lunes, 13 de octubre de 2014

Venta de títulos

Venta de títulos

Al momento de escribir estas líneas se ha desatado mediante una investigación periodística un verdadero terremoto en la educación superior mediante la comprobación de la existencia de instituciones dedicadas a la venta directa de títulos.

Consejo Nacional de Educación Superior (CONES)

Este consejo instalado mediante la Ley 4995/13 De Educación Superior posee todas las facultades para intervenir y hasta clausurar cualquier institución del subnivel de la educación superior si así lo considerare pertinente.


El articulo 9° de la citada ley es claro y dice: “…    Son funciones del Consejo Nacional de Educación Superior: … g) Intervenir las universidades e institutos  superiores, con el acuerdo de dos tercios de la totalidad de los miembros presentes, conforme a las causales establecidas en la ley; h) Clausurar las filiales y carreras de las universidades e institutos superiores, por resolución de la mayoría absoluta de dos tercios de sus miembros, previa comprobación, en debido proceso, de las causas alegadas y, por mayoría de las cuatro quintas partes del total de sus miembros, clausurar las universidades e institutos superiores, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para la clausura de las filiales o carreras…”.

La pregunta que surge es si el CONES esta en condiciones de asumir el rol que le otorga la ley, en primera instancia y con respecto al caso en concreto la respuesta es clara, el CONES esta en perfectas condiciones de asumir su papel, ahora bien ¿que pasara si las denuncias de este tipo se incrementan y la necesidad de realizar intervenciones se multiplican? Y ahí la respuesta no resulta tan clara, la instancia es nueva, se constituyo en el 2014, aún carece de presupuesto propio y depende en exceso del MEC, por ello es importante fortalecerlo, otorgarle presupuesto y recursos humanos capacitados para encarar tan importante tarea.

Equidad en el tratamiento

Es importante cuando se destapan cuestiones tan penosas como las acontecidas que los organismos del estado encargados de reaccionar y corregir lo que este mal lo hagan de manera parecida en todos los casos.

Paralelamente al caso descubierto sobre compra directa de títulos en un Instituto Superior salieron a la luz casos de compra de notas en una prestigiosa universidad, sin embargo la misma no ha sido intervenida y no se avizora ningún tipo de acción al respecto. Sin realizar ningún juicio de valor seria importante que las acciones del cuerpo colegiado (CONES) se realicen con equidad de manera a evitar todo tipo de posibles cuestionamientos al mismo por parte de la ciudadanía y por supuesto de los afectados.

Fuente: Ley 4995/19 “De Educación Superior”.

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