martes, 18 de junio de 2013

Arbitrariedades administrativas

Arbitrariedades administrativas

¿Hasta donde llega la facultad que otorga la autonomía universitaria a las instituciones de educación superior, pueden hacer lo que quieran y el estado no puede o no debe intervenir? ¿Cuál es el límite para que los usuarios puedan reclamar sus derechos?

Las historias urbanas que se tejen alrededor de las arbitrariedades administrativas que se realizan en la mayoría de las universidades son numerosas y en muchos de los casos aquel que cuenta  la anécdota lo hace resignado en virtud a que no hay nada que se pueda hacer en contra de ello.

Requisitos inverosímiles

Para matricularse a un curso o inscribirse a un examen o sencillamente realizar cualquier trámite menor dentro de la institución en muchos casos se tropieza con requisitos impensables y que son pensados exclusivamente a los efectos de recaudar. Uno de los ejemplos más claros de esto se da en la Dirección General de Postgrado  de una universidad en donde para matricularse a cualquiera de los postgrados que allí se imparten entre otros requisitos piden que la copia diploma de grado este legalizado por su mismo Rectorado, o así también una constancia expedida por la facultad donde conste el nombre de la carrera y la carga horaria inclusive para los egresados de sus propias facultades y aquí es donde surgen las preguntas ¿el rectorado puede legalizar una simple fotocopia? ¿Desconoce la carga horaria de sus propias unidades pedagógicas? Esto es semejante a cuando en la administración de justicia se pide antecedentes judiciales a sus funcionarios o en el MEC certificado de trabajo a los docentes.

El diploma

Los costos son superiores a lo que uno imagina mientras cursa la carrera, asimismo en algunas instituciones privadas las cuotas y aranceles de los últimos años suben de precio exponencialmente, pareciera que la universidad aprovecha la cercanía de la finalización de la carrera del estudiante y su renuencia al abandono para acertarle un último golpe a su economía. 

El tiempo que transcurre entre la solicitud de elaboración del diploma y la entrega del mismo es interminable, la lista de excusas que ensaya el personal administrativo de las instituciones es increíble, meses y meses para poder obtener el título habilitante.

Luego de estas consideraciones es importante recordar lo que decía La Comisión por la Reforma de la Educación Superior en el año 2006 el documento Paraguay: Universidad 2020 “… sería erróneo dar cabida a una posición que abone por la autonomía absoluta o total de la universidad con respecto al estado nacional. El “autonomismo” entendido como tal una completa desvinculación del sistema universitario del Estado nacional, es insostenible por varias razones, y hoy día ese punto está fuera de discusión en los centros más desarrollados del mundo. La educación superior, como los demás niveles educativos, debe ser considerada un servicio público del Estado debe preservar y contribuir de manera que disponga de las mejores condiciones para cumplir con sus funciones específicas…”.  

Cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.pecomail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.

martes, 11 de junio de 2013

Cursos a distancia con Plataforma digital

Cursos a distancia con Plataforma digital

En números anteriores hemos hablado de la educación a distancia o e-learning realizando una comparaciones entre legislaciones de diferentes países latinoamericanos y la nuestra, en esta edición hablaremos sobre los Requisitos para la habilitación de cursos a distancia con plataformas virtuales certificado que posee el MEC desde abril de 2013.

Requisitos

Infraestructura y Equipamiento.

- Contar con servidor propio o contratado, prever el mantenimiento, el soporte técnico, condiciones de seguridad y el funcionamiento. En caso de tercerisar alojamiento del servidor, contemplar un contrato cuya duración mínima no podrá ser inferior al desarrollo del curso.

- Plataforma instalada y en funcionamiento.

- Conexión a internet con un ancho de banda acorde al requerimiento del curso.

- En caso de cursos semipresenciales contar con: a) Sala infopedagogica; b)Equipos informáticos según cantidad matriculados en curso; c) Conexión a internet para todos los participantes.

Recursos Humanos

- Designar: Coordinador Pedagógico, Administrador de la plataforma, Elaborador de contenido, Tutores, con los siguientes perfiles:

 Coordinador Pedagógico: titulo de grado del area de conocimiento, habilidades informáticas (internet, plataforma educativa virtual, correo electrónico, otros)

 Administrador de la plataforma: titulo de grado en informática, conocimiento en administración de plataformas virtuales y soporte técnico.

Elaborador de contenido: Formación y/o experiencia en la elaboración de contenidos para ambientes virtuales

Profesor/Tutor: titulo de grado a fin al modulo a dictar, experiencia en docencia, contar con habilitación pedagógica, habilidades informáticas (internet, plataforma educativa virtual, correo electrónico), con formación y/o experiencia en tutoría virtual.

 -Acompañar con el compromiso de trabajo personal involucrado en el curso.

Pedagógicas

Cada institución deberá presentar un proyecto para la habilitación de los cursos a distancia con plataforma virtual conteniendo los siguientes elementos:

- Identificación de la institución.

- Fundamentación de la propuesta y objetivos de la misma.

- Diseño instruccional y guía docente.

- Carga horaria total, según la naturaleza del curso solicitado.

Las actividades contempladas en el curso a ser realizadas a distancia serán analizadas según la guía docente.
El cálculo de las horas de dedicación a las actividades no podrá acceder las 20 horas semanales.

- Certificado a ser otorgado, según la naturaleza del curso.

- Perfil de ingreso de los alumnos en base al curso ofertado

Antecedentes académicos de acuerdo a la naturaleza del curso y manejo de herramientas informáticas básicas e internet.

- Perfil de egreso de los alumnos en base al curso ofertado.

- Proporcionar acceso a la plataforma a través de usuario y contraseña, rol invitado a fines de verificación

- Los cursos serna habilitados por una cohorte.

Aprobación e implementación de los cursos


Las instituciones deberán reunir las condiciones necesarias para impartir cursos a distancia según los requisitos establecidos y no podrán habilitar la matriculación de alumnos interesados antes de contar con la resolución correspondiente.

Verificación

En caso de necesidad, se realizara una vista de verificación técnica.

Periodo de presentación de solicitudes

La presentación de solicitudes podrá realizarse durante el año.

Cada proyecto deberá ser presentado con 60 días de anticipación al curso solicitado.

Documentaciones a ser presentadas

1.- Nota dirigida a la Dirección General de Instituciones de Formación Profesional de Tercer Nivel, solicitando la habilitación del curso, con sello, firma y aclaración del responsable de la institución solicitante. Especificar en la nota la contraseña y usuario para acceder al curso solicitado, con rol de invitado a fin de verificar la plataforma instalada y en funcionamiento.

2.- Copia autenticada por escribanía del documento de creación, habilitación o apertura de la institución según su naturaleza.

3.- Presentar curriculum vitae original, firmado y adjuntar copia autenticada por escribanía de documentos respaldatorios de los recursos humanos, teniendo en cuenta los perfiles definidos.

4.- Carta compromiso de trabajo original y firmado, del personal involucrado en el curso.

5.- Proyecto de habilitación de los cursos a distancia con plataforma virtual conteniendo los elementos citados en los requisitos.

6.- Copia autenticada de la factura de compra del servidor, en caso de ser propio, en caso de contar con un servidor externo presentar copia autenticada del contrato de arrendamiento del servicio, por el tiempo que dure el desarrollo del curso, especificando que la conexión a internet debe contar  con un ancho de banda mínimo de 3 megas o un ancho de banda acorde a la cantidad de usuarios.

Fuente: Resolución DGIFPTN - VES del 16 de abril de 2013

Por este medio quiero agradecer a la Lic. Lorena Alonso quien gentilmente me acerco el documento que comparto con ustedes y recuerden cualquier consulta pueden dirigirse al e-mail cg.peco@gmail.com o al blog http://christiangodoysilveira.blogspot.com/.