jueves, 28 de octubre de 2010

Necesidad de controlar las carreras técnicas


Abg. Christian Godoy
http://christiangodoysilveira.blogspot.com/
Necesidad de controlar las carreras técnicas

El día de ayer tuve la posibilidad de asistir a la charla que ofreció el Prof. Juan Carlos del Bello sobre el documento en donde analiza el proyecto de ley de educación superior, elaborado a solicitud del MEC.

Diferenciar instituciones privadas de públicas

Explicaba el disertante con mucha claridad que no se puede pretender en una normativa igualar a instituciones que si bien son tan similares, son a su vez tan distintas. En este sentido expresaba que el presupuesto de las privadas es enteramente privado siendo el de las públicas totalmente lo inverso dependiendo de lo que se le asigne en el presupuesto general de gastos de la nación, otro ejemplo que citaba era que en las universidades públicas debería ser obligatorio el llamado a concurso público de oposición para el acceso a la titularidad de la cátedra, sin embargo en las privadas no necesariamente ese debería ser el camino.

Tratamiento homogéneo.

Esta es una palabra que me quedo grabada de la disertación, explicaba que lo importante es garantizar la calidad y excelencia de la educación superior y por ello se tienen que analizar, controlar y aprobar los programas de estudio en el nivel de pregrado (tecnicaturas y formación docente) y esto se presenta independientemente de tipo de institución oferte la carrera, por ello el tratamiento a la hora del proceso administrativo de evaluación y aprobación de proyecto debe ser homogéneo y afectar a todas las instituciones de la educación superior, sean estos Institutos de Formación Docente, Institutos Técnicos Superiores, Institutos Superiores o Universidades, en otras palabras toda institución que pretenda ofertar una tecnicatura deberá necesariamente presentar su proyecto para la aprobación por la instancia designada al efecto.

Un problema a resolver

Es importante señalar que en nuestro país se está dando una situación que traerá efectos muy dañinos a mediano y largo plazo, la universidades e institutos superiores que ofertan tecnicaturas no tienen la obligación de hacer aprobar sus proyectos y en virtud de ello muchos institutos técnicos superiores están pasando ley mediante a constituirse en institutos superiores exclusivamente para saltar el control al cual estaban obligados, esto se da muy especialmente en las carreras en salud en donde el control es más estricto.

Por ello considero acertadísimas las expresiones del profesional argentino y pienso que se debería rever el proyecto de ley aplicando esta modificación, ya que con ello se ganaría muchísimo en el control de calidad y excelencia de las tecnicaturas de nuestro país. 

lunes, 25 de octubre de 2010

La Educación Superior en peligro.

Abg. Christian Godoy
http://christiangodoysilveira.blogspot.com/


La Educación Superior en peligro


Cuando escribo el presente artículo me embarga un profundo miedo, pensaba que la educación superior estaba en vías de ser algo serio en nuestro país y mediante una ley se buscaba conseguir la excelencia educativa, en estos días aterrizo con la noticia del rechazo por parte del parlamento del proyecto de Ley que buscaba prolongar la suspensión de creación de Universidades e Institutos Superiores.

Miedo al descontrol


Todos hemos sido testigos del descontrol que pueden ocasionar nuestros siempre prestos parlamentarios a la hora de aprobar los numerosos proyectos de universidades e institutos superiores en el pasado y de conformidad a un comunicado emitido a la sociedad por el MEC en la actualidad ya existen más de 20 proyectos presentados en el legislativo, conforme reza el mismo comunicado en nuestro país existen 466 instituciones que se dedican a la Educación Superior y las mismas funcionan sin reglas básicas que permitan al Estado ejercer el mínimo control sobre las mismas, algo que en teoría hubiera sido por lo menos en parte solucionado por la nueva Ley de Educación Superior.

Debemos reaccionar todos

Con el rechazo del proyecto de Ley “QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA CREACIÓN DE UNIVERSIDADES E INSTITUTOS SUPERIORES” presentado por el diputado Víctor Ríos, los parlamentarios envían a la sociedad un claro mensaje, ¡queremos que siga el descontrol! Las motivaciones solo lo saben ellos en su fuero interno. Tanto el cuerpo directivo de las buenas universidades, los profesores universitarios, los estudiantes, y en general todos los miembros de la sociedad debemos manifestarnos en contra de esta situación.

Asegurar la calidad de la educación superior traerá beneficios a todos los niveles de la sociedad paraguaya por ello es importante que el gobierno tome conciencia que debe priorizar el bien general por sobre el particular.

Impulsar la nueva Ley

Asimismo es muy importante que se impulse la discusión, el análisis y se trate de promulgar lo antes posible la nueva Ley de Educación Superior, que regulara el rol del Estado, la responsabilidad social de las instituciones de educación superior, su financiamiento y el ejercicio profesional de los egresados, constituyéndose en la mayor herramienta para forjar el cambio tan anhelado dentro de la universidad.

jueves, 21 de octubre de 2010

Del Colegio al Campus

Del Colegio al Campus

Empezar con buen pie la Universidad

Con una pizca de miedo y una buena dosis de emoción, Carlos empieza este año su primer curso de la Universidad. Inquieto ante lo desconocido y ansioso por ver si es cierto todo lo que le han contado. Por primera vez aborda el atestado autobús que le lleva al campus, deberá  acostumbrarse al trayecto y conocer el horario que le a tocado, etc...

No solo son clases...

Ante todo, lo primero que se dará cuenta es que matricularse en la Universidad tiene poco que ver con hacerlo en el Colegio. Si en éste tan solo se buscaba una serie de conocimientos básicos, para constituir eso que llaman cultura general, lo que Carlos podrá obtener en la Universidad deberá ser mucho mas.
Además de las consabidas clases teóricas, también existen otras actividades como seminarios, cursos intensivos, cine-forum o viajes, que organizan las distintas facultades. Se trata de una faceta muy particular de la Universidad, una vida paralela y complementaria a las clases que proporciona tanto a alumnos como a profesores la oportunidad de adquirir conocimientos mas prácticos, relacionarse con expertos y profesionales, intercambiar ideas y opiniones, y muchas otras ventajas.

Ni solo vida académica...

Pero lo que Carlos puede aprender en el campus tampoco proviene solo de las clases y las actividades. Además de la vida académica, la Universidad ofrece algo de mayor profundidad y valor : su propio espíritu, una forma de enfocar la vida con grandeza de animo y afán de superación. Las disciplinas teóricas y científicas ocuparan muchas horas del año, pero la Universidad no aspira a dar soluciones a todos los problemas que la vida profesional planteará en el futuro al estudiante, sino dotarlo de las armas necesarias para hacerles frente, proporcionarle la llave maestra de la humildad para seguir estudiando sin que decaiga el animo.

Métodos de estudio

Precisamente para que el estudiante aprenda a buscar la verdad y a investigar, los métodos de estudio serán también distintos en la Universidad.
Carlos, tendrá que olvidar la comodidad de tener un solo libro de texto, pues es posible que ahora cada asignatura tenga mas de uno, sumado los apuntes de clase, en los que el catedrático dará líneas estructurales de su asignatura.
Además de los apuntes y los libros de estudio tendrá otros de consulta y unos cuantos de lectura, y cada uno tendrá un capitulo concreto que complete determinado tema. Dependiendo de la asignatura es posible que la lista sea bastante considerable, así que será mejor esperar a hablar con 2 o 3 veteranos de los cursos superiores para saber que libros hay realmente que adquirir, los que se pueden consultar en la Biblioteca y los que solo son necesarios para obtener una calificación.

Compañeros

Lo que uno puede aprender en la Universidad esta directamente relacionado con sus codos y los abonos a la Biblioteca.
El ir a clase proporciona la oportunidad de conocer gente muy distinta en cultura, educación, medios económicos, planteamientos, creencias,... ¡Incluso razas! Tratar a personas tan diferentes le resultará enriquecedor no solo por lo que pueda recoger de ellos, sino por todo lo que tendrá que aprender: a discutir sin ofender, a dialogar sin transigir en las propias opiniones, etc.
Tras la fuerte impresión de encontrarse perdido entre cientos de alumnos deberá distinguir en primer lugar a aquellos chicos con los que tenga intereses e inquietudes comunes y con los que podrá construir una sólida amistad.
Sin embargo, esto no significa que no pueda haber un trato de cariño con los que son distintos a el. La diferencia estriba en que la relación con ellos deberá basarse en la comunicación y el respeto, pero no en compartir cosas fundamentales como las creencias, las costumbres, formas de ocio, etc. Podrán ser amigos y enriquecerse mutuamente siempre que no intenten arrastrarse unos a otros a su propio estilo de vida.

Libre y responsable

Al entrar en la Universidad, el estudiante siente una fuerte sensación de libertad e independencia que puede ser muy positiva – o negativa – dependiendo del cause que él mismo le dé.
La ausencia de controles y el hecho de que nadie lo conozca hace muy fácil no ir a clase, poder estudiar de fotocopias de otros apuntes, no presentarse a los parciales,... En definitiva, si no tiene ganas, no habrá quien le fuerce a participar de la vida académica, precisamente porque esta es una opción personal y libre, una consecuencia de su responsabilidad y madurez.
Y, precisamente por ello, el hecho de que se deje llevar por sus apetencias o por lo que hacen los demás le demostrará – en primer lugar a él mismo – si es digno o no de estar en la Universidad.

Para pensar...

Olvida tus complejos y temores. Piensa que todos los de tu clase están igual de asustados. No olvides a tus amigos del Colegio. El contacto con ellos te resultara ahora, si cabe, mas estimulante y enriquecedor que antes. Procura no saltarte ninguna clase, pero no te agobies con los libros y apuntes hasta que termine la primera semana.

...Y actuar

Es probable que al principio estés desorientado en las clases y no entiendas la estructura y el sentido de las asignaturas. No te desanimes. Dedica este periodo a conocer a tus compañeros de banca y márcate un horario de trabajo, intentando cumplirlo desde el primer día. Ya veras que con tiempo y esfuerzo las piezas van encajando. Buena suerte!

lunes, 18 de octubre de 2010

Financiamiento de la Investigación Científica

Abg. Christian Godoy
http://christiangodoysilveira.blogspot.com/


Financiamiento de la Investigación Científica

En nuestro país la investigación científica es ínfima y esto tiene directa relación con los recursos que se destinan para la misma, el estado debería destinar mucho más para capacitar a los investigadores y la realización de las propias investigaciones, ahora bien ¿Debería costearlo todo solo?

Muy poco e indiscriminado

La normativa en nuestro país destina como mínimo para la educación un 20% del presupuesto general de gastos de la nación, dejando de lado que en la práctica esto solo llega a un 10%  es importante destacar que no se encuentra discriminado en la normativa cuanto se debe destinar a la investigación científica ni tan siquiera cuanto se debe destinar a la educación superior en su conjunto.
Por ello, al final lo que se destina a la investigación resulta muy poco e insuficiente pues no satisface las necesidades del país y en comparación con lo que destinan los demás países vecinos resulta hasta vergonzoso.

El Estado y quien más?

El art. 79 de la Constitución Nacional establece que una de las tres finalidades de las Universidades es la investigación científica, por lo cual si bien es el Estado mediante las universidades públicas quien debe llevar la mayor parte del peso económico de la investigación, también las universidades privadas deben realizar sus aportes en el tema mediante investigaciones realizadas en persecución del cumplimiento de su finalidad constitucional.

Establecer porcentajes

El problema se da desde la normativa que regula el presupuesto de educación, la misma debería tener discriminado cuanto debe ser asignado a la investigación científica y tecnológica a fin de asegurar que la misma se lleve adelante, asimismo tanto en los presupuestos de la universidades de gestión públicas como en las de gestión privada debería existir un mínimo obligatorio que se destine a la investigación científica.

Instancia de control

Es importante también destacar la necesidad de una instancia multisectorial que se encargue del control del cumplimiento de la disposición constitucional y de formular políticas educativas con respecto a la investigación a fin de optimizar el rendimiento de la misma para nuestro país.

martes, 12 de octubre de 2010

Abusos, ¿cómo debemos reaccionar? - Publicado en el Escolar de abc color el 10/10/10

RELFEXIÓN PARA PADRES

Abusos, ¿cómo debemos reaccionar?

 ABC Digital
Abg. Christian Godoy S.

En estos días han saltado a la luz graves denuncias de abuso a menores de edad tanto en Tacumbú como en un colegio religioso. Uno de los problemas que se presentan tanto para padres como para educadores de aulas es el desconocimiento de lo que dictan las normativas con respecto a la reacción que debemos tener los adultos al enterarnos de esto.

La inmediatez de la denuncia

La Ley Nº 1680/01 - Código de la Niñez y la Adolescencia es clara en su artículo 5º y expresa lo siguiente (mayúsculas y negritas son mías): “…Toda persona que tenga conocimiento de una violación a los derechos y garantías del niño o adolescente, debe comunicarla INMEDIATAMENTE a la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI) o, en su defecto, al Ministerio Público o al Defensor Público.

El deber de denunciar incumbe en especial a las personas que en su calidad de trabajadores de la salud, educadores, docentes o de profesionales de otra especialidad desempeñen tareas de guarda, educación o atención de niños o adolescentes.

Al recibir la información, la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI), el Ministerio Público y el Defensor Público adoptarán las medidas correspondientes, que les competen…”.

Es muy importante recalcar la obligatoriedad de la inmediatez de la denuncia, es decir, aquella persona a la que llegue la noticia de una violación a los derechos del niño o adolescente está obligado a realizar inmediatamente la denuncia.

Juicios de valor

Es muy importante, pues en la mayoría de los casos aquellas personas que cita la norma (trabajadores de la salud, educadores, docentes o de profesionales de otra especialidad desempeñen tareas de guarda, educación o atención de niños o adolescentes) creen que tienen facultades investigativas y al momento de recibir la denuncia ordenan una investigación o la realizan ellos mismos, contratan sicólogos o siquiatras para verificar la veracidad de la denuncia; sin embargo, los que deben valorar esto son las instancias citadas en el artículo mencionado más arriba. Es importante señalar que esto trae un retraso notable para comunicar a las autoridades la noticia y ello, a su vez, conlleva innumerables consecuencias para la investigación y de corroborarse el hecho más aún para la víctima.

Omisión de auxilio
Es importante señalar que, de no cumplir con lo establecido en las disposiciones legales y realizar en tiempo y forma la denuncia respectiva, se podría tipificar el hecho punible de omisión de auxilio penado en nuestro Código Penal.

Por último, señalar que nuestros docentes no deben creerse policías y con potestades de verificar denuncias de este tipo, no pueden decidir cuál denuncia comunicar y cuál no ni en qué tiempo y bajo qué condiciones, debe realizarse inmediatamente y dejar las labores investigativas a quienes la ley señala.

lunes, 4 de octubre de 2010

Las Universidades y la Constitución - Publicado el 30/09/2010

Abg. Christian Godoy
http://christiangodoysilveira.blogspot.com/


Las Universidades y la Constitución

Es muy llamativo que nuestra Carta Magna solo le dedique un artículo a las Universidades (Art. 79) y es más llamativo aún que con todo eso exista un nivel tan alto de discordancia en cuanto a su interpretación.
Desde este espacio hemos hablado en reiteradas ocasiones acerca de lo distorsionada que se encuentra en nuestro país la autonomía universitaria de la cual nos habla el 2º párrafo del artículo constitucional citado más arriba, por lo que hoy nos referiremos al párrafo 1º que habla de la finalidad de las universidades.

Finalidad de las Universidades

La Constitución Nacional en su artículo 79, primer párrafo establece tres finalidades de las Universidades y los Institutos Superiores:
a)    La formación Profesional Superior.
b)    La investigación científica.
c)    La extensión Universitaria.

La profesionalización

Las universidades en nuestro país salvo honrosas excepciones con lo único que cumplen es con la profesionalización de sus estudiantes mediante el proceso enseñanza – aprendizaje, poco o nada extensión universitaria y mucho menos de investigación.

El papel resiste todo

Si bien formalmente a la hora de presentar el proyecto para la apertura de una Universidad en el parlamento se encuentran establecidos los requisitos para cumplir con las finalidades de la universidad esto de hecho solo se refleja en el papel del proyecto nunca se convierte en realidad, hermosos proyectos que nos hablan de convenios con otras universidades nacionales y extranjeras para investigar diferentes áreas del saber que sin embargo nunca se llevan adelante, extensión universitaria que de llevarse a cabo beneficiaria mucho a la sociedad pero que nunca se realizan, proyectos como estos llenan los estantes de la biblioteca del congreso.

Control

Sin lugar a dudas en este punto está la deficiencia del sistema de educación superior, se necesita un mayor control de los organismo encargados y para ello es necesario que se los faculte y se les de herramientas validas para realizar correctamente este trabajo.
Las Universidades no pueden seguir esgrimiendo para eludir cualquier tipo control por parte del Estado la autonomía universitaria (primer párrafo del art. 79 C.N.) y a la vez ignorar el cumplimiento de sus fines (segundo párrafo art. 79 C.N.)  Eligiendo de esta manera la parte de la Constitución Nacional que más le conviene para cumplir.
Por último decir que el parlamento debe afinar los parámetros de estudio de los proyectos para creación de universidades a fin de minimizar la brecha entre el papel y la realidad.

Cual debe ser el rol del Estado en la Educación Superior - Publicado en abc color el 23/09/2010

Abg. Christian Godoy
http://christiangodoysilveira.blogspot.com/


Cual debe ser el rol del Estado en la Educación Superior

En nuestro país con la explosión de instituciones terciarias de los últimos años y su consecuente efecto sobre la matricula se ha hecho necesaria una urgente revisión de cuál debe ser el rol que el Estado debe cumplir en la educación superior.

En el proyecto de Ley de Educación Superior

En el cuarto borrador que en la actualidad se encuentra en estudio en el parlamento en su artículo 3º DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO se expresa lo siguiente: La Educación Superior es un bien público y el Estado debe reconocer y garantizar el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y la capacidad requeridas.
El Diccionario de Ciencias Jurídicas, políticas y sociales de Manuel Ossorio define al bien público de la siguiente manera: Esta expresión se utiliza para indicar aquellos intereses que, por vitales para la colectividad o pueblo, que deben ser respetados por todos.

Explosión de la matricula

Cuando los sistemas públicos se ven abrumados por una matrícula galopante: ¿cómo debe el dinero invertirse para revertir la sobrepoblación, para mantener o estimular los estándares? ¿Debe la Educación Superior ser considerada como un bien público, esencial para el desarrollo económico y financiada por presupuestos públicos? ¿O es un bien privado, el cual permite avance personal y destinado a prosperar sólo si los estudiantes pagan por él? ¿Será el acceso a estudios superiores dependiente de la riqueza más que del mérito?

Autonomía

En nuestro país esta palabra está siendo utilizada de dos maneras, por un lado para lograr escapar a todo control del estado y de esta manera hacer libremente lo que a cada casa de estudios se le antoje y por otro lado para en nombre de ella desde el parlamento legislar de manera irresponsable quitando a las instancia del gobierno casi todas las herramientas para realizar correctamente su trabajo.
La educación superior es vista cada día más como el motor del desarrollo económico; empero, mientras el número de estudiantes se expande, los ingresos gubernamentales basados en impuestos no pueden seguirle el paso a los costos crecientes de los sistemas públicos. El resultado frecuente es el crecimiento de la austeridad: clases y lecciones sobre pobladas, colecciones literarias desactualizadas, fondos para investigación en declive y el deterioro de las instalaciones

lunes, 13 de septiembre de 2010

Ley de Educación Superior y los Institutos de Formación Docente - Publicado en abc color el 02/09/2010


Ley de Educación Superior y los Institutos de Formación Docente

En el cuarto borrador del proyecto de Ley de la Educación Superior se pretende instaurar la anarquía hoy día reinante en los Institutos Superiores y las Universidades a la Formación Docente, encargando esta a los anteriormente citados.

El proyecto

El texto del proyecto expresa cuanto sigue: “Las Universidades e Institutos Superiores Universitarios se ocupan de formar a los educadores con la más alta calidad profesional, científica y ética, de lograr un desempeño eficaz en su profesión en cada uno de los niveles del sistema educacional y en las diversas modalidades de la actividad educativa; de actualizar, capacitar y perfeccionar permanentemente a los docentes en ejercicio; y de fortalecer sus competencias en el campo de la investigación educativa y en el desarrollo de la teoría y la práctica de las Ciencias de la Educación y de la Pedagogía”.

Como se podrá observar queda en manos de las Universidades y los Institutos Superiores Universitarios la formación docente de nuestro país y considerando que los mismos poseen autonomía de rango constitucional y que en el mismo proyecto en su art. 12 se establecería su alcance de la siguiente manera: “La autonomía de las Universidades e Institutos Superiores Universitarios implica fundamentalmente: 
a) Potestad para modificar sus estatutos o carta orgánica,
b) Potestad para establecer su forma y órganos de gobierno democrático según lo establecido en sus propios estatutos o carta orgánica,
c) Libertad de establecer o modificar su estructura organizacional y administrativa;
d) Potestad de crear Facultades o unidades académicas, no aplicable a los Institutos Superiores Universitarios;
e) Potestad para poner en funcionamiento sucursales y filiales previa autorización del Consejo Nacional de Educación Superior; 
f) Libertad para la apertura de nuevas carreras, y desarrollo de planes y programas de estudio, de grado y de postgrado, previa autorización del Consejo Nacional de Educación Superior; 
g) Libertad para definir y establecer las metodologías y modalidades de estudio para las carreras y programas establecidos, consecuentemente, para la modificación o cierre (de acuerdo a una reglamentación específica que proteja los intereses de los afectados) de dichas carreras o programas; 
h) Libertad para nombrar y remover a sus docentes y autoridades académicas de acuerdo a lo establecido en sus estatutos o carta orgánica, y en esta Ley; 
i) Libertad para admitir, evaluar y calificar la preparación académica de sus alumnos, así como otorgar títulos, diplomas, constancias y certificados académicos; 
j) Libertad para disponer de sus recursos.
El MEC perdería total control sobre la formación docente de nuestro país instaurándose una verdadera anarquía pedagógica.

Transferir el problema a los demás niveles educativos


Si hoy en día la Ministra de Salud se muestra preocupada por el bajo nivel de los egresados de las carreras técnicas en Salud de las Universidades e Institutos Superiores, imagínense cuando la formación docente quede a cargo de estas mismas instituciones sin ningún tipo de potestad del MEC para su control y luego a su vez esta gente sea la encargada de educar a nuestros hijos y forjar de esta manera el futuro de nuestra patria.

Los primeros reclamos

El Ministro de Educación ha realizado el reclamo correspondiente en este ámbito a lo cual toda la ciudadanía interesada en la educación de nuestros hijos debe prestar su apoyo, pues de lo contrario la educación de nuestro país se hipotecaria de manera irreversible gracias a la magnífica gestión de nuestros siempre prestos legisladores.

Ley de Educación Superior y la docencia universitaria - Publicacado en abc color el 26/08/2010

Ley de Educación Superior y la docencia universitaria

Esta en circulación el cuarto borrador del proyecto de Ley de la Educación Superior, en ella se observan algunos cambios con respecto a los 3 proyectos anteriores, no obstante aún adolece de serias deficiencias que trataremos de ir marcando.

La docencia Universitaria

El proyecto en su artículo 67 habla de los requisitos para ejercer la docencia universitaria y dice:

Para ejercer la docencia en la educación superior se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a)    Titulo de grado académico expedido por una universidad o un instituto superior universitario, para el ejercicio de la docencia en estas instituciones, y por una universidad, instituto superior universitario o instituto técnico profesional, para el ejercicio de la docencia en los institutos técnicos profesionales.

b)    Experiencia profesional comprobada de cinco años.

Como se puede observar son dos los requisitos, titulo de grado en el área a enseñar y ejercicio profesional como mínimo de 5 años, el problema es la ausencia total de instrucción pedagógica o didacta, es indiscutible lo que un profesional avezado puede contribuir en la formación de nuevos profesionales pero no se puede negar la necesidad de que estos profesionales conozcan las herramientas, estrategias y medios que otorgan la didáctica y la pedagogía para su trabajo en aula.

Una historia negativa

La historia de la docencia universitaria en nuestro país está marcada por arbitrariedades y múltiples errores cometidos por los docentes en virtud a su desconocimiento de los pasos que se siguen en el proceso enseñanza aprendizaje, evaluaciones realizadas sin los mínimos parámetros requeridos  que derivan en el aplazo de alumnos que de tener un docente con conocimientos del tema pudieran no solo haber aprobado sino aprovechado de una manera muy diferente la cátedra.

Post-grados

No se prevé la docencia en los post-grados es decir para tener una cátedra en una maestría o un doctorado solo el titulo de grado es suficiente, es decir se una persona que solo tiene un titulo de grado formara doctores, una incongruencia total.

Los demás niveles

En los demás niveles de la educación formal en nuestro país, la escolar básica y sobre todo la media es requisito para las personas que posean titulo de grado y quieran enseñar haber cursado Habilitación Pedagogica.

Institutos Técnicos Profesionales ¿Cuál será su regulación? - Publicado en abc color el 15/07/2010

Institutos Técnicos Profesionales ¿Cuál será su regulación?

En los sucesivos proyectos que se van presentando para la nueva Ley de Educación Superior se presenta una nueva concepción de los que actualmente son los Institutos Técnicos Superiores, pero lo alarmante es que no se reglamenta su funcionamiento ni se faculta a institución alguna a hacerlo.

El procedimiento actual

Los Institutos Técnicos Superiores son habilitados por el Ministerio de Educación y Cultura mediante resolución de la Dirección General de Educación Superior, asimismo las carreras que estas instituciones ofrecen deben ser aprobadas con el mismo procedimiento, en el caso de los institutos Técnicos Superiores en el área de Salud, los mismos a su vez deben cumplir con los requisitos impuestos por el Instituto Nacional de Salud.

De acuerdo al proyecto de Ley de Educación Superior

Los mismos serán habilitados por Decreto del Poder Ejecutivo, y, no se menciona ningún tipo de vínculo con el ente rector para su estudio y aprobación; y aquí es necesario preguntarse; ¿Posee el Poder Ejecutivo el equipo necesario para realizar la evaluación de los proyectos de apertura y habilitación de Institutos Técnicos Profesionales?, ¿Es el Decreto el instrumento más idóneo para realizar el procedimiento administrativo? ¿Las aperturas de los Institutos Técnicos Profesionales se darán por necesidades técnicas o intereses políticos?
¿Cuál será la instancia que ejercerá el control?

En ningún lugar del proyecto de Ley habla de cuál será la instancia que regulará las actividades de los Institutos Superiores Profesionales, si se refiere a que los mismos no poseen autonomía pero solo eso, se está cometiendo el mismo error que anteriormente se realizo con los Institutos Superiores; los mismos eran creados o reconocidos por altos intereses políticos en el congreso, si el mínimo requerimiento técnico, y, sin la intervención del Ministerio de Educación y Cultura, pero, una vez instalados pasaban a ser un gran problema para la Secretaría de Estado.

No existe necesidad de transferir la facultad de habilitación de Institutos Técnicos Superiores al Poder Ejecutivo, y, si de algo nos sirve la experiencia de lo acontecido con la Universidades y los Institutos Superiores en relación a su trato político en el congreso nacional para las respectivas creaciones, podemos vaticinar de promulgarse de esta manera el proyecto de Ley una superpoblación de Institutos Técnicos Profesionales que deambulen sin reunir los requerimientos mínimos para su funcionamiento, tanto en infraestructura como en el ámbito pedagógico y lo peor de todo sin ningún tipo de control gubernamental.