidades, coordinadores académicos e institucionales y docentes.

Talleres de capacitación


Se realizaron en el final del 2010 y transcurso del 2011 doce talleres de formación de carácter regional destinados a personal de cooperación internacional de los ministerios de educación y de las universidades, coordinadores académicos e institucionales y docentes.

El Programa de Movilidad para estudiantes de grado de carreras no acreditadas de las universidades de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay está en funcionamiento, respetando criterios de inclusión social y dispone de manuales, normas, procedimientos y una estrategia de comunicación y visibilidad.

Actividades 

•    Se establecio un programa de movilidad estudiantil único para el MERCOSUR.

•    Se hará una experiencia piloto del programa de movilidad, movilizando cerca de 180 estudiantes, los cuales cursarán un semestre de estudios en alguna institución de educación superior de la región.

•    Se han constituido e implementado redes de intercambio académico entre universidades de los 4 países que desarrollan proyectos conjuntos en el marco del Plan Estratégico del sector educativo del MERCOSUR.

•    Se promueve la realización de estudios y ejecución de proyectos (Redes Académicas), complementarios a la implementación del programa de movilidad con la perspectiva de su crecimiento y sostenibilidad.

Participación paraguaya

La participación paraguaya se da por medio de 10 universidades (Universidad Americana, Universidad Iberoamericana, Universidad del Pacifico, Universidad Nacional de Asunción, Universidad Nacional de Itapua, Universidad Nacional de Pilar, Universidad Columbia del Paraguay, Universidad Católica Nuestra Señora de la Asunción, Universidad del Cono Sur de las Ameritas, Universidad Autónoma de Asunción) en las 8 redes académicas formadas como instituciones asociadas y así también en dos casos como lideres de las redes académicas. Asimismo en el 2012 se inicia la movilidad de estudiantes  por lo cual es muy importante que aquellos alumnos interesados se acerquen a los responsables de cada universidad para averiguar los requisitos y condiciones.

domingo, 19 de febrero de 2012

Elegir las carreras acreditadas

Abg. Christian Godoy

Elegir las carreras acreditadas

En este momento en donde comienza el año lectivo es i portante que conozcamos cuales son las carreras que están acreditadas a fin de poder realizar la mejor elección con toda la información.

Acreditación

Es muy importante conocer con exactitud que es la acreditación y en qué consiste para dimensionar su importancia; es el proceso complejo multifactorial de aseguramiento de la calidad de una institución o de un programa educativo que se basa en una evaluación previa de los mismos. El proceso es llevado a cabo por una agencia externa a las instituciones de educación superior. La acreditación reconoce la calidad de los programas o de la institución acreditada. Da fe pública de la calidad.

En nuestro país la encargada de realizar el trabajo de acreditación es la Agencia Nacional de Acreditación de la Educación Superior – ANEAES la misma fue creada por Ley 2072/03, sancionada por el Congreso de la Nación Paraguaya, a los trece días del mes febrero del año dos mil tres.

Carreras acreditadas por el Modelo Nacional

Universidad Nacional de Asunción.

-    Ingeniería Agronómica – Sede Pedro Juan Caballero, Facultad de Ciencias Agrarias, Res. 93/2010.
-    Ingeniería Agronómica – Sede San Pedro del Ycuamandiyú, Facultad de Ciencias Agrarias, Res. 4/2011.
-    Ingeniería en Electricidad – Sede San Lorenzo, Facultad de Politécnica, Res. 7/2011.
-    Derecho – Sede Asunción, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Res. 117/2011.

Universidad Nacional del Este

-    Ingeniería Agronómica – Sede Minga Guazú, Facultad de Ingeniería Agronómica, Res. 111/2011.
-    Medicina – Sede Ciudad del Este, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 88/2011.

Universidad Centro Médico Bautista

-    Enfermería – Sede Asunción, Facultad de la Salud, Res. 71/2011.

Universidad del Norte

-    Enfermería – Sede Asunción, Facultad de Medicina, Res. 80/2011.

Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”.

-    Enfermería – Sede Itapúa, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 59/2010.
-    Odontología – Sede Alto Paraná, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 99/2011.
-    Derecho – Sede Asunción, Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas, Res. 8/2012.

Universidad Autónoma del Paraguay

-    Odontología – Sede Central, Facultad de Odontología “Pierre Fauchard”. Res. 101/2011.

Carreras acreditadas por el sistema ARCUSUR


Universidad Nacional de Asunción.

-    Ingeniería Agronómica – Sede San Lorenzo, Facultad de Ciencias Agrarias, Res. 3/2010.
-    Arquitectura – Sede San Lorenzo, Facultad de Arquitectura, Diseño y Arte, Res. 7/2010.
-    Ciencias Veterinarias – Sede San Lorenzo, Facultad de Ciencias Veterinarias, Res. 39/2010.
-    Enfermería – Sede San Lorenzo, Instituto Dr. Andrés Barbero, Res. 45/2010.
-    Ingeniería Civil – Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 58/2011.
-    Ingeniería Electromecánica – Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 59/2011.
-    Ingeniería Industrial - Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 57/2011.
-    Ingeniería Electrónica – Sede San Lorenzo, Facultad de Ingeniería, Res. 46/2011.
-    Ingeniería Química - Sede San Lorenzo, Facultad de Ciencias Químicas, Res. 06/2011.
-    Ingeniería en Electrónica-Sede San Lorenzo, Facultad Politécnica, Res. 40/2011.
-    Medicina – Sede Asunción, Facultad de Ciencias Medicas, Res. 61/2011.
-    Odontología – Sede Asunción, Facultad de Odontología, Res. 100/2011.

Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”.

-    Arquitectura – Sede Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología, Res. 8/2010.
-    Enfermería – Sede Asunción, Facultad de Ciencias de la Salud, Res. 56/2011.
-    Ingeniería Industrial – Sede Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología, Res. 60/2011.
-    Ingeniería Electrónica – Sede Asunción, Facultad de Ciencias y Tecnología, Res. 62/2011.
-    Medicina – Sede Guaira, Facultad de Medicina, Res. 87/2011.

Universidad Nacional de Itapuá

-    Medicina – Sede Encarnación, Facultad de Medicina, Res. 87/2011.

Las instituciones de educación superior en cifras

Abg. Christian Godoy

Las instituciones de educación superior en cifras


Es muy importante a la hora de elegir tener presente todo el abanico de posibilidades y opciones que se tienen.
Universidades

Entre 1889 al 2011 fueron creadas 54 universidades. En la fecha funcionan 52 universidades organizadas en 119 facultades, una se fusiono (Universidad Pedagógica de Luque con Hernando Arias de Saavedra) y una sin funcionamiento (San Ignacio de Loyola).


Existen catalogadas 1573 carreras ofertadas en todo el territorio nacional, existiendo a su vez 291 variedades de ofertas universitarias.

Institutos Superiores

Asimismo existen 38 Institutos Superiores de los cuales 30 son privados y 8 de gestión oficial, en total atienden 21 áreas del saber y poseen 121 ofertas educativas.






Institutos de Formación Docente

A su vez existen 120 Institutos de Formación Docente distribuidos de la siguiente manera, 80 institutos de gestión privada, 33 de gestión oficial y 7 que funcionan en los Centro Regionales de Educación.
Fuente: Ministerio de Educación y Cultura.

jueves, 2 de febrero de 2012

Carreras profesionales del Tercer Nivel

Abog. Christian Godoy

Carreras profesionales del Tercer Nivel

A este tipo de carrera se le denomina tecnicatura y brinda la oportunidad a quién la cursa de obtener un título técnico en 2 o 3 años de estudios como promedio. Se estudian en institutos de educación superior llamados institutos técnicos superiores aunque algunas universidades e institutos superiores también las ofrecen.

Esta opción cuenta con un gran número de seguidores en la actualidad ya que es una posibilidad formativa real, con título oficial y quiénes se gradúan de estas carreras cortas significan una competencia real en el mundo laboral para los graduados con títulos universitarios en las carreras tradicionales.

Institutos técnicos superiores

Los institutos técnicos superiores brindan opciones de formación técnico profesional en diferentes ramas y especialidades de interés social y económico.

En sentido general preparan al los estudiantes para poder entrar en el mundo laboral plenamente capacitados. Contando una estructura organizativa semejante a la de la enseñanza secundaria se erigen como una alternativa muy atrayente para continuar estudios.

El auge de las tecnicaturas

En estos tiempos, en los cuales los conocimientos en las disciplinas técnicas evolucionan aceleradamente y las especialidades se dividen cada vez en otras ramas, es lógico que este tipo de carreras de menor duración gocen cada día de mayor popularidad entre el estudiantado. Estas les permiten adquirir en menos tiempo una especialización que los prepara para el ámbito laboral donde luego pueden continuar actualizándose mediante cursos de postgrado en sus diversas modalidades y otros cursos avanzados de formación profesional.

Las universidades e institutos superiores también ofrecen carreras cortas

Ante la creciente popularidad de que gozan las carreras cortas, algunas universidades e institutos superiores decidieron ofrecer esta posibilidad entre sus ofertas. Aunque se cursan en la universidad no son carreras universitarias ni otorgan títulos de grado. Se trata de un tipo de formación técnica especializada con un programa acelerado en una disciplina específica.

Por último un consejo, si decides optar por una carrera corta para continuar tus estudios, cerciórate de que la institución educativa donde vas a cursarla cuente con la autorización oficial para otorgar este título técnico. De no poseer el aval necesario recibirás un título sin categoría oficial, o sea, solo habrás aprobado un curso y estarás respaldado únicamente por esta entidad educacional.

Ley de Educación Superior

Abg. Christian Godoy

Ley de Educación Superior


El 2012 es un año crucial para que nuestro país con mucho tiempo de retraso tenga su Ley de Educación Superior.

Imperiosa necesidad

La explosión demográfica, así como la creación de numerosas instituciones de educación superior (universidades, institutos superiores, institutos técnicos superiores e institutos de formación docente) en los últimos 25 años sin que ellos tengan normas adecuadas dentro de las cuales desenvolverse y sin que el Estado posea herramientas legales que le permitan ejercer un adecuado control sobre las mismas hacen que la necesidad de contar con la normativa se vuelva realmente imperiosa.

Dos proyectos estudiados

El 29 de diciembre del año pasado por medio de un insert el diario entrego a nuestros lectores los proyectos tratados en el parlamento, en ese sentido se puede observar que existen dos proyectos que si bien son similares poseen singulares diferencias. El primero se puede decir que es el original, que nace en la bicameral de educación y es aprobada por la misma y el segundo que se elabora sobre el esquema del primero y con cambios se da en la bicameral de asuntos constitucionales.

Ambos proyectos tienen sus impulsores y detractores, pero en un punto todos están de acuerdo, no se puede seguir en esta laguna jurídica sin normas pertinentes que rijan el sector.

Cuestiones pendientes

El ámbito universitario posee problemas que necesitan del respaldo legal para ser solucionados, la apertura de sucursales sin que estas posean las mínimas condiciones, convalidaciones, denominación de los títulos otorgados, creación de instituciones, rol de estado en la educación superior, alcance de la autonomía universitaria, solo por citar algunos de los inconvenientes mas resaltantes que no podrán ser solucionados si no se promulga la Ley de Educación Superior.

No será la solución a todos los males pero…

La promulgación de cualquiera de los dos proyectos de ninguna manera traerá la solución mágica a la totalidad de los problemas que afectan al sector sin embargo se podrá iniciar el trabajo de reestructuración y saneamiento del mismo en post de lograr la calidad tan anhelada.

Es importante señalar el esfuerzo que se ha hecho hasta hoy para lograr que los proyectos avancen, todos aquellos involucrados de una u otra manera han aportado su grano de arena para tratar de colaborar en el enriquecimiento del mismo, no obstante de no lograrse la promulgación de la ley se podrá considerar un fracaso y sus consecuencias serán considerables para el ámbito, por ello se insta a lograr los acuerdos necesarios y tener presente que si bien los proyectos existentes no son perfectos y no solucionaran todos los problemas del sector es muchísimo más la ausencia de legislación con la consecuente anarquía y descontrol que significa

miércoles, 26 de octubre de 2011

Investigación científica y tecnológica

Abog. Christian Godoy

Universidad Americana - Maestría en Educación con énfasis en
Docencia Universitaria

Teorías Educativas

Prof. Asteria Marina Ayala de Lesme

Investigación científica y tecnológica

Antecedentes históricos

    Conforme comenta Gerardo Foguel en el articulo “Consideraciones y reflexiones sobre los objetivos de la Universidad” publicado por el CONEC en la Serie de Análisis Coyuntural 1, Asunción, Noviembre de 2010; la Universidad se constituye desde sus inicios (siglo XII) como una comunidad muy singular de profesores y alumnos como una inequívoca  vocación y misión de la búsqueda de la verdad, a través de la reflexión crítica, el rescate y la preservación de la herencia científica y cultural de la humanidad, la producción de nuevos conocimientos y la apertura de inéditos horizontes en el ámbito del pensamiento, la tecnología y la creatividad.

    A este respecto, Edgar Morin dice “… La universidad conserva, memoriza, integra, ritualiza una herencia de saberes, ideas y valores éticos, la regenera al volver a examinar, al actualizarla, al transmitirla, genera saberes, ideas y valores que entonces van a entrar dentro de la herencia cultural de la humanidad…”.

Pensadores modernos

    Bertrand Russel considera que las universidades tienen dos finalidades, una es la formación profesional, y, la otra, el fomento de la cultura y la investigación.

    La investigación – según Russel – es tan importante como la educación, si consideramos las funciones de las universidades en la vida de la humanidad.

    Según John Henry Newman, la universidad en cuanto al ámbito de estudio, está fundada sobre el ideario del ámbito filosófico y de la investigación, la guía y fundamento para todo tipo de noción, juicio y ciencia, que se sustentan en los idénticos principios y estructuras, para la investigación, el estudio, el análisis y el descubrimiento, junto con todos los resultados de la especulación y todo experimento, se encuentran bajo la óptica de la universidad.

    Para Max Scheler los fines específicos que debe cumplir la institución universitaria son:

    “Una correcta y fiel conservación y transmisión de los más altos bienes de la cultura y el saber, elaborados por la historia integral de los pueblos occidentales; una enseñanza e instrucción metódica y pedagógica, en que se economicen fuerzas para la formación profesional y perital de todos los técnicos que están al servicio del Estado, de la Iglesia, y de la Sociedad, de los profesionales libres, comerciales, etc.; continuación metódica de la investigación científica; una investigación y formación espiritual multilateral que penetre profundamente en la personalidad humana…”.

    En su obra “Misión de la Universidad” José Ortega y Gasset expresa: “La ciencia, en su sentido propio, en cuanto a la investigación científica, no pertenece de una manera inmediata y constitutiva a las funciones primarias de la universidad, ni tiene que ver más con ellas. El propósito debe ser aprender la ciencia y enseñarla”.

    “Es preciso que en torno a la universidad mínima, establezcan sus campamentos las ciencias… pero, lo que no es admisible es que se confunda el centro de la universidad con esa zona circular de investigaciones que debe rodearla. Son ambas cosas, universidad y laboratorio, dos órganos distintos y correlativos de una filosofía completa; solo que el carácter institucional compete propiamente a la universidad”.

Documentos internacionales

    El informe para la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el Siglo XXI (conocida más bien como informe Delors) que fue aprobado en Paris en 1996, dice: “…Las Universidades, son en primer lugar instituciones que agrupan el conjunto de sus funciones tradicionales asociadas al progreso y a la transmisión del saber y a la formación integral del ser humano, investigación científica, tecnológica y artística de enseñanza de excelencia, formación integral,…”

    La Conferencia Mundial sobre la Educación Superior en el Siglo XXI, aprobada por la Asamblea de la UNESCO el 9 de Octubre de 1998, en forma específica detalla objetivos y responsabilidades principales de estas instituciones educativas del nivel superior y entre estas dice:

    “Promover, generar, difundir conocimientos por medio de la investigación para servir a las necesidades y requerimientos de la comunidad y contribuir de esa forma al desarrollo cultural, social y económico de las sociedades”.

    La Conferencia Mundial sobre la Educación Superior de la UNESCO realizada en julio de 2009 actualiza aun más los objetivos y la misión de la Universidad del siglo XXI y señala:

    “La Enseñanza Superior en tanto que bien público y un recurso estratégico para la educación en todos los niveles y en tanto que fundamento de la investigación, de la innovación y de la creatividad, exige a los estados y la sociedad civil le den el apoyo necesario en el plano económico…”.

    Asimismo dice: “Además de la investigación científica, uno de los deberes fundamentales de las Instituciones de la educación Superior es la calidad y la excelencia de la enseñanza orientada a las necesidades de la comunidad…”.

Marco Legal

    La Constitución Nacional de la república del Paraguay en su Art. 79 De las Universidades e Institutos Superiores, dice: “La finalidad principal de las universidades y de los institutos superiores será la formación profesional superior, la investigación científica y la tecnológica, así como la extensión universitaria”.

    La Ley 1264 “General de Educación” en sus art. 48 y 49 establece que las universidades y los institutos superiores se desempeñan en cumplimiento de su misión de investigación, formación profesional y servicio a la comunidad.

    La Ley 136 “De Universidades” en su Art. 2 expresa: “Las Universidades tendrán los siguientes fines: …c) La investigación en las diferentes áreas del saber humano…”.

jueves, 11 de agosto de 2011

Derechos y obligaciones de los docentes e investigadores de las instituciones de educación superior

Abog. Christian Godoy Silveira


Derechos y obligaciones de los docentes e investigadores de las instituciones de educación superior en el proyecto de Ley de educación Superior MEC-UNA-CONEC
 
Docentes e investigadores de las instituciones de educación superior, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación específica, tienen derecho a:

a. Acceder a la carrera académica mediante concurso público de oposición;

b. Ejercer la cátedra y la investigación bajo la más amplia libertad sin  ningún tipo de imposición o restricción religiosa, política o de otra índole;

c. Acceder a la carrera de docente e investigador y a cargos directivos, que garantice estabilidad, promoción, movilidad y retiro, basados en el mérito académico, en la calidad de la enseñanza impartida, en la producción investigativa, en el perfeccionamiento permanente, sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo;

d. Participar en el gobierno de la institución a la que pertenecen, de acuerdo a las normas legales vigentes;

e. Actualizarse y perfeccionarse de modo continuo a través de la carrera académica;

f. Participar en la actividad gremial;

g. Percibir sus haberes por los días de receso establecidos en el calendario académico, asuetos y suspensión de clases por causas ajenas a su voluntad;

h. A permiso con goce de sueldo, por maternidad, seis semanas antes y seis semanas después del parto;

i. A permisos por enfermedad debidamente comprobada, conforme lo  establece la legislación laboral vigente;

j. A permiso para lactancia;

k. A acceder al ingreso al sistema de escalafón;

l. A permisos especiales con goce de sueldo, para el usufructo de becas, programas de intercambio cultural o funciones educativas específicas;

m. Los establecidos en el Artículo 135 de la Ley Nº 1264 “General de Educación”.

Son deberes de los docentes e investigadores de las instituciones de educación superior:

a. Observar las normas que regulan el funcionamiento de la institución a la que pertenecen;

b. Participar en la vida de la institución cumpliendo con responsabilidad su función docente, de investigación y de servicio;

c. Ejercer con ética sus funciones de docente y/o investigador;

d. Actualizarse en su formación profesional y cumplir con las exigencias de perfeccionamiento que fije la carrera académica;

e. Contribuir a la formación integral del estudiante en sus dimensiones  humana, cultural, ética, social y política;

f. Respetar a los estudiantes sin discriminación alguna y teniendo en cuenta sus derechos;

g. Informar a los estudiantes sobre el programa a ser desarrollado, la modalidad de enseñanza aprendizaje, su metodología, características y las pautas de evaluación;

h. Evaluar con objetividad el desempeño del estudiante;

i. Lo establecido en el Artículo 136 de la Ley Nº 1264 “General de Educación”.