viernes, 25 de mayo de 2012

La Educación Superior en la Ley General de Educación

La Educación Superior en la Ley General de Educación

Es importante recordar los principios que establece la normativa con respecto a la Educación Superior para así tener claridad en cuanto a los derechos y obligaciones de las partes.

Principios fundamentales

En lo que respecta a los principios fundamentales relacionados con la educación en general y con la de carácter universitario en particular, la Ley General de Educación introduce algunos principios de singular relevancia, apoyado en el art. 76 de la Constitución Nacional, que establece: “La organización del sistema educativo es responsabilidad del Estado…”.

La relevancia del precepto constitucional antes indicado adquiere una gran actualidad a la luz del debate abierto que se viene dando con respecto a las funciones del Estado en la Educación Superior.

La tendencia a la privatización impulsada por las corrientes que privilegian los intereses y demandas de la competitividad del mercado, ha puesto en serio cuestionamiento la intervención del Estado, principalmente como regulador de la enseñanza superior y la investigación científica. Experiencias como la de México, en la que se impuso como paradigma la alianza Universidad-Empresa, obligan a una disposición de alerta con respecto a sus implicancias. Aun más, eso ha llevado a ubicar los temas de legitimidad de la presencia del Estado y de la consideración de la educación como un bien social y no como un bien transable, que se incluye en las normas internacionales de comercio como una simple mercancía, en un lugar central en el debate actual sobre la reforma educativa.

Papel central del Estado

En ese orden, la Ley General de Educación ha reafirmado el papel central del Estado en el proceso educativo al establecer en su art. 53: “La universidades públicas y privadas, así como las instituciones superiores de enseñanza, son parte del sistema nacional de educación” y “Su funcionamiento se adecuara a lo dispuesto en la legislación pertinente”.

Fuente: Paraguay: Universidad 2020.”Documento de discusión sobre la reforma de la educación superior” 2006.

miércoles, 23 de mayo de 2012

La evaluación universitaria

La evaluación universitaria

En la universidad del éxito se mide en términos de graduación, estrategia que reafirma un vinculo entre profesión como practica y el conocimiento como currículo, lo que significa, de algún modo, que la universidad y sus profesores no tienen otros elementos más que la graduación para demostrar  que la excelencia es un atributo que se desprende del conocimiento que se exige. Por lo tanto, la experiencia de “buen o mal” alumno es una vivencia que se desmerece cuando la calificación como acreditación le sale al cruce.

“Las notas que me han dado no son nada malas, un solo insuficiente (un 5 en álgebra) y por lo demás todos 7, dos 8 y dos 6 (…) calculo que la cuarta parte de mis compañeros de clase deberán repetir cursos, por lo zoquetes que son, pero como los profesores son gente muy caprichosa, quien sabe si ahora, a modo de excepción, no les da por repartir buenas notas”. Ana Frank, El diario de Ana Frank*.

Competencias del evaluador

“Cual competente es de todas maneras, el crítico competente? Supongamos que una obra de arte profundamente original llega a él, ¿Cómo la juzgara? Comparándola con las obras de arte pasado. Si la obra es original, de todas maneras se apartara en algo – y cuanto más original, mas se apartara- de las obras de arte del pasado. En la medida en que hace eso, no parecerá conformarse al canon estético que el crítico ha establecido en su mente”. Fernando Pessoa, Estrato y la búsqueda de la inmortalidad*.

Una práctica socialmente vinculante

En los sistemas formales de acreditación de conocimientos socialmente validos, la evaluación es una práctica socialmente vinculante, ya que pone en juego mecanismos públicos de acreditación, bajo la forma de aceptación/éxito o rechazo/fracaso. Se puede afirmar que estos mecanismos tienen toda una serie de procesos constitutivos anteriores al acto mismo, que, a través de un camino de acumulación consiente y/o inconsciente, conducen a diferentes estrategias de evaluación que se mueven entre lo “aceptable en lo medible” y lo “valorable en lo deseable”.

Lo “aceptable” son los modos en que el docente incorpora el currículo y todas las formas institucionales que permiten que la propuesta de enseñanza y de aprendizaje se lleve a cabo (contenidos, formas de organización del tiempo, secuenciación, organización institucional, cumplimiento de horarios, tipo de contratos con los alumnos, reglamentos, etc. Por su parte lo “valorable” es todo aquello que conduce a lo que podríamos llamar una identidad profesional, fabricada en torno a unas concepciones y unas prácticas de la profesión.

Fuente: Las referencias bibliográficas de los autores cuya cita acompañamos con asterisco se encuentran en el libro El examen en la Universidad. Raúl Nicolás Muriete. Editorial Biblos. 2007.

viernes, 18 de mayo de 2012

Financiación de la educación superior

Financiación de la educación superior

Cuando se habla de mejorar la calidad y eficiencia de la educación universitaria es tema recurrente la financiación de la educación superior, las universidades gozan de autonomía y por ello es importante diseñar mecanismos que permitan armonizar los intereses del estado con los de las autoridades de las instituciones de educación superior.

Financiación en Latinoamérica

La mayoría de los gobiernos latinoamericanos transfiere fondos a las universidades estatales sobre la base de los montos que estas instituciones han recibido los años previos. A estos montos se les adicionan los aumentos dispuestos cada año por el gobierno para el sector universitario. Entre un 80% y 90% de estos fondos públicos se destinan al pago de salarios para el personal docente y administrativo (Rivero, et al.2008).

Los gobiernos no emplean criterios objetivos para distribuir el presupuesto público entre las universidades estatales, este mecanismo es llamado usualmente “inercial” o “histórico” (Albrecht y Ziderman 1992, Salmi y Hauptman 2006).

Entre las principales desventajas del sistema “inercial” o “histórico” es la falta de transparencia en la determinación de los montos que corresponden a cada institución, dado que no existen criterios objetivos de asignación. (Albrecht y Ziderman 1992).

Programas especiales

Los gobiernos a fin de incentivar la eficiencia y calidad llaman a concurso de meritos para acceder a fondos que a diferencia de las transferencias llevan la condición para las universidades de accionar de acuerdo al pliego de bases y condiciones del llamado. Existen muchos ejemplos del uso de este tipo de procedimiento en América Latina: el Fondo para Mejoramiento de la Calidad (FOMEC) y el Programa de Incentivo para los Docentes-Investigadores en la argentina (Garcia de Franelli 2005); el Programa de Reestructuración y la Expansión de Universidades Federales (REUNI) en Brasil; el Programa para el mejoramiento de la Calidad y la equidad de la educación Superior (FOMES).

Respecto al financiamiento de la investigación la práctica de concursar por los proyectos para acceder a fondos públicos es de antigua data en esta actividad. La novedad en tal sentido en los últimos años ha sido la multiplicación de líneas de financiamiento que apuntan a incentivar la vinculación con el sector productivo. (Ana García de Fanelli 2010).

Fuente: La Universidad ante los desafíos de la Educación Superior – Mecanismos de financiamiento de los gobiernos a las universidades latinoamericanas: Innovaciones en el área. Ana García de Fanelli - 2010.

miércoles, 9 de mayo de 2012

Extensión Universitaria

Extensión Universitaria

En nuestro país se encuentra como una de las tres misiones junto a la profesionalización de los educandos y la investigación científica que la Constitución Nacional asigna a las Universidades.

En números anteriores hemos discutido sobre si la educación superior es un bien público o un bien privado y si es considerada un bien público la consecuencia de ello es que la sociedad tiene la obligación de financiarla.

La universidad debe retornar a la sociedad lo que esta invierte en ella y esto se da por medio de actividades que colaboren en lograr la mejora y el bienestar de los ciudadanos, hoy en día ya no se concibe a las instituciones de educación superior como islas desconectadas del resto de la sociedad en donde solo se debatan las teorías y se investigue sin criterios de mejoramiento de la situación social.

Extensión no significa asistencialismo

Muchas veces escuchamos la frase no le regales pescado enséñale a pescar, si la extensión universitaria consiste en la colaboración que realiza la universidad para lograr mejorar el bienestar de los ciudadanos esto no puede darse por medio del asistencialismo pues la mejora es momentánea y genera por parte del que la recibe dependencia de la misma, al contrario un buen trabajo de extensión debería generar en sus receptores capacidad para sostener y mantener el bienestar logrado.

¿Un proyecto áulico o un proyecto de extensión?


En los proyectos que se dan en el tercer ciclo de la Educación Escolar Básica y en el Nivel Medio el protagonista es el educando, la planificación de los mismos se da mirando lo que puede aprender y las experiencias que le pueden servir para transformar su visión de las cosas, sin embargo en la universidad no necesariamente el centro de la planificación es el estudiante aunque si bien con ello se trabaja el ámbito actitudinal se debe tener en cuenta que el objetivo principal de la extensión es lograr que la universidad colabore con el bienestar de la sociedad.

Una obligación de las instituciones universitarias

Es importante destacar que los últimos años a existido un auge de universidades que implementan proyectos de extensión universitaria, sin embargo al ser una misión establecida en la propia Constitución Nacional no debería ser opcional la implementación citada. Las instituciones afectadas con sus alumnos en su totalidad deberían estar involucradas en proyectos de extensión universitaria.