sábado, 9 de noviembre de 2013

El guaraní y la Educación Superior

El guaraní y la Educación Superior

La educación superior como lo venimos diciendo siempre no escapa a la sociedad en la cual se encuentra incertada y en nuestro caso al bilinguismo constitucional que posee nuestra nación.

Ley de Lenguas

El 7 de octubre de 2010 quedo promulgada la Ley Nº 4251 de Lenguas cuyo objeto es establecer las modalidades de utilización de las lenguas oficiales de la República, en ella establece disposiciones claras y plazos para la exigibilidad de las mimas por parte del Estado.

En este sentido establece en su art. 23 lo siguiente: “De los Titulos academicos. Los titulos academicos de todos los niveles y modalidades del sistema educativos nacional serán impresos en ambas lenguas oficiales y en un solo lado...”.

Asmismo en el art. 28 reza: “De la enseñanza en lenguas oficiales. Las lenguas oficiales serán enseñadas en las instituciones públicas y privadas que integran el sistema educativo nacional...”.

En el art. 30 dice: “De la formación del profesorado. Los centros de formación docente deberán preparar educadores bilingues, en guarani y castellano. Según las circunstancias, en su ejercicio docente, los profesores emplearan las dos lenguas oficiales como medio didactico...”.

Si bien lo citado constituyen puntos de suma importancia la tracendencia de la utilización del idioma guarani en la educación superior debe darse en una infinidad de situaciones tanto administrativas como academicas y el estamento debe promover cada una de ellas de manera a generar equidad en el idioma.

Se puede decir que los Institutos de Formación Docente son los que desde antes de la promulgación de la citada ley trabajan acertadamente el ambito y por ello experiencia y capacidad instalada que puede ser aprobechada por las demas instituciones que conforman la educación superior.

Ley de Educación Superior

La Ley de Educación Superior recientemente promulgada no menciona en ninguno de sus articulos al guaraní, siendo esto un error indiscutible. Sin embargo se puede mediante el Consejo Nacional de Educación Superior articular medidas admisnistrativas para paliar esta deficiencia.

La utilización de ambas lenguas en las universidades es necesario y de suma importancia, logos, señaletica, atención al público son solo el comienzo, en algún momento se deberian dar clases, disertaciones y seminarios en ambas lenguas.

Por ultimo es importante señalar lo que establece el art. 51 de la Ley de Lenguas que dice: “Implementación. La implementaciónde las obligaciones deribadas de la presente ley que rquieran una expresión escrita, solo serán exigibles una vez transcurridos tres años del establecimiento del alfabeto y la gramatica oficial del idioma guaraní por parte de la Academia de Lengua Guaraní...”.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

Universidades en tiempos de cambio

Universidades en tiempos de cambio

En el presente artículo transcribimos un interesante artículo del Dr. Jesús Salinas de Universidad Islas Belares de España por considerarlo de sumo interés en virtud a la coyuntura que vive nuestro ámbito universitario con la nueva Ley de Educación Superior.


Para comprender la urgencia de que las universidades se involucren en procesos de innovación docente apoyada en las TIC, pueden servir las aportaciones de Roeland In ‘t Veld de la Universidad de Utrech en la conferencia de la CRE celebrada en la Universidad de Aberdeen en 1995, que identificaba las fuentes principales de presión externa sobre las universidades europeas (CRE, 1996):

a) La voluntad de reducir la contribución financiera para el desarrollo constante de la enseñanza universitaria. EL financiamiento público tenderá a disminuir y se pedirá a las universidades que hagan más por menos.

b) Una demanda generalizada para que los estudiantes reciban las competencias necesarias para el aprendizaje continuo.

c) La comercialización del conocimiento que genera simultáneamente oportunidades para nuevos mercados, al mismo tiempo que competencias nuevas en el sector.

d) El impacto de la era de la información. La compartimentalización de los sectores profesionales, de ocio y educativo está siendo superada de tal forma que hay nuevos mercados para la universidad, pero también pierde el monopolio de la producción y la transmisión del saber.

Puede concluirse, pues, que la sociedad demanda sistemas educativos más flexibles y accesibles, menos costosos y a los que pueda incorporarse a lo largo de la vida. Para responder a estos desafíos tanto las instituciones existentes, como aquellas que están naciendo ex profeso deben revisar sus referentes actuales y promover experiencias innovadoras en el campo de los procesos de enseñanza-aprendizaje apoyados en las TIC. EL énfasis se debe hacer en la docencia, en los cambios de estrategias didácticas de los profesores, en los sistemas de comunicación y distribución de los materiales de aprendizaje, en lugar de enfatizar la disponibilidad y las potencialidades de las tecnologías.

A estas alturas, nuestro mundo académico no ha identificado todavía qué va a hacer y menos aún cuáles van a ser sus socios, ni ha valorado aún el riesgo que corre compitiendo con los otros prestatarios de servicios educativos y formativos, sobre todo en lo que se refiere a experiencias de enseñanza a distancia basadas en la red. Las universidades que están intentando situarse en el mercado de la educación y formación se están encontrando con múltiples dificultades. Unas son de orden técnico, porque las redes de telecomunicación no alcanzan en todas partes el mismo nivel de desarrollo. Otras apuntan a la capacidad de innovación de la organización (cambios administrativos, nuevas estructuras, implantación de nuevos servicios, flexibilidad del profesorado, etc..)

Dyson (1998) afirma que uno de los talentos fundamentales es la creatividad ya sea artística y/o intelectual, y que conforme el mundo se vaya moviendo cada vez más rápido, las empresas (y podríamos añadir nosotros las universidades) punteras no serán las que dispongan de las mejores tecnologías, sino aquellas en las que se dé un flujo constante de nuevas ideas y tecnologías. En las universidades el aspecto más valorado hoy en día es la investigación , y lo que hemos dado en llamar innovación puede aplaudirse, pero en muy pocos casos reconocerse. La cultura universitaria promueve la producción, la investigación en detrimento de la docencia y de los procesos de innovación en este ámbito. Y sin embargo procesos de este tipo parecen ser los que oxigenarán de alguna forma a las universidades.

La universidad suele ser definida como una institución caracterizada por la enseñanza, investigación y servicio. Esto puede traducirse en roles fundamentales como creación, preservación, integración, transmisión y aplicación del conocimiento. La evolución de la ciencia, la cultura y la sociedad combina forzosamente el respeto y la asunción de la tradición con la práctica y apuesta por la innovación. Aquellas sociedades que se aferran a la tradición se convierten en inmovilistas, y aquellas que olvidando la propia tradición científica, el propio contexto cultural solo prestan atención a las novedades, a los descubrimientos efímeros pueden seguir trayectorias erráticas.

Y ahora, que hacemos despues de la Ley?

Y ahora, que hacemos despues de la Ley?

Esa es la pregunta casi obligada de mis alumnos de la catedra de legislaciòn educativa cuando conversamos sobre la nueva Ley de Educaciòn Superior (LES), que hacemos ahora que ya esta vigente para que no se convierta como otras normativas en letra muerta y todo siga igual en el ambito.

Conformaciòn del Consejo Nacional de Educaciòn Superior – CNES

Como explicabamos en nùmeros anteriores de los 13 miembros solamente 3 no necesitan ir a elecciones, el Ministro de Educación y Cultura, El Rector de la Universidad Nacional de Asunción y el rector de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, los restantes 10 miembros se deberán definir mediante elecciones entre sus pares y en este sentido la Ley es clara en su artìculo 95 que dice: “El Ministerio de Educación y Cultura conjuntamente con el Consejo de Universidades instaurado por la Ley 136/93 serán los encargados de realizar las convocatorias respectivas para conformar e integrar el Consejo Nacional de Educación Superior en el plazo de noventa días contados desde la promulgación de la presente ley”

En este sentido el plazo establecido por Ley fenece (de considerarse dìas corridos) el 31 de octubre sin que siquiera se haya podido elegir a uno de los miembros del cuerpo colegiado.

Esto es desalentador la misma comunidad educativa que tardo en entender que era necesaria la participaciòn de todos sus actores para la redacciòn del proyecto de ley, el mismo ministerio que tardo en involucrarse para ser contrapeso academico y presentar alternativas se ha vuelto a estancar, es comprendible que en un universo tan grande y con tantos conflictos como los es actualmente el universo de la educaciòn en nuestro paìs algunos puntos pasen a segundo plano, sin embargo recordemos todo lo que costo, lo que se trabajo para poder promulgar esta Ley y en ese sentido es altamente riesgoso que no se cumplan los plazos pues inevitablemente aparece la sombra del tradicional oparei sobrevolando la escena.

Iniciar los procesos

Si bien ya es imposible cumplir con los plazos establecidos sera una buena señal iniciar los procesos de selecciòn en la brebedad posible y si se puede antes del 31 de octubre para asi demostrar que el empuje que se tenia para la elaboraciòn de la LES sigue vigente y que los actores que participaron en ella no permitiran que su cumplimiento caiga en el olvido.

Estamentos que deben acudir a elecciones para integrar el Consejo Nacional de Educaciòn Supeiror

    Un rector representante de la universidad  pública.

    Un rector representante de la universidad privada.

    Un miembro del Consejo Nacional de Educación y Cultura.

    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector público.

    Un Director General representante de los Institutos Superiores del sector privado.

    Un catedrático por las universidades públicas.

    Un catedrático por las universidades privadas.

    Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

    Un representante estudiantil de las universidades públicas.

    Un representante estudiantil de las universidades privadas.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

miércoles, 18 de septiembre de 2013

Concursos en la Educación Superior

Concursos en la Educación Superior

Con la asunción del nuevo gobierno se escucha hablar constantemente del acceso a la función pública por medio de los concursos públicos de oposición, en realidad esto en materia de educación se encuentra instalado y con una experiencia considerable que lleva más de 10 años de su implantación, sin embargo se da en otros niveles y no en la educación superior.

Definición del concurso

El Manual para la Concursabilidad de la Secretaria de la Función Publica define al concurso de la siguiente manera: “El Concurso es el proceso destinado a seleccionar a la persona más idónea para un cargo determinado, en base a la valoración y acreditación del mérito, la experiencia y los conocimientos, utilizando herramientas técnicas, objetivas y transparentes, que provean de valores cuantificables y comparables”.

En las instituciones de gestión oficial adquieren la forma de concurso “públicos de oposición”, garantizan el cumplimiento en la práctica del principio de igualdad para el acceso a cargos públicos establecido en la Constitución Nacional en el artículo 47, concordante con el artículo 13 de la Ley Nº 1.626/2.000 “De la Función Pública”.

Legalidad y legitimidad para ejercer

El acceso a la catedra por medio del concurso a más de posibilitar que los profesionales mejor preparados y medidos mediante criterios y juicios de valor puedan ejercer en las mismas otorga legalidad y legitimidad a los mismos y los posiciona frente a los educandos con solides ética. Asimismo otorga al titular de la catedra estabilidad indiscutida frente a la misma.

Ley de Educación Superior

La misma establece en su artículo 41 lo siguiente: “Para incorporarse como profesor de tiempo completo, el postulante deberá someterse a un concurso público de oposición, en el que se valorará, preferentemente, la producción científica del docente, el grado de actualización de sus conocimientos, su experiencia profesional, su formación y su experiencia como docente universitario. Cada institución realizará la evaluación conforme a sus estatutos”, asimismo en su artículo 42 reza lo siguiente: “Los profesionales que quisieran combinar el ejercicio de la docencia superior con el ejercicio profesional podrán hacerlo también, en calidad de profesores contratados. En tal caso, no será necesario someterse a concurso público de oposición para ser contratados...”, por ultimo establece en su artículo 43 el porcentaje mínimo de profesores a tiempo completo y el plazo de la siguiente manera: “Un mínimo de (treinta) 30% respecto del total del plantel docente de cada una de las instituciones de educación superior, debe ser conformado por profesores de tiempo completo. El proceso podrá realizarse de manera gradual, considerando como plazo máximo para cumplir con el requisito exigido un período de tres años a partir de la promulgación de la presente ley”.

Conforme a lo expresado las instituciones de educación superior deben cuanto antes iniciar los procesos respectivos para poder cumplir con el porcentaje mínimo establecido en el plazo fijado y de esta manera otorgar legalidad y legitimidad a sus educadores.

Fuente: Manual de Concursabilidad de la Secretaria de la Función Pública.

miércoles, 28 de agosto de 2013

La huelga y el ingreso 2014 al ámbito universitario

La huelga y el ingreso 2014 al ámbito universitario

Conforme transcurren los días y se prolonga la huelga docente en nuestro país se pierden días de clases que afectaran directamente a los que en el 2014 deberán afrontar una dura evaluación en clara desventaja con aquellos que tienen clases con normalidad.

Clases que no se recuperaran

Al momento de escribir este artículo se cumplen aproximadamente 50 días sin clases de los alumnos de escuelas públicas afectadas por la huelga docente que llevan adelante algunos gremios en nuestro país, sin realizar juicios de valor sobre la pertinencia de la medida de fuerza o su legalidad podemos si estar de acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Educación y Cultura en cuanto a que los días perdidos y las competencias no adquiridas ya no se recuperaran en este año lectivo y que esto afectara considerablemente el desarrollo de contenidos en el 2014, pero esto se agrava cuando consideramos la situación de los estudiantes del 3º de la media quienes terminando el ciclo se aprestan a encarar las duras evaluaciones competitivas para tentar un lugar dentro de una universidad.

Una variable más en contra 

En condiciones normales en gran porcentaje los estudiantes que egresan de los colegios de gestión  pública (afectados directamente por la medida de fuerza) y se aprestan a ser evaluados en los exámenes de ingreso parten en condiciones desventajosas con respecto a egresados de instituciones educativas de gestión privada y no por la calidad educativa de las instituciones de referencia que es algo más bien subjetivo y que varía de una institución a otra sino más bien por las condiciones personales y familiares de los egresados, en la mayoría de los casos los mismos no pudieron y no pueden acceder a la totalidad de los libros de texto tanto en el nivel medio como para prepararse para el ingreso o ya tienen que trabajar para poder ayudar a llevar el pan a la casa, por ello esta situación no hace otra cosa que agrandar la brecha ya existente en nuestra sociedad y golpea a aquellos quienes más esperanzados están y que más necesitan de la educación para poder mejorar la calidad de vida propia y de sus familias.

Universidades

La universidad como lo venimos diciendo en artículos anteriores no debe ser una isla dentro de la sociedad en la cual esta insertada por ello y sobre todo las universidades de gestión pública deben plantear estrategias pedagógicas y administrativas que contemplen esta situación y puedan ayudar a que los chicos quienes no tienen nada que ver en el conflicto suscitado no terminen siendo aquellos que paguen los platos rotos por otros. 

Asimismo sería importante que desde el estado se implementen medidas que obliguen a las instituciones de educación superior a tener en cuenta esta variable y no dejar al arbitrio y discrecionalidad de los consejos administrativos esta decisión, eso sí, siempre respetando la autonomía constitucional de las universidades.

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.peco@gmail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

sábado, 24 de agosto de 2013

Violencia y Acoso escolar

Violencia y Acoso escolar

El Ministerio de Educación y Cultura aprobó por Resolución Nº 8.353 el “Protocolo de atención en instituciones educativas para casos de violencia entre pares y/o acoso escolar” del cual por considerarlo de suma importancia extraemos algunos conceptos.


Medidas de prevención contra la violencia y el acoso escolar

Las medidas de prevención se pueden dar en la institución educativa, el aula y la familia.
Medidas que pueden tomarse en la institución educativa

a)    Concienciación ante la violencia y el acoso escolar. La medida preventiva general para la institución educativa es la toma de conciencia de todos sus actores. Como medida de sensibilización, se pueden organizar desde la institución educativa, reuniones con los diferentes miembros de la comunidad educativa que permitan profundizar en la problemática de la violencia y acoso escolar.

b)    Información y sensibilización hacia la detección temprana. Investigaciones sobre la violencia y el acoso confirman que la detección temprana facilita la intervención y disminuye la gravedad de las consecuencias que sufren los alumnos afectados.

c)    Definir un protocolo de prevención para los casos de violencia y acoso escolar. Un protocolo institucional va a permitir una prevención sistemática  y globalizada, a partir de un modelo de actuación, delimitando las responsabilidades de los diferentes actores educativos y los recursos necesarios para su puesta en práctica.

d)    Desarrollar e incrementar las líneas de prevención de la violencia y acoso escolar en la acción curricular. La propuesta en este ámbito consiste en incluir, organizar y desarrollar contenidos que fomenten la convivencia social y pacífica en forma transversal a lo largo de los programas curriculares de todos los ciclos y niveles.

Medidas preventivas en el aula

a)    Implementación de cuestionarios de detección de violencia o acoso escolar. En muchas ocasiones cuando se toma conocimiento de la situación de violencia o acoso escolar, las conductas de agresión y victimización llevan demasiado tiempo asentadas. Un instrumento fundamental para la identificación lo constituyen las fichas de detección de violencia o acoso escolar, cuestionarios, escalas, etc.

b)    Reglas en la clase contra la violencia y el acoso escolar. Disponer de unas normas sencillas contra la violencia y el acoso escolar es importante para crear un buen clima en el aula en particular y en la institución educativa en general. Se trata de establecer normas específicas contra toda forma de violencia que complementen las normas de conducta general.

c)    Sesiones de trabajo en el aula contra la violencia y el acoso escolar. Después de establecidas las normas para prevenir la violencia y el acoso escolar entre pares, se puede continuar profundizando el tema.


Sesiones de trabajo en el aula contra la violencia y el acoso escolar

c.1)    Trabajo en grupo. El trabajo en grupo estimula la comunicación y la participación. La mayoría de los alumnos que aprenden en grupo mejoran su aprendizaje, se aceptan, se muestran más colaboradores y desarrollan menos prejuicios hacia los demás.

c.2)    Resolución de conflictos. Se pretende que los alumnos aprendan a definir los conflictos, indagando en sus implicaciones personales y sociales. Estas actividades sirven para la reflexión y son una de las formas mas adecuadas de actuar para lograr un clima afectivo positivo.
c.3)    Debates. Se podrían plantear cuestiones de este tipo:

-    ¿Que podríamos hacer para que la convivencia en la institución educativa sea agradable?
-    ¿Cómo podemos evitar las conductas agresivas? En el patio, en la clase, en los pasillos y baños, en el comedor y fuera de la institución.
-    ¿Qué podemos hacer para que las victimas rompan su silencio y cuenten a alguien lo que les pasa?
-    ¿Qué deberían hacer los profesores y demás adultos cuando un compañero esta siendo agredido? Medidas tanto para el agresor como para la victima.
-    ¿Qué pueden hacer los compañeros?
-    ¿Qué podes hacer vos?

c.4)    Actividades de discusión a través de textos. Analizar la situación de violencia y acoso a través de textos. Se pueden plantear aspectos relacionados con las actitudes y valores de nuestra sociedad que favorezcan el intercambio de ideas y el debate.

c.5)    Utilizar documentos audiovisuales. Son muy eficaces para desarrollar la igualdad y prevenir la violencia, como complemento junto a otros instrumentos. Sus ventajas son: favorecer que valoren en profundidad la información, son mas fáciles de compartir por el conjunto de la clase, llegan a aquellos alumnos que tienen dificultades para entender a otros tipos de información y logran un mayor impacto emocional, activando la empatía.

c.6)    Las tareas en que los alumnos hacen de expertos. Se les pide a los alumnos que ejerzan de adultos, como expertos de diversas aéreas (política, sociología…) para la elaboración de la declaración de los derechos humanos sobre diversos temas. Esta actividad los pone en el papel de defender la igualdad.

d)    Actividades lúdicas que faciliten la participación de todos los alumnos. Fomentar un sentimiento de solidaridad permite contrarrestar el efecto de los agresores, sobre todo si se incide en la integración de los alumnos aislados.

Medidas preventivas con las familias

Las familias deben saber que es la violencia y el acoso escolar y explicar a sus hijos que la violencia en cualquiera de sus formas es inaceptable.

Es importante crear actitudes comunes tanto en el personal escolar como en las familias. Conseguir buenos resultados dependerá del grado de información y comunicación entre profesores y familias. Si todos reaccionamos de modo similar, los buenos resultados aumentaran considerablemente.


Por este medio quiero agradecer a la Dra. Verónica Arguello Cañiza, Directora de Protección y Promoción de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del MEC por acercarme una copia del protocolo citado.

Fuente: Resolución MEC Nº 8.353 “Protocolo de atención en instituciones educativas para casos de violencia entre pares y/o acoso escolar”.

sábado, 10 de agosto de 2013

Proteger a las nuevas instituciones de la educación superior

Proteger a las nuevas instituciones de la educación superior

Unos días atrás me toco exponer en una universidad sobre la nueva Ley de Educación Superior, en la misma había un auditorio que mayoritariamente expresaba su desconfianza con la aplicación de la nueva normativa y sobre todo la creencia que las nuevas instituciones creadas por esta tendrían el mismo derrotero que las creadas por la Constitución nacional de 1992.

Efectivamente las preocupaciones de varios de los actores del ámbito universitario es que organismos como el Consejo Nacional de Educación Superior terminen adquiriendo los mismos vicios que motivaron su creación.

Representantes

El Consejo Nacional de Educación Superior cuenta con 13 miembros de los cuales solamente 3 no necesitan ir a elecciones, el Ministro de Educación y Cultura, El Rector de la Universidad Nacional de Asunción y el rector de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, los restantes 10 miembros se deberán definir mediante elecciones entre sus pares.

La nueva normativa establece que serán el Ministerio de Educación y Cultura en conjunto con el Consejo de Universidades instaurado por la ley 136/93 los encargados de realizar las convocatorias respectivas para conformar e integrar el Consejo Nacional de Educación Superior y emplaza a los mismos a llevar adelante el proceso en el perentorio plazo de 90 días a partir de la promulgación de la Ley, plazo que vence (en caso de considerarse días corridos) el 31 de octubre.

Al momento de escribir estas líneas han transcurrido siete días de su promulgación y en 6 días mas asume un nuevo gobierno con lo que las nuevas autoridades que asumen en el Ministerio de Educación y Cultura deberán priorizar lo establecido por la normativa y encarar las diferentes convocatorias para integrar el consejo.

Elecciones limpias y transparentes

Es indispensable que aquellos que resulten elegidos para ser miembros del Consejo Nacional de Educación Superior provengan de procesos eleccionarios limpios y transparentes que otorguen plena legalidad y legitimidad a los mismos para ejercer la representación de sus pares.

Procesos sistémicos

Es importante que los plazos establecidos para la conformación del Consejo Nacional de Educación Superior  se cumplan no solo por la obligatoriedad de la norma sino también porque existen otros procesos dentro de la normativa que se verán seriamente afectados con el incumplimiento de plazos, procesos en los cuales el Consejo Nacional de Educación Superior es el órgano contralor del cumplimento de las exigencias de la normativa.

A tener en cuenta

-    Las Instituciones de Educación Superior, en funcionamiento tendrán un plazo de dos años para realizar las adecuaciones a las exigencias de esta normativa y las que establezca el Consejo Nacional de Educación Superior. El plazo vence el 2 de agosto de 2015.

-    A partir de los cinco años de la promulgación, todas las universidades e institutos superiores deberán contar con un mínimo de diez por ciento (10%) de profesores con título de magíster del plantel docente y tres por ciento (3%) con título de postgrado de doctor y a partir de los diez años de la promulgación de la presente ley, con un mínimo de quince por ciento (15%) de profesores con título de magíster y cinco por ciento (5%) con título de postgrado de doctor; mientras que a partir de los quince años de la promulgación de la presente ley, deberán contar con un mínimo de veinte por ciento (20%) de profesores con título de magíster y siete por ciento (7%) con título de postgrado de doctor.

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martes, 30 de julio de 2013

Becas en el extranjero

Becas en el extranjero

La posibilidad de estudiar en el extranjero mediante una beca esta vigente hoy más que nunca, carreras de todas las áreas brindan la oportunidad de prepararse para ser un profesional de primer nivel.

En lo posible es importante barajar las opciones con tiempo de antelación de manera a informarse correctamente de los requisitos, condiciones y beneficios que ofrece la beca, asimismo el rendimiento académico mínimo que se debe tener.

Verificar la posible homologación.


Recordemos que la homologación es el acto administrativo mediante el cual se contrasta el cumplimiento de determinadas especificaciones contenidas en el programa de estudios de origen con el de destino y de esta manera verificar el cumplimiento de las exigencias legales para poder habilitar para el ejercicio de la profesión.

Es asi que al retornar de estudiar en el extranjero y en especial si es de una carrera de grado es obligatorio el tramite de la homologación, por ello es recomendable viajar mediante convenios con el gobierno o las universidades para luego no tener problemas, en caso de no ser asi es recomendable acudir al Ministerio de Educación y Cultura o a la Universidad Nacional de Asunción para recabar la información necesaria. Un ejemplo palpable de las dificultades que se pueden presentar es la situación que se dio y se da con los compatriotas que viajan a Cuba a estudiar medicina y los problemas que se dieron con la UNA.

Algunos de los documentos que con más frecuencia se requieren para acceder a las diferentes becas:

•    Un Original mas 2 Copias del Formulario de Solicitud de Becas
•    Dos Fotografías Tipo Carnet
•    Dos Copias del Titulo
•    Dos Copias del Certificado de Estudios
•    Un Curriculum Vitae
•    Dos cartas de recomendación
•    Certificado de nacimiento
•    Una Fotocopia de Pasaporte
•    Breve Exposición de las razones que motivan la solicitud
•    Un Certificado Medico del M.S.P.Y B.S. (en algunos casos)
•    Un Certificado de Idioma ( en algunos casos)

Más información

Para obtener mas información los interesados pueden acudir a la Secretaria Técnica de Planificación sito en Estrella y 14 de Mayo, teléfono 494 – 190, visitar la pagina web www.stp.gov.py, o escribir un mail al correo electrónico becas@stp.gov.py, asimismo en el Ministerio de Educación y Cultura sito en Estrella casi Alberdi, mucha suerte.

jueves, 25 de julio de 2013

Universidad y país

Universidad y país

Toda institución de educación superior debe integrarse a la sociedad en la que está instalada y en especial la universidad quien por su misión y fines debe responder a las necesidades y demandas de la misma.


Integra el sistema educativo nacional

En primer punto es importante señalar que la universidad y todo la educación superior pertenecen al sistema formal de la educación paraguaya por ello sus planes y programas deben estar en consonancia con los planes y programas de la educación nacional, si bien la autonomía proporciona a estas instituciones la posibilidad de sumergirse de la manera más libre en la gestión y producción del conocimiento los mismos deben ser enfocados con una visión país.

Responder a las necesidades

La universidad no puede constituirse en una isla dentro de la sociedad en la cual está instalada, más aun cuando en todo el mundo se maneja el concepto de la educación superior como bien público y por ende costeado por la sociedad. Los planes, programas y proyectos de la institución educativa deben ir enfocados a la solución de los problemas acuciantes que sufre nuestra sociedad, la universidad debe convertirse en la instancia a la cual acude la sociedad para que mediante la investigación y la ciencia se solucione los problemas que la aquejan.

Rol del Estado

En este sentido es innegable el avance que significara la nueva Ley de Educación Superior al respecto, sin embargo el mismo no se agota con la promulgación de la citada Ley, se necesita que el estado defina cuáles serán las necesidades del país de hoy a 20, 30 o 50 años de manera a que el ámbito universitario pueda prepararse en invertir y una vez llegado el momento nos encuentre preparados para el desafío, hoy día vemos que nuestro sistema de educación superior publico inexplicablemente ofrece plazas infinitamente superiores en ramas como derecho o contables a profesiones que son altamente necesarias como medicina, veterinaria, etc., muchas veces se ensaya una explicación a esto diciendo que la infraestructura para aumentar la plazas en las carreras mencionadas no se posee, pues bien que se invierta lo necesario y que de aquí a 20, 30 o 50 años esto se revierta y la universidad provea a la sociedad de los profesionalesen las áreas que necesita y en la justa medida que los necesita.

La ley no solucionara todos los problemas

Necesariamente luego de promulgada la Ley deberá iniciarse la tan anhelada reforma, lo que se logró mediante las reuniones, foros, disertaciones y discusiones en torno a la redacción de la citada norma no debe interrumpirse se deben mantener los espacios de participación ciudadana modificando los temas de discusión y encarando de una vez por todas los diferentes problemas que aquejan al ámbito universitario de manera a encontrar soluciones consensuadas y dirigidas a mejorar el país que tenemos.

Cualquier duda o consulta puede dirigirse al correo cg.peco@gmail.com o al blog

Extensión Universitaria

Extensión Universitaria

En nuestro país se torna difícil entender que es la extensión universitaria y más difícil aún visualizar dicha función universitaria en instituciones del nivel.


Finalidad constitucional

La Constitución Nacional en su artículo 79, primer párrafo establece tres finalidades de las Universidades y los Institutos Superiores:

a)    La formación Profesional Superior.
b)    La investigación científica.
c)    La extensión Universitaria.

El Padre Jesús Montero Tirado en su libro “Reforma de la Educación Superior – Reflexiones y sugerencias” la define de la siguiente manera: “…no es otra cosa que la extensión de la presencia de la universidad (o institución afín) en la sociedad…”.

Una vez definido el concepto la interrogante que persiste es como implementar la extensión universitaria en nuestra sociedad, existen ejemplos de instituciones que hacen beneficencia para con los necesitados, otros realizan actividades culturales como festivales artísticos, exposiciones, etc, no coincidimos con estas actividades aunque si bien son paliativas no generan lo que se espera de la extensión universitaria.

Entendida la educación superior como un bien público en virtud a que forma a las personas que alcanzarán las posiciones de mayor responsabilidad en la sociedad y sus decisiones en todas las áreas de actividad y en todas las profesiones pueden llevarse a cabo desde aproximaciones que pueden tener un impacto positivo como negativo para la sociedad, por ello tiene un papel fundamental y tiene una responsabilidad con respecto a los contenidos curriculares, así como la ética y los valores que transmite a los ciudadanos del mañana, la institución universitaria y en especial las universidades públicas tienen la obligación moral de retornar a la sociedad en la cual se encuentran todo la inversión que esta realiza y la mejor manera para ello es utilizando lo que mejor maneja el ámbito universitario, el conocimiento.

Pareciera un contrasentido que se hable de extensión universitaria pues la universidad no puede estar abstracta de la sociedad en la que funciona, no puede manejarse como una isla y no ser funcional a las necesidades que la rodean, debe involucrarse para entender y con ello proponer alternativas de solución provenientes de la ciencia para los diferentes problemas que aquejan a los ciudadanos y conforme a como esto se desarrolle exitosamente justificara en parte su existencia.

La extensión universitaria como el enlace entre la universidad y la sociedad

El punto de encuentro para que los ciudadanos obtengan respuestas en la universidad y para que los miembros del ámbito universitario visualicen nuevos desafíos, pongan en práctica los conocimientos adquiridos y porque no generen nuevo conocimiento es la extensión universitaria.

No es suficiente que la Universidad esté abierta al medio social, no alcanza con ofrecer lo que se sabe hacer, ni siquiera hacer lo que le demandan; hoy la Universidad debe hacer lo que es necesario y es necesario salir y formar parte. Y la Extensión Universitaria claramente puede ser su herramienta principal.

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