viernes, 25 de mayo de 2012

La Educación Superior en la Ley General de Educación

La Educación Superior en la Ley General de Educación

Es importante recordar los principios que establece la normativa con respecto a la Educación Superior para así tener claridad en cuanto a los derechos y obligaciones de las partes.

Principios fundamentales

En lo que respecta a los principios fundamentales relacionados con la educación en general y con la de carácter universitario en particular, la Ley General de Educación introduce algunos principios de singular relevancia, apoyado en el art. 76 de la Constitución Nacional, que establece: “La organización del sistema educativo es responsabilidad del Estado…”.

La relevancia del precepto constitucional antes indicado adquiere una gran actualidad a la luz del debate abierto que se viene dando con respecto a las funciones del Estado en la Educación Superior.

La tendencia a la privatización impulsada por las corrientes que privilegian los intereses y demandas de la competitividad del mercado, ha puesto en serio cuestionamiento la intervención del Estado, principalmente como regulador de la enseñanza superior y la investigación científica. Experiencias como la de México, en la que se impuso como paradigma la alianza Universidad-Empresa, obligan a una disposición de alerta con respecto a sus implicancias. Aun más, eso ha llevado a ubicar los temas de legitimidad de la presencia del Estado y de la consideración de la educación como un bien social y no como un bien transable, que se incluye en las normas internacionales de comercio como una simple mercancía, en un lugar central en el debate actual sobre la reforma educativa.

Papel central del Estado

En ese orden, la Ley General de Educación ha reafirmado el papel central del Estado en el proceso educativo al establecer en su art. 53: “La universidades públicas y privadas, así como las instituciones superiores de enseñanza, son parte del sistema nacional de educación” y “Su funcionamiento se adecuara a lo dispuesto en la legislación pertinente”.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020.”Documento de discusión sobre la reforma de la educación superior” 2006.

miércoles, 23 de mayo de 2012

La evaluación universitaria

La evaluación universitaria

En la universidad del éxito se mide en términos de graduación, estrategia que reafirma un vinculo entre profesión como practica y el conocimiento como currículo, lo que significa, de algún modo, que la universidad y sus profesores no tienen otros elementos más que la graduación para demostrar  que la excelencia es un atributo que se desprende del conocimiento que se exige. Por lo tanto, la experiencia de “buen o mal” alumno es una vivencia que se desmerece cuando la calificación como acreditación le sale al cruce.

“Las notas que me han dado no son nada malas, un solo insuficiente (un 5 en álgebra) y por lo demás todos 7, dos 8 y dos 6 (…) calculo que la cuarta parte de mis compañeros de clase deberán repetir cursos, por lo zoquetes que son, pero como los profesores son gente muy caprichosa, quien sabe si ahora, a modo de excepción, no les da por repartir buenas notas”. Ana Frank, El diario de Ana Frank*.

Competencias del evaluador

“Cual competente es de todas maneras, el crítico competente? Supongamos que una obra de arte profundamente original llega a él, ¿Cómo la juzgara? Comparándola con las obras de arte pasado. Si la obra es original, de todas maneras se apartara en algo – y cuanto más original, mas se apartara- de las obras de arte del pasado. En la medida en que hace eso, no parecerá conformarse al canon estético que el crítico ha establecido en su mente”. Fernando Pessoa, Estrato y la búsqueda de la inmortalidad*.

Una práctica socialmente vinculante

En los sistemas formales de acreditación de conocimientos socialmente validos, la evaluación es una práctica socialmente vinculante, ya que pone en juego mecanismos públicos de acreditación, bajo la forma de aceptación/éxito o rechazo/fracaso. Se puede afirmar que estos mecanismos tienen toda una serie de procesos constitutivos anteriores al acto mismo, que, a través de un camino de acumulación consiente y/o inconsciente, conducen a diferentes estrategias de evaluación que se mueven entre lo “aceptable en lo medible” y lo “valorable en lo deseable”.

Lo “aceptable” son los modos en que el docente incorpora el currículo y todas las formas institucionales que permiten que la propuesta de enseñanza y de aprendizaje se lleve a cabo (contenidos, formas de organización del tiempo, secuenciación, organización institucional, cumplimiento de horarios, tipo de contratos con los alumnos, reglamentos, etc. Por su parte lo “valorable” es todo aquello que conduce a lo que podríamos llamar una identidad profesional, fabricada en torno a unas concepciones y unas prácticas de la profesión.

Fuente: Las referencias bibliográficas de los autores cuya cita acompañamos con asterisco se encuentran en el libro El examen en la Universidad. Raúl Nicolás Muriete. Editorial Biblos. 2007.

viernes, 18 de mayo de 2012

Financiación de la educación superior

Financiación de la educación superior

Cuando se habla de mejorar la calidad y eficiencia de la educación universitaria es tema recurrente la financiación de la educación superior, las universidades gozan de autonomía y por ello es importante diseñar mecanismos que permitan armonizar los intereses del estado con los de las autoridades de las instituciones de educación superior.

Financiación en Latinoamérica

La mayoría de los gobiernos latinoamericanos transfiere fondos a las universidades estatales sobre la base de los montos que estas instituciones han recibido los años previos. A estos montos se les adicionan los aumentos dispuestos cada año por el gobierno para el sector universitario. Entre un 80% y 90% de estos fondos públicos se destinan al pago de salarios para el personal docente y administrativo (Rivero, et al.2008).

Los gobiernos no emplean criterios objetivos para distribuir el presupuesto público entre las universidades estatales, este mecanismo es llamado usualmente “inercial” o “histórico” (Albrecht y Ziderman 1992, Salmi y Hauptman 2006).

Entre las principales desventajas del sistema “inercial” o “histórico” es la falta de transparencia en la determinación de los montos que corresponden a cada institución, dado que no existen criterios objetivos de asignación. (Albrecht y Ziderman 1992).

Programas especiales

Los gobiernos a fin de incentivar la eficiencia y calidad llaman a concurso de meritos para acceder a fondos que a diferencia de las transferencias llevan la condición para las universidades de accionar de acuerdo al pliego de bases y condiciones del llamado. Existen muchos ejemplos del uso de este tipo de procedimiento en América Latina: el Fondo para Mejoramiento de la Calidad (FOMEC) y el Programa de Incentivo para los Docentes-Investigadores en la argentina (Garcia de Franelli 2005); el Programa de Reestructuración y la Expansión de Universidades Federales (REUNI) en Brasil; el Programa para el mejoramiento de la Calidad y la equidad de la educación Superior (FOMES).

Respecto al financiamiento de la investigación la práctica de concursar por los proyectos para acceder a fondos públicos es de antigua data en esta actividad. La novedad en tal sentido en los últimos años ha sido la multiplicación de líneas de financiamiento que apuntan a incentivar la vinculación con el sector productivo. (Ana García de Fanelli 2010).

Fuente: La Universidad ante los desafíos de la Educación Superior – Mecanismos de financiamiento de los gobiernos a las universidades latinoamericanas: Innovaciones en el área. Ana García de Fanelli - 2010.

miércoles, 9 de mayo de 2012

Extensión Universitaria

Extensión Universitaria

En nuestro país se encuentra como una de las tres misiones junto a la profesionalización de los educandos y la investigación científica que la Constitución Nacional asigna a las Universidades.

En números anteriores hemos discutido sobre si la educación superior es un bien público o un bien privado y si es considerada un bien público la consecuencia de ello es que la sociedad tiene la obligación de financiarla.

La universidad debe retornar a la sociedad lo que esta invierte en ella y esto se da por medio de actividades que colaboren en lograr la mejora y el bienestar de los ciudadanos, hoy en día ya no se concibe a las instituciones de educación superior como islas desconectadas del resto de la sociedad en donde solo se debatan las teorías y se investigue sin criterios de mejoramiento de la situación social.

Extensión no significa asistencialismo

Muchas veces escuchamos la frase no le regales pescado enséñale a pescar, si la extensión universitaria consiste en la colaboración que realiza la universidad para lograr mejorar el bienestar de los ciudadanos esto no puede darse por medio del asistencialismo pues la mejora es momentánea y genera por parte del que la recibe dependencia de la misma, al contrario un buen trabajo de extensión debería generar en sus receptores capacidad para sostener y mantener el bienestar logrado.

¿Un proyecto áulico o un proyecto de extensión?


En los proyectos que se dan en el tercer ciclo de la Educación Escolar Básica y en el Nivel Medio el protagonista es el educando, la planificación de los mismos se da mirando lo que puede aprender y las experiencias que le pueden servir para transformar su visión de las cosas, sin embargo en la universidad no necesariamente el centro de la planificación es el estudiante aunque si bien con ello se trabaja el ámbito actitudinal se debe tener en cuenta que el objetivo principal de la extensión es lograr que la universidad colabore con el bienestar de la sociedad.

Una obligación de las instituciones universitarias

Es importante destacar que los últimos años a existido un auge de universidades que implementan proyectos de extensión universitaria, sin embargo al ser una misión establecida en la propia Constitución Nacional no debería ser opcional la implementación citada. Las instituciones afectadas con sus alumnos en su totalidad deberían estar involucradas en proyectos de extensión universitaria.

jueves, 12 de abril de 2012

El examen universitario

Abog. Christian D. Godoy

El examen universitario

Una constante en nuestra educación superior son los abusos en la evaluación de aquellas personas encargadas de ella para con los estudiantes, algunos profesores son recordados por sus alumnos solo por el sinfín de arbitrariedades que realizan a la hora de evaluarlos.

Importa mucho que se haga la evaluación, pero resulta más importante que la evaluación sirva para algo y para alguien, que sirva para comprender lo que se hace y para mejorarlo.

Relación evaluador y evaluado

La evaluación de los alumnos se caracteriza por ser una “relación de poder unilateral entre el evaluador y evaluado y por el hecho de que el alumno esta habitualmente desposeído de todo momento del acto de evaluación” (*Barbier, 1993).

En la relación docente alumno hay un componente de dominación que está vinculado muchas veces (o la más de las veces) con la imposición de restricciones, castigos y sanciones.

En un escrito de 1930 titulado: “Palabras sobre los exámenes” *Deodoro Roca afirmaba: “…Exámenes a la vista: bolilleros, bolilleros, más bolilleros (…) El alumno no acude con su número. No siempre saca premio. Hay que pasar de alumno a medico, a abogado, ingeniero. (…) Todo esto será tuyo si me respondes a estas preguntas, si tienes suerte con estas bolillas desde donde te miro. El alumno observa la irreal riqueza que se le muestra y entrega por ese falso botín su alma indefensa y simple. Lo humano, lo verdaderamente humano, sería irle apuntando, a lo largo de su vida y aprendizaje, que cosas y que ideas no parecen convenirle; que cosas y que ideas le serían de fácil adquisición. (…) El examen debiera quedar catalogado para siempre entre los juegos prohibidos, en defensa de la inteligencia…”.

En la modernidad las notas tienen en común el hecho de que informan más sobre el puesto de un alumno en un grupo o la distancia relativa a la norma de excelencia que sobre el contenido efectivo sobre sus conocimientos. Además, el sistema de notas altera porque sirven tanto para recompensar como para castigar, en cualquier caso, no indica al alumno la forma de progresar.

Lo más importante es que el examen no conforma un problema ligado históricamente al conocimiento (por más que se espere obtener, la mayoría de las veces, un conocimiento “objetivo” sobre el carácter de cada estudiante). Eso quiere decir que no necesariamente a un sistema de enseñanza le corresponde uno de examen (*Díaz Barriga, 1996). En este sentido, el examen es un efecto de las concepciones sobre el aprendizaje y no el motor que transforma la enseñanza.

Fuente: Las referencias bibliográficas de los autores cuya cita acompañamos con asterisco se encuentran en el libro El examen en la Universidad. Raúl Nicolás Muriete. Editorial Biblos. 2007.

viernes, 30 de marzo de 2012

La pertinencia

Abog. Christian D. Godoy

La pertinencia


Con la inminente aprobación de la nueva Ley de Educación Superior en nuestro país y la redefinición del papel del Estado, por un lado, y de la propia educación superior, por el otro, es necesario replantear el significado y valor de la pertinencia en la educación superior de nuestro país.

Relación Universidad - Sociedad

Un aspecto sobre el cual se ha insistido con frecuencia, es que el concepto de pertinencia se relaciona con el deber ser de las instituciones y, por consiguiente, del papel que le corresponde a la educación superior en la sociedad.

Ateniéndonos a la profusa documentación divulgada principalmente por la UNESCO, las instituciones de educación superior cumplen con su responsabilidad de realizar acciones valoradas como pertinentes cuando cumplen con sus objetivos y misión institucional.

Asimismo una dimensión fundamental que involucra la pertinencia, es la responsabilidad que le corresponde a la educación superior con el resto del sistema educativo, del cual debe constituirse como la más alta instancia de reflexión y orientación.

El documento que permite una más acabada comprensión sobre la relación entre la universidad y la sociedad es el preparado en la Conferencia Mundial de 1998 de la UNESCO que dice: “En general el termino pertinencia ha sido utilizado para referirse a la coincidencia entre lo que las instituciones de educación superior hacen y lo que la sociedad espera. Se refiere especialmente al papel y el lugar de la educación superior en la sociedad, pero también corresponde el acceso y la participación, la enseñanza y el aprendizaje, la función de la universidad como centro de investigación, la responsabilidad de la educación superior con otros sectores de la sociedad, el mundo laboral y la función de servicio de la educación superior en la comunidad”. Finalmente concluye: “No menos importante es la participación de la educación superior en la búsqueda de soluciones a los problemas humanos urgentes, como la población, el medio ambiente, la paz, la democracia y los derechos humanos”.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020 – Documento de discusión sobre la Reforma de la Educación Superior. Comisión Nacional de Reforma de la Educación Superior. 2006.

viernes, 23 de marzo de 2012

La educación superior un bien público o bien privado?

Abog. Christian D. Godoy

La educación superior un bien público o bien privado?


Uno de los debates más intensos sobre la educación superior se refiere a si se trata de un bien público, que aporta valor a la sociedad al educar a las personas, que se convertirán en ciudadanos productivos, o un bien privado, que beneficia principalmente a los individuos, que ganan más dinero y disfrutan de otras ventajas como resultado de su formación. (Bloom, Hartley y Rosovsky, 2006).

La lógica del debate consiste en que, si la educación superior es un bien privado, los que se benefician por ella deberán pagar para recibirla. En cambio, si la educación superior es principalmente un bien público, entonces la sociedad tiene la obligación de financiarla.

En los últimos años, los defensores del bien privado han predominado en un grado considerable y como consecuencia de ello, en muchos países los presupuestos de educación superior se han estancado o han disminuido. Se ha pedido a las instituciones académicas públicas que paguen una parte cada vez mayor de sus costes mediante el aumento de las tasas de matrícula, comercializándose más y vendiendo sus servicios al mercado (Kirp. 2003).

La noción de bien público en la educación superior está directamente relacionada con las funciones que las instituciones académicas pueden desarrollar en la sociedad.

La educación superior forma las personas que alcanzarán las posiciones de mayor responsabilidad en la sociedad. Sus decisiones en todas las áreas de actividad y en todas las profesiones pueden llevarse a cabo desde aproximaciones que pueden tener un impacto positivo como negativo para la sociedad. Por tanto, la educación superior tiene un papel fundamental y tiene una responsabilidad con respecto a los contenidos curriculares, así como la ética y los valores que transmite a los ciudadanos del mañana.

Las personas que acceden a la educación superior no solo obtienen réditos personales, sino que además, pueden y deberían ser conscientes de cómo contribuyen al bien común a través de su ejercicio profesional desde sus decisiones y conductas individuales.. Por ello, nos debe interesar que educación reciben las personas que acceden a la educación superior y que intercambio y que entornos establecen con la sociedad.
El debate fundamental sobre la naturaleza de bien público y bien privado, no se halla en las formas de provisión, ni siquiera en el hecho de la rentabilidad. No es importante quien provea, sino que provea y en qué condiciones lo hace. El debate debería plantearse en términos de qué le confiere el valor de bien público y como se comunica con la sociedad.

En definitiva, la cuestión de que si la educación superior en un bien público o privado y, más concretamente, la cuestión de proveer bienes públicos o privados, tiene un impacto directo en la misión e las universidades. Las misiones y estrategias institucionales, los contenidos académicos, la oferta académica y su organización, la actividad de investigación y su transferencia a la sociedad y asimismo las fuentes y criterios de financiación, la rendición de cuentas, la garantía de calidad y el resultado del conjunto del sistema  presentan alternativas sustanciales bajo un punto de vista u otro. La sociedad necesita recibir una propuesta coherente de forma transparente, los últimos años han transitado inciertos respecto al fondo y a la forma en referencia a esta cuestión fundamental.

Fuente: La Educación Superior en tiempos de cambio. Nuevas dinámicas de responsabilidad social. Síntesis de los informes GUNI la Educación Superior en el mundo – Global University Network for Innovation.

viernes, 16 de marzo de 2012

La autonomía universitaria

Abog. Christian D. Godoy

La autonomía universitaria

Cuando se está discutiendo sobre la nueva Ley de Educación Superior  y en virtud de ello se redefine el papel del Estado, por un lado, y de la propia educación superior, por el otro, es natural que la relación entre ambos también tuviera que alterarse. Una de las más fuertes tensiones  que se desencadenan específicamente desde la perspectiva universitaria en la necesaria reformulación de la relación universidad – estado es el tema de la naturaleza y alcance de su autonomía universitaria.

Autonomismo

La Comisión por la Reforma de la Educación Superior en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 expresaba lo siguiente “… sería erróneo dar cabida a una posición que abone por la autonomía absoluta o total de la universidad con respecto al estado nacional. El “autonomismo” entendido como tal una completa desvinculación del sistema universitario del Estado nacional, es insostenible por varias razones, y hoy día ese punto está fuera de discusión en los centros más desarrollados del mundo. La educación superior, como los demás niveles educativos, debe ser considerada un servicio público del Estado debe preservar y contribuir de manera que disponga de las mejores condiciones para cumplir con sus funciones específicas…”. 

La UNESCO    

En los últimos 20 años es la institución que mediante un gran esfuerzo ha contribuido a la construcción de un nuevo paradigma universitario a pesar de las numerosas diferencias existentes entre los países. En este sentido ha podido identificar dos pilares para las construcción del citado paradigma; primero, el reconocimiento de que la capacidad de fortalecer sus actividades de producción del conocimiento, de docencia y fortalecimiento de una cultura critica, está directamente relacionado con la autonomía universitaria y segundo, que la pertinencia de la labor universitaria constituye una responsabilidad insoslayable que comparten el Estado y la comunidad universitaria.

Descentralización del Estado

El Estado debe respetar la autonomía universitaria y entender que ella es una herramienta para lograr la descentralización de una función específica a una institución creada para tal efecto y a la vez la universidad que si bien requiere de libertad y autodeterminación para lograr los fines que se le asigna debe asumir que no está exenta del control estatal.

El principio de pertinencia nos indica que la labor universitaria debe apuntar al mejoramiento del individuo y de la sociedad y por ello contribuir a la contención de la pobreza, la desigualdad y la exclusión social.

martes, 13 de marzo de 2012

La Universidad y el poder

Abog. Christian D. Godoy

La Universidad y el poder

La Comisión por la Reforma de la Educación Superior publicaba en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 en el cual señalaba puntos importantes a tener en cuenta en la relación del subsistema de educación superior y el poder estatal.

Subsistema de poder

El sistema de educación superior constituye un subsistema de poder inserto dentro de una estructura de poder más global que involucra al Estado y la sociedad. En sus mismos inicios medievales, fue reconocida esta relación; en particular; al reclamar preservar su autonomía ante estos poderes, en ese entonces representado esencialmente por la iglesia, como una condición esencial de la actividad universitaria. En épocas más recientes, en esta relación no sólo ha estado involucrado el estado, por vía de los gobiernos, sino también otras organizaciones tales como los partidos políticos, sectores empresariales, la iglesia y otros grupos de presión que operan en la sociedad.

Proceso histórico

Como resultado del alto régimen autoritario en el caso paraguayo, la característica fundamental ha sido la fuerte presencia del poder gubernamental y partidario en el desenvolvimiento de la educación superior universitaria y no universitaria. Esta situación fue atenuándose a partir del viraje político ocurrido en 1989, disminuyendo ostensiblemente la presión de naturaleza más represiva, e incluso, el peso de los intereses político – partidarios por mantener un control interno de este estratégico nivel educativo.

Ley de Educación Superior

Es importante que a través del proyecto de Ley de Educación Superior se impulse un marco normativo adecuado para fortalecer la tendencia democrática que se anida en las universidades del país, y a la vez debilitar y anular las expresiones autoritarias que todavía se encuentren presentes. La reconstrucción institucional, que debería adquirir la dimensión de una verdadera tarea fundacional, requiere, como condición para instalar una estructura académica de excelencia, una capacidad de gobernabilidad que solo podrá conferir la democratización universitaria.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020.”Documento de discusión sobre la reforma de la educación superior” 2006.

miércoles, 7 de marzo de 2012

Docencia Universitaria

Abg. Christian Godoy

Docencia Universitaria


La creación de numerosas instituciones de Educación Superior en los últimos años ha propiciado la necesidad emergente de profesionales educadores para el ámbito universitario sin que se reúnan las condiciones institucionales y personales del educador. La Comisión por la Reforma de la Educación Superior publicaba en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 en el cual se aportaban datos interesantes que hoy día cobran más vigencia que nunca y de los cuales nos hacemos eco.

Capacitación

Si bien se realizan actividades consideradas como de capacitación pedagógica, actualización, didáctica universitaria, etc., las mismas son, en general, esporádicas, puntuales e insuficientes. El debate sobre los grandes cambios en el campo de la pedagogía de la educación superior aún no ha comenzado.

Dedicación

El tiempo de dedicación del docente a su tarea está determinado por dos factores: por una parte la exigua remuneración por cátedra que obliga al docente a acumular cátedras en diversas instituciones (profesor taxi) o, simplemente, ejercerla como una actividad secundaria a otras actividades a las que dedica su atención preferencial.

Instrumentación

Para una proporción significativa del profesorado universitario, la principal motivación para ejercer la cátedra es el prestigio que tal tarea aporta en diferentes medidas y situaciones, como un signo distintivo del currículo y/o del reconocimiento personal. Aun en la actualidad, en particular en las instituciones públicas, el ausentismo sigue representando uno de los aspectos negativos de la docencia universitaria.

Remuneración

La baja remuneración de la docencia en la educación superior sigue siendo un grave obstáculo para intentar acrecentar  la motivación y dedicación del docente a sus responsabilidades académicas.

Acceso a la cátedra

No se incentiva efectivamente el acceso de nueva camadas de profesionales a la cátedra e incluso, existen normas que dificultan abiertamente la incorporación de profesionales que han recibido capacitación en el exterior. La tendencia actual es más bien la de mantener la estructura docente establecida; de hecho el mero ejercicio de la cátedra supone para el docente un merito que lo hace prácticamente inamovible del cargo.

Se debería encarar los siguientes problemas: Primero, la débil formación pedagógica de quienes ejercen la docencia a nivel universitario; segundo la necesidad de fortalecer la capacidad profesional de los docentes; tercero, la limitada dedicación de los docentes en su labor frente a la cátedra; cuarto, un significativo mejoramiento de aislamiento que produce el sistema de disciplina; sexto, la pervivencia de una estructura académica poco adecuada al desarrollo de una tarea docente productiva y adecuada a las demandas internas y externas.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020 – Documento de discusión sobre la Reforma de la Educación Superior. 2006.